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¿Es posible impugnar un testamento?

Unas manos firman unos papeles.
4 Min de lectura
¿Sabías que un testamento puede ser impugnado? Descubre cuándo es posible, los plazos y cómo hacerlo en este artículo.
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El testamento es un instrumento jurídico a través del cual una persona dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte. En España, el testamento notarial es la forma más común y está regulado principalmente por el Código Civil. Sin embargo, en ciertos casos, un testamento puede ser impugnado si se considera que no cumple con los requisitos legales o si existen otras irregularidades.

¿Es posible impugnar un testamento hecho ante notario?

Sí, es posible impugnar un testamento, incluso si ha sido otorgado ante notario, aunque esta forma es considerada una de las más seguras y difíciles de cuestionar debido a su solemnidad y la intervención de un profesional imparcial. Un testamento notarial puede impugnarse si existen fundamentos legales sólidos que demuestren la invalidez total o parcial del acto.

Motivos para impugnar un testamento

La impugnación de un testamento en España se basa en razones establecidas en el Código Civil, en particular en los artículos 676 y siguientes. Los motivos más comunes son:

Inexistencia de capacidad del testador

Según el artículo 662 del Código Civil, para otorgar testamento se requiere capacidad legal, es decir, el testador debe tener plena capacidad de obrar. Los motivos relacionados con la incapacidad incluyen:

  • Enfermedades mentales: si se prueba que el testador padecía una enfermedad mental que le impedía comprender el alcance de sus actos al momento de otorgar el testamento.
  • Minoría de edad: excepto en casos permitidos expresamente, como los menores emancipados.

Falta de formalidades legales

El artículo 687 establece que un testamento será nulo si no se han cumplido las formalidades exigidas por la ley, tales como:

  • Errores en la escritura del testamento.
  • La falta de firma del testador o del notario.
  • Omisión de testigos en los casos requeridos.

Vicios del consentimiento

Un testamento puede ser impugnado si el consentimiento del testador estuvo viciado por:

  • Coacción: cuando el testador fue obligado a otorgar el testamento bajo amenaza.
  • Fraude: si se utilizaron engaños para influir en la voluntad del testador.
  • Error esencial: si el testador actuó bajo una creencia equivocada sobre hechos o circunstancias relevantes.

Preterición de herederos forzosos

El artículo 814 regula la preterición, que ocurre cuando el testador omite intencionada o inadvertidamente a herederos legitimarios (como hijos o cónyuge). En estos casos, puede impugnarse el testamento parcial o totalmente para proteger los derechos de los legitimarios.

Contenido contrario a la ley o a las buenas costumbres

Si el testamento contiene disposiciones ilegales, tales cláusulas serán consideradas nulas.

Procedimiento para impugnar un testamento

La impugnación de un testamento es un proceso judicial que debe ser llevado a cabo ante los tribunales civiles, el procedimiento consta:

Reclamación extrajudicial

En algunos casos, puede intentarse resolver el conflicto de manera amistosa con los herederos o legatarios designados en el testamento. Aunque no es obligatorio, este paso puede ahorrar tiempo y costes.

Presentación de la demanda judicial

  1. Tribunal competente: la demanda debe presentarse ante el juzgado de primera instancia del lugar donde el testador tuvo su último domicilio.
  2. Contenido de la demanda: debe incluir los fundamentos legales de la impugnación, pruebas que respalden los motivos alegados y los datos de los herederos afectados.
  3. Durante el juicio, las partes presentan pruebas documentales, testimoniales o periciales para demostrar la validez o invalidez del testamento. Por ejemplo, en casos de incapacidad del testador, es común aportar informes médicos o peritajes psiquiátricos.
  4. El juez decidirá si el testamento es válido o si debe declararse nulo total o parcialmente. Si alguna de las partes no está conforme con la resolución, puede interponer recursos de apelación ante instancias superiores.

Plazo para impugnar un testamento

El Código Civil establece distintos plazos dependiendo del motivo de la impugnación:

El artículo 1301 del Código Civil fija un plazo general de cuatro años para ejercer la acción de nulidad. Este plazo comienza a contarse desde el momento en que la persona afectada tuvo conocimiento de la causa de nulidad o desde que se ejecuta el testamento (es decir, tras la muerte del testador). Así mismo, el plazo en caso de incapacidad para obrar, el plazo también es de cuatro años, pero empieza a contar desde que los herederos legitimarios o interesados conocen la causa de invalidez.

Costes de la impugnación

El coste de impugnar un testamento varía según la complejidad del caso y la duración del proceso judicial. Los principales gastos incluyen:

  • Honorarios de abogados, que pueden oscilar, dependiendo de la experiencia del abogado y la región.
  • Costes judiciales que son generalmente bajos, pero pueden incrementarse si el caso se alarga o se presentan recursos.
  • Pruebas periciales en el caso que se requiera un informe médico o psicológico.
  • Otros gastos de gestión entre los que se encuentran las copias certificadas, desplazamientos y posibles honorarios de notarios.

En definitiva, en España, impugnar un testamento es un proceso posible cuando existen motivos legales que justifiquen su invalidez, como la falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos legitimarios. Aunque el testamento notarial es una forma robusta y fiable, no está exento de errores o irregularidades que puedan dar lugar a su nulidad.

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Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 23 Dic, 2024
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