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Documentación necesaria para tramitar la pensión de viudedad

Documentación necesaria para tramitar la pensión de viudedad
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Si desafortundamente te quedas viudo o viuda puedes solicitar una pensión de viudedad siempre que el fallecido hubiera cotizado un mínimo de años a la Seguridad Social (el número varía en función de la causa de la muerte y otras circunstancias).

Resumen del contenido

  1. Qué documentos necesito para tramitar la pensión por viudez
  2. ¿Cuál es el plazo para presentar la pensión de viudedad?
  3. Tramitar pensión viudedad de alguien no pensionista
    1. Si estaba casado con el fallecido
    2. Si estaba separado o divorciado del fallecido
    3. Si era pareja de hecho del fallecido

La pensión de viudedad la cobrarás toda la vida (aunque por algunas excepciones pueden retirarla), esto es, como una renta vitalicia. ¿Qué documentos necesitas para solicitarla? Te lo contamos.

Qué documentos necesito para tramitar la pensión por viudez

Toma nota de la documentación necesaria para tramitar la pensión de viudedad:

  • Certificado de defunción del fallecido.
  • Si eres español, el DNI. Y si eres extranjero residente o no en España, el pasaporte o el carné de identidad de su país y el NIE (Número de Identificación de Extranjero).
  • Documentación que acredite la emancipación del solicitante viudo menor de edad o de su representante legal (CIF/NIF y un informe en el que conste el nombramiento de tutela).

¿Cuál es el plazo para presentar la pensión de viudedad?

En España, la pensión de viudedad puede solicitarse en cualquier momento tras el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la fecha de presentación de la solicitud influye en la retroactividad de los pagos:

  • Solicitud dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento: Si la solicitud se presenta dentro de este período, el derecho a la pensión se reconoce desde el día siguiente al fallecimiento, y los pagos se efectuarán con efecto retroactivo desde esa fecha.
  • Solicitud después de los tres meses posteriores al fallecimiento: Si la solicitud se realiza transcurridos más de tres meses desde el fallecimiento, la pensión se abonará con una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de la solicitud. Es decir, solo se percibirán los pagos correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha en que se presentó la solicitud.

Por lo tanto, para garantizar el cobro completo de la pensión desde el momento del fallecimiento, es recomendable presentar la solicitud dentro de los tres meses siguientes al deceso.

Tramitar pensión viudedad de alguien no pensionista

En el caso de que el fallecido no fuera pensionista se requiere el justificante de pago de las cotizaciones de los últimos 3 meses.

Si estaba casado con el fallecido

En caso de que el fallecido sea tu cónyuge, tendrías que aportar:

  • El libro de familia o en su defecto,
  • El documento acreditativo del matrimonio.

Si estaba separado o divorciado del fallecido

En tal situación debes aportar:

Si no es acreedor de pensión compensatoria, podrá solicitar la pensión de viudedad siempre y cuando:

  • Sea una mujer que haya sufrido violencia de género en el momento de la separación o divorcio. En tal caso tendrá que aportar la documentación que lo acredite.
  • Separados o divorciados que cumplan una serie de requisitos, los cuales deberían aportar:  libro de familia si hubo hijos comunes, declaración jurada sobre la extinción de la pensión compensatoria, mediante el documento facilitado por el INSS. Y, por último, acreditación de que el solicitante no ha contraído matrimonio ni se ha constituido como pareja de hecho con otra persona tras el cese de su relación con el fallecido, mediante Acta literal de matrimonio expedida por el Registro Civil o Certificación negativa del Registro de parejas de hecho de su localidad de residencia o Comunidad Autónoma.

Si era pareja de hecho del fallecido

  • Documento que acredite la constitución de la pareja en el registro correspondiente o mediante escritura pública.
  • Además, las actas del Registro Civil que acrediten que el solicitante y el causante no estaban casados o separados de otra persona durante los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento si la pareja se ha constituido mediante escritura pública.
  • Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento/s que acredite la convivencia con el causante durante, al menos, 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
  • Acreditación de ingresos del solicitante y del causante en el año natural anterior al del fallecimiento; y del solicitante en el mismo año del fallecimiento, mediante declaración sobre el IRPF o, en su defecto, nóminas salariales, documentos de entidades bancarias, etc.

Para complementar la pensión de viudedad y no perder poder adquisitivo, es importante contar con un plan de pensiones MAPFRE.

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