Bizum, la herramienta de pagos instantáneos más popular en España, se está convirtiendo un medio de pago cada vez más habitual para autónomos y pymes. Pero cuidado, porque los pagos que acepten a sus clientes por este medio deben ser declarados en el IRPF. Según recuerda la Agencia Tributaria, si las transacciones realizadas a través de Bizum se realizan por efecto de una actividad empresarial, «es un ingreso de una actividad económica que se tiene que tener en cuenta a efectos fiscales«.

¿Hay que declarar los pagos por Bizum?

No siempre. Si se usa Bizum como una forma de pago esporádico entre familiares, amigos… etc., no hay que pagar impuestos. Para Hacienda estos movimientos son considerados como transferencias bancarias.

Pero hay tres casos en los que sí hay que declarar los ingresos recibidos mediante Bizum:

  • Autónomos o empresas que usan Bizum como una forma de pago dentro de un negocio, lo que les reporta un beneficio económico fruto de su actividad profesional. En este caso, los autónomos deben declararlo, mientras que los pagadores, aunque no están obligados a ello, pueden hacerlo si existe la posibilidad de desgravar gastos. Estos ingresos deben reflejarse en la declaración de la renta como rendimientos de actividades económicas, es decir, igual que si hubiera sido a través de una transferencia bancaria.
  • Ingresos recurrentes que superan cierta rentabilidad: por ejemplo, alguien que alquila su plaza de garaje y recibe los pagos a través de Bizum debe declarar los ingresos.
  • Pagos que superan los 10.000 euros anuales: cualquier pago que se haga a través de Bizum que supere esta cantidad, hay que declararlo.

¿Qué pasa si no declaro los pagos por Bizum?

Si no declaras los pagos por Bizum y estás obligado a ello por pertenecer a uno de los tres grupos mencionados anteriormente, Hacienda puede sancionarte a pagar una multa del 20 o el 30 por ciento del recargo más los intereses.

Autónomos y Bizum

Para los autónomos que aceptan pagos por Bizum puede plantearse un problema, y es que cualquier ingreso que reciban por este medio, ya sea fruto de su actividad profesional o sea un pago privado, siempre que implique un beneficio económico deben declararlo. Por ello, se aconseja a los autónomos:

  • Tener dos cuentas de Bizum, una personal y otra profesional para que no se mezclen las transacciones.
  • Analizar a fondo el borrador ofrecido por Hacienda.
  • Asegurarse de que todos los ingresos obtenidos al año sean declarados.

Por norma general, si los ingresos obtenidos por Bizum son inferiores a 10.000 euros no habría que incluirlos en la declaración de la renta.

No obstante, la Agencia Tributaria explica en su Plan de control tributario para 2022 que el dinero que reciba un autónomo por Bizum se debe incluir en la declaración de IRPF, como se hace con cualquier otra venta. “No existe un límite marcado para tener que declarar o no el dinero recibido por esta vía. Lo que importa no es el canal por el que se recibe el dinero sino quién y por qué lo recibe”.

No olvides declarar tus ingresos en la Declaración de la Renta y tampoco todos los importes que te puedas deducir, como las aportaciones al Plan de Pensiones MAPFRE.

CALCULA TU JUBILACIÓN