La sucesión en la empresa familiar
Resumen del contenido
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Muchos emprendedores deciden montar una empresa familiar y así poder gestionar su negocio. En España, la empresa familiar representa el 90% del tejido productivo y genera el 57% del PIB anual.
La sucesión generacional es el principal reto al que se enfrenta la empresa familiar en España, y las claves para solucionarlo, según esta infografía, son:
- Anticipar y prevenir situaciones.
- Salvaguardar el proyecto empresarial.
¿Cómo hacer la sucesión en una empresa familiar?
Cuando se conforma una empresa familiar es importante establecer unos protocolos para que en caso de crisis, la titularidad de las acciones y de la empresa queden bien definidas. Dependiendo del tipo de empresa creada, las acciones o participaciones de cada uno de los socios, se repartirá atendiendo a la normativa legal vigente planteada para estos casos.
En el caso de una sucesión por jubilación del propietario o los propietarios, estos deben establecer mediante un acuerdo previo, en manos de quién dejan la empresa. Es importante definir este punto, ya que así se evitan problemas entre los socios. La repartición puede hacerse atendiendo a la participación que cada uno de los socios tiene en la compañía.
Por ejemplo, una empresa familiar compuesta por un matrimonio. Estos tienen dos hijos a los que quieren legar la compañía. A la jubilación de los padres, si así lo han pactado, sus hijos heredarán el 50 por ciento cada uno de la empresa. En el caso de que las participaciones de los dueños fuesen distintas, deberán pactar con sus hijos para establecer el porcentaje con el que cada uno de ellos participa, especialmente si se trata de jubilados divorciados.
Reparto de acciones
Por otro lado, estas acciones o participaciones en una empresa se pueden vender, así mismo, si uno de los hermanos no quiere hacerse cargo de la compañía o no le interesa, puede vender su parte a su hermano. En el caso de que ambos no se pongan de acuerdo, es posible vender la sociedad a un tercero y repartirse entre ambos las ganancias.
Antes de realizar una división de las participaciones de cada socio, es necesario tomar una decisión sobre qué se quiere hacer con la empresa, es decir, si se quiere continuar con su actividad, o por el contrario se decide venderla y repartir entre los herederos el dinero obtenido por la venta.
Protocolo familiar
En España solo un 11% de las empresas familiares cuentan con un protocolo familiar escrito que defina el proceso sucesorio, especialmente importante en el caso de un divorcio. Se trata de un reglamento creado para regular las relaciones familiares dentro de la empresa, es decir, qué sucede en estos casos cuando uno de los miembros de la sociedad quiere vender sus acciones a otro de los socios.
Con este protocolo se establece, mediante una planificación previa, la distribución de bienes, obligaciones y derechos de cada uno de los socios ante un caso de ruptura o sucesión.
Al crear este protocolo se evitan problemas en el futuro. Si no existe este documento se recomienda la aplicación de un convenio. Es decir, los socios deben llegar entre sí a un acuerdo que garantice la repartición de las acciones de una forma eficiente para todos los participantes en la empresa.
Reparto de una empresa familiar en caso de divorcio
A la hora de abordar un divorcio en una empresa familiar es muy importante conocer en qué régimen económico matrimonial se encuentra la pareja, en qué régimen se formó la empresa y la participación que cada uno de los socios tiene en la misma. En primer lugar, deberán comprobar a quién de los dos pertenece la empresa creada:
Si el empresario o empresaria no estaba casado cuando fundó la compañía
Cuando el empresario o empresaria formase la empresa antes de casarse con su pareja, ésta se considera un bien privativo. Por tanto, como la empresa ya le pertenecía antes del matrimonio, su titularidad es suya independientemente del régimen económico matrimonial elegido por ambos. En este caso, si el propietario decidió aplicar bienes gananciales, solo se verían afectados aquellos que se hayan conformado durante la duración del matrimonio. Es decir, en este régimen, la otra parte tendría derecho a su participación de las ganancias durante el tiempo que ha durado el matrimonio.
Si el empresario o empresaria estaba casado y creó la compañía en régimen de gananciales
Cuando la empresa se ha conformado una vez que el matrimonio se ha constituido, es importante definir en qué régimen se ha establecido. Como hemos indicado anteriormente, si se trata de bienes gananciales, la empresa pertenece a los dos y los porcentajes de cada uno de ellos deben ser definidos mediante los protocolos familiares. En el caso de que no se haya definido, se considera que la empresa pertenece a ambos por partes iguales.
Si uno de los dos cónyuges es el que desempeña la actividad, puede adquirir la parte de su pareja mediante la compra de su participación. De esta forma, la empresa no se disuelve y uno de ellos puede seguir ejerciendo la actividad.
Cuando no hay acuerdos entre ambos, la empresa se disuelve y los beneficios y deudas se dividen entre los dos. En el caso de contar con un Plan de Pensiones MAPFRE, este se configura como un bien privativo y solo afectará a la persona que lo contrató independientemente del régimen económico matrimonial en el que ambos se encuentren.
Si el empresario o empresaria estaba casado y formó la empresa en régimen de separación de bienes
Si en las capitulaciones matrimoniales han decidido pactar entre ambas partes la separación de bienes, la empresa pertenecerá a la persona que la haya creado y que posea la titularidad. Si esta ha sido creada por los dos, se repartirá entre ambos según la participación que tuviese cada uno de ellos en la misma. En el caso de que se quiera continuar con la actividad empresarial, es posible que uno de los dos compre la parte del otro para poder hacerse cargo del total de la empresa. También, ambos pueden pactar ceder la titularidad y acciones a sus hijos.
Para garantizar el correcto devenir de la empresa durante el proceso de divorcio o de sucesión puedes acudir a un abogado de familia con el objetivo de proponer acuerdos satisfactorios para los derechos individuales de cada uno y para los intereses particulares de la empresa conformada.
MAPFRE
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