Las empresas tienen la obligación de presentar el  impuesto de sociedades. La compañía en cuestión podrá hacerlo de forma fraccionada, anticipando parte de ese dinero a la Agencia Tributaria. En el mes de julio, y una vez liquidado, Hacienda indicará si el resultado es positivo o negativo y se procederá a realizar el cobro, por parte de la empresa, de la diferencia entre la cuota de liquidación y lo que ya ha abonado.

En el caso contrario, cuando la empresa deba recibir un ingreso, este se calculará teniendo en cuenta la diferencia entre el importe abonado y la cuota a ingresar.

¿Cuándo son las fechas para presentar el pago fraccionado del impuesto de sociedades?

La presentación del pago fraccionado del impuesto de sociedades siempre se debe presentar durante los 20 primeros días del mes de abril, octubre y diciembre de cada año. Para poder obtener el cálculo del pago fraccionado, se tendrán en cuenta las pérdidas y ganancias de la empresa cerradas el 31 del mes anterior. Quedando de la siguiente forma:

  • Primer pago: del 1 al 20 de abril
  • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre
  • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre

El pago fraccionado es una facilidad para que las empresas puedan liquidar sus impuestos de una forma más cómoda, pero no es necesario que se haga en esta modalidad. Aquellas empresas que hayan tenido una cuota cero del impuesto de sociedades en el último ejercicio no tienen la obligación de realizar el pago de manera fraccionada.

Tampoco tienen la obligación aquellas empresas de nueva constitución durante su primer ejercicio fiscal y aquellas compañías en las que el resultado de la base tomada como referencia sea negativo.

¿Cómo se calcula el pago fraccionado del impuesto de sociedades?

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Para poder calcular este pago puedes realizarlo a través de dos vías. La primera de ellas consiste en aplicar un sistema de cuota. Este es el utilizado por defecto por las pymes. En ellas se toma como referencia el importe de la cuota establecida en el impuesto de sociedades en el último ejercicio que se haya cerrado.

Debes tener en cuenta que el ejercicio correspondiente al impuesto de sociedades finaliza en julio de cada año, por lo tanto, en el caso de que vayas a realizar el pago fraccionado en abril de 2019, deberás tomar como referencia el ejercicio correspondiente a julio de 2017. En el caso de los pagos que deberás realizar en octubre y diciembre, tendrás en cuenta el ejercicio de julio de 2018 debido a que este ya se ha cerrado.

Si tienes una gran empresa con niveles de ingresos de varios millones de euros u otra compañía que haya presentado el modelo 036 en el mes de febrero, para solicitarlo explícitamente, el cálculo del impuesto de sociedades se hará teniendo en cuenta el sistema de base. Este sistema consiste en calcular las pérdidas y las ganancias aplicando los porcentajes correspondientes soportadas por la empresa en el periodo anterior.

¿Cómo se realiza el pago fraccionado del impuesto de sociedades?

    Para poder realizar el pago fraccionado del impuesto de sociedades deberás presentar el modelo 202. En el caso de que tu empresa gane más de 10 millones de euros netos, tendrás la obligación de presentar el anexo de comunicación de datos adicionales a la declaración.

    Solo estarán obligados a presentar el modelo 202 aquellos sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades que tengan una cifra de negocios superior a los 6 millones de euros y aquellas que aunque no hayan alcanzado esta cifra en el año anterior hayan tenido un resultado positivo. La presentación de este modelo tan solo puede hacerse de manera telemática, no podrá realizarse, como la liquidación de otros impuestos, de forma presencial o por teléfono.

    Sin embargo, por muy bien que le vaya a la empresa en la que estés prestando tus servicios y sus resultados sean positivos, no olvides siempre tener contratado un buen Plan de Pensiones por las sorpresas que puedas llevarte.