Inicio Derechos y Obligaciones Legislación Tasas judiciales, ¿cuáles se mantienen vigentes?

Tasas judiciales, ¿cuáles se mantienen vigentes?

3 Min de lectura
El pago de tasas queda limitado a las personas jurídicas en los casos de interposición de una demanda en los procesos civiles en primera o única instancia, cuyos importes oscilan entre 100 y los 300 euros.
Redactor especializado en

El equipo de redacción de MAPFRE lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.

Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.

Las tasas judiciales son los tributos que debemos pagar al Estado por hacer uso de los Tribunales o de la Administración de Justicia. Unos costes que generaron cierta polémica con la entrada en vigor de la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas judiciales en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Con esta ley, las personas jurídicas debían asumir el pago de determinadas tasas si querían llevar a cabo una serie de procesos judiciales. Con la sentencia del Tribunal Constitucional 140/2016, se modificaron esas cuotas. Así, todas las personas físicas quedaban exentas del pago de dichos tributos, ya que se consideraron un obstáculo para el acceso universal a la Justicia.

En la actualidad, los ciudadanos que necesiten hacer uso de los Tribunales o la Administración de Justicia, podrán hacerlo de forma gratuita, aunque los autónomos y las pymes deberán seguir pagando las tasas.

Con la sentencia, también se eliminó la tasa judicial en los casos en los que se acude por primera vez ante el juez o al Tribunal Supremo, tanto en el orden civil, como en el social, el contencioso y el penal.

Tasas vigentes para personas jurídicas

Aun así, quedan vigentes determinadas tasas limitadas a las personas jurídicas, como en los casos de interposición de una demanda en los procesos civiles en primera o única instancia, cuyos importes oscilan entre los 100 y los 300 euros.

Por tanto, las tasas judiciales a las que sí deben hacer frente las personas jurídicas (entre las que se encuentran pequeñas y medianas empresas y ONGs) interesadas en iniciar procedimientos judiciales en nuestro país, son las siguientes:

  • Demanda de procedimiento monitorio*: 100 euros.
  • Demanda de juicio verbal*: 150 euros.
  • Demanda de juicio cambiario: 150 euros.
  • Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales: 200 euros.
  • Concurso necesario: 200 euros.
  • Demanda de procedimiento ordinario: 300 euros.

* Siempre y cuando la cuantía no sea inferior a los 2.000 euros.

¿Por qué se han eliminado algunas tasas?

Según el artículo 24 de la Constitución Española, “todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”, por lo que cualquier medida (entre las que se incluyen las antiguas tasas) que impida su ejercicio o cause un efecto disuasorio puede ser considerada como anticonstitucional.

La antigua ley de 2012 apuntaba que “el derecho a la tutela judicial efectiva no debe ser confundido con el derecho a la justicia gratuita”. Con lo cual, se reconocía que las personas físicas podían pagar por los servicios que les prestaban las administraciones de Justicia, a no ser que se acreditara “insuficiencia de recursos para litigar”.

Por este motivo, el Tribunal Constitucional estableció que, para que las tasas resultasen ser constitucionales, debían responder, además, al principio de proporcionalidad.

Con el Seguro de Hogar MAPFRE tienes a tu alcance el servicio de orientación jurídica, por el que de forma telefónica atenderán tus consultas, dudas o problemas sobre materia legal.

 

CALCULA TU PRECIO

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 28 Nov, 2023
Calcula tu seguro ahora

Comentarios (0)

Te puede interesar

3 Min de lectura

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no se aplica desde el año 2013 y sobre él pesan sospechas...

5 Min de lectura

¿Cuánto suele tardar un juicio laboral en llegar a término? ¿Qué fases suelen tener? ¿Qué porcentaje de sentencias favorecen a...

3 Min de lectura

Aunque normalmente la duda sobre qué es una junta de accionistas surge en relación con una empresa, este tipo de...

3 Min de lectura

Un proceso disciplinario es un procedimiento que la empresa puede emprender contra un trabajador de forma unilateral. Te contamos en...

Hay vida más allá de los 65

Descubre historias increíbles

Simulador de Ahorro

Suscríbete a nuestro boletín

0