Desgravar electrodomésticos en piso de alquiler

Resumen del contenido
Licenciado en ADE en la Universidad Complutense de Madrid, Máster en Gestión Empresarial y en Dirección de Proyectos (PMP). Actualmente es director del departamento de consultoría, especializado en el asesoramiento y desarrollo de empresas y negocios mediante el formato de comercio asociativo.
Adquirir electrodomésticos para equipar una vivienda destinada al alquiler supone una inversión que, además, puede ayudarte a reducir tu factura fiscal. El Reglamento General del IRPF contempla la posibilidad de deducir estos bienes como parte de los gastos vinculados al arrendamiento del inmueble. A continuación, te explicamos en qué casos se puede desgravar este tipo de compras, qué requisitos deben cumplirse y cuáles son los límites establecidos.
¿Se puede desgravar el valor de los electrodomésticos en la renta?
Sí, según la Dirección General de Tributos (DGT), los propietarios que alquilen una vivienda pueden deducir el valor de los electrodomésticos adquiridos para equiparla. Estos bienes se consideran mobiliario y forman parte de los gastos deducibles asociados al arrendamiento, siempre que estén directamente relacionados con el uso de la vivienda alquilada.
Requisitos para deducir electrodomésticos en la declaración
Para que los electrodomésticos sean desgravables en el IRPF, deben cumplirse dos condiciones básicas:
- Duración mínima: el electrodoméstico debe ser utilizado en el inmueble durante un periodo no inferior a un año.
- Vinculación directa: debe destinarse al servicio del inmueble alquilado, es decir, su uso debe estar relacionado con las necesidades del inquilino.
Cumpliendo estos requisitos, el propietario puede incluir el gasto en su declaración de la renta dentro del apartado de amortización de bienes muebles.
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Límites de la desgravación
La deducción del coste de los electrodomésticos se realiza mediante amortización. Los límites establecidos son:
- Porcentaje máximo anual: el propietario puede deducirse un máximo del 10 % del valor de adquisición del electrodoméstico cada año.
- Plazo máximo: el importe total deberá amortizarse en un plazo máximo de 20 años.
De este modo, el valor del bien se reparte de forma proporcional a lo largo del tiempo, adaptándose a su vida útil estimada.
Otros bienes desgravables en un piso de alquiler
Además de los electrodomésticos, también pueden deducirse otros elementos que mejoren o adecuen el inmueble para su uso:
- Sistemas de calefacción y aire acondicionado.
- Instalación de ascensores o salvaescaleras.
- Puertas de seguridad.
- Muebles y enseres diversos destinados al arrendamiento.
En general, cualquier mejora que incremente el valor de la vivienda o su habitabilidad para el inquilino puede incluirse como gasto deducible en la declaración.
Conocer las posibilidades de desgravación disponibles al alquilar un inmueble puede ayudarte a mejorar la rentabilidad de tu inversión. Los electrodomésticos y otros bienes que equipan el piso representan no solo una ventaja para atraer inquilinos, sino también una oportunidad fiscal para reducir tu carga tributaria de manera legal y eficiente.
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