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Claves del impuesto de patrimonio

Claves del impuesto de patrimonio
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El impuesto del patrimonio grava las posesiones de las personas. Pero existen límites que hacen que en la práctica este sea un impuesto para las personas con mayor capacidad económica.

Resumen del contenido

  1. ¿Quién está obligado a pagar?
  2. ¿Cómo se calcula y cuáles son los límites?
    1. Límites de exención
    2. Gestión autonómica del impuesto

El impuesto sobre el patrimonio es uno de los tributos más conocidos por su carácter selectivo, ya que afecta principalmente a quienes cuentan con patrimonios elevados. Aunque legalmente es aplicable a todas las personas, en la práctica solo quienes superan determinados umbrales patrimoniales deben liquidarlo. Te contamos cómo funciona y cuándo se aplica.

¿Quién está obligado a pagar?

El impuesto sobre el patrimonio es personal, es decir, están obligados a pagarlo las personas que están reconocidas de forma legal como titulares de las posesiones.  Se liquida con carácter anual y se tiene en cuenta el patrimonio neto del contribuyente a fecha 31 de diciembre del año al que corresponda el ejercicio que se presenta. Por tanto, estarán obligados a pagarlo todos las personas físicas residentes en España, independientemente de la procedencia de sus bienes y los no residentes con bienes y derechos en España.

A pesar de ello, la mayoría de contribuyentes no paga el impuesto, ya que solo grava patrimonios que superan los límites establecidos por ley y por cada Comunidad Autónoma. Como personas físicas y sujetos pasivos, todos los españoles están sujetos a este impuesto, pero el porcentaje a pagar por las posesiones en la mayoría de los casos el del cero por ciento, lo que hace que a efectos prácticos solo los contribuyentes con los patrimonios más elevados tengan que liquidar este impuesto.

¿Cómo se calcula y cuáles son los límites?

A la hora de saber si se debe abonar este impuesto es fundamental el valor del patrimonio, ya que, a diferencia del IRPF, que grava la renta anual, el impuesto sobre el patrimonio se aplica a todos los bienes y derechos del contribuyente. Por tanto, se incluyen en él:

  • Viviendas y locales

  • Cuentas bancarias y depósitos

  • Inversiones financieras y valores

  • Bienes muebles de valor significativo (joyas, obras de arte, vehículos)

  • Derechos de usufructo o participaciones en sociedades

Límites de exención

Teniendo en cuenta todo esto se aplican una serie de límites que tienen que ver con la vivienda habitual, que estará exenta cuando su valor sea inferior a los 700.000 euros y en el caso de no poseerla, otros patrimonios hasta 300.000 euros. Esto quiere decir, que por debajo de estos valores, el tipo impositivo es del 0 %, por lo que no se paga impuesto.

Gestión autonómica del impuesto

Aunque la normativa es estatal (Ley 19/1991, de 6 de junio), la gestión y liquidación del impuesto está en manos de las Comunidades Autónomas por lo que se pueden aplicar bonificaciones o reducciones adicionales o establecer umbrales de exención diferentes dentro de los límites permitidos.

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