Vacaciones retribuidas y no disfrutadas
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Aunque por regla general, las vacaciones no pueden ser sustituidas de forma económica, ni acumularse, lo cierto es que en la práctica muchos trabajadores, por diferentes motivos tienen derecho a vacaciones retribuidas y no disfrutadas.
¿Qué significa vacaciones retribuidas y no disfrutadas?
El derecho a las vacaciones está recogido en la propia Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores y debe figurar obligatoriamente en el contrato de trabajo. El trabajador tiene el derecho a disfrutar de un descanso anual retribuido, que no podrá ser inferior a 30 días naturales, dentro del año natural en el período acordado entre empresa y trabajadores, sin que quepa la posibilidad de sustituir ese descanso por una compensación económica.
Sin embargo, pueden darse situaciones en las que un trabajador no haya podido disfrutar sus vacaciones dentro del año, como es preceptivo, por acumulación de trabajo en la empresa, bajas de otros trabajadores, etc. En tales casos, la empresa no puede obligar al trabajador a renunciar a sus vacaciones y a que admita una compensación económica por ellas. El trabajador no pierde nunca su derecho a las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, por lo que puede acumularlas para otro año.
Esto mismo sucede cuando una baja por maternidad o el periodo de suspensión del contrato de trabajo coincide con el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa. En este caso, las vacaciones se disfrutarán tras la reincorporación al trabajo en la fecha que se acuerde con la empresa, aunque haya terminado el año natural al que correspondan.
El mismo caso se da cuando un trabajador se encuentra de baja por incapacidad temporal y termina el año sin haber disfrutado sus vacaciones. Tendrá derecho a disfrutarlas al reincorporarse al trabajo y en la fecha que acuerde con la empresa, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde que finalizó el año en el que se debieron disfrutar.
¿En qué casos tienen que pagarme las vacaciones retribuidas y no disfrutadas?
Existen dos casos excepcionales en los cuales sí se pueden pagar en dinero las vacaciones si estas no se han disfrutado: por extinción del contrato y por jubilación tras encontrarse en una situación de incapacidad laboral. En ambos casos, se pagarán 2,5 días naturales por mes trabajado.
¿Cuántos días me corresponden y cuál es su importe?
Para saber los días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas que te corresponden y el importe que hay que cobrar, solo hay que hacer unas sencillas operaciones.
Lo primero es obtener el número de días de vacaciones no disfrutadas que corresponden según los días trabajados. Para ello, se multiplican los días trabajados por 30 (los días de vacaciones al año) y el resultado se divide entre 365.
Después, se averigua el salario de un día. Se calcula teniendo en cuenta el sueldo mensual integrado por el salario base, el prorrateo de las pagas extraordinarias y los complementos. La cantidad resultante se divide entre 30 (los días del mes) y se obtiene el sueldo que corresponde a cada día.
Luego no hay más que multiplicar los días de vacaciones no disfrutadas por el salario diario y obtendremos la cantidad total a percibir.
Ejemplo: cómo calcular vacaciones retribuidas y no disfrutadas
Un empleado ha trabajado para su empresa 225 días. Su sueldo mensual (salario base + complementos + el prorrateo de pagas extraordinarias) importa la cantidad de 1.250 euros, que dividida entre 30 (los días del mes) da el resultado de 41,66 euros de salario diario.
Para averiguar los días de vacaciones que le corresponden hacemos un regla de tres simple: si a 360 días le corresponde 30 días de vacaciones, a 225 le corresponderán x. se multiplica 225 por 30 y el resultado se divide entre 360, que da un resultado final de 18,75 días, redondeando, 19 días de vacaciones. También se puede averiguar dividiendo los días trabajados entre 30 y multiplicando el resultado por 2,5 (días de vacaciones por mes).
Finalmente, no hay más que multiplicar los días de vacaciones obtenidos (19) por el salario diario (41,66) y se obtendrá el importe total de las vacaciones no disfrutadas, 791,54 euros.
Cómo se cobran estas vacaciones retribuidas y no disfrutadas
Habitualmente, el importe de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas van incluidas en el finiquito, que es el recibo por el cual empresario y trabajador dan por finalizada la relación laboral. También es donde se calculan y liquidan todos los haberes pendientes con el trabajador, entre ellos la compensación económica equivalente al periodo de vacaciones no disfrutado por el trabajador. A través de esta liquidación, las vacaciones se pagan en dinero, tal como hubiera ocurrido de no haber extinguido la relación laboral.
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