Inicio Economía Doméstica Te ayudamos a ahorrar ¿Cómo calcular la renta per cápita familiar?

¿Cómo calcular la renta per cápita familiar?

Familia
3 Min de lectura
La renta familiar per cápita se utiliza como referencia para solicitar determinadas ayudas o becas. Entre los miembros de la unidad familiar, encontramos los sustentadores -padre y madre, habitualmente-, los no sustentadores -hermanos con ingresos, pero que no presentan declaración de IRPF- y los solicitantes -beneficiarios directos de la ayuda y dependientes-.
Consultor y Periodista Económico en Revista Capital | Web

Consultor, con una experiencia de más de seis años; periodista con 16 años de trayectoria como analista económico y financiero y MBA por IE Business School.

Conocer la renta per cápita familiar es muy útil para solicitar becas y ayudas para determinados servicios. Es el caso, por ejemplo, de las matrículas para escuelas y colegios públicos. A continuación, explicamos cómo dividir los ingresos familiares entre los miembros de la unidad familiar.

Renta computable

Lo primero que debemos determinar son los miembros que componen la unidad familiar:

  • El solicitante (de una beca de estudio, por ejemplo)
  • Padres o tutores
  • Hermanos menores de edad (sin incluir los emancipados)
  • Hermanos mayores de edad incapacitados judicialmente y sujetos a patria potestad

En función de la división anterior, deberemos determinar las personas que conviven en el domicilio y los que son dependientes; independientes; solicitantes (de una ayuda o subvención, por ejemplo) o sustentadores principales de la familia. Tras determinar esto, explicamos cuál es el peso de cada una de las rentas (determinadas por la declaración del IRPF y las bases imponibles resultantes) en el cómputo familiar:

  • La renta de los sustentadores principales (habitualmente, en caso de personas dependientes, el padre y la madre) computa al 100%.
  • Los ingresos de los que no son sustentadores principales (por ejemplo, la del solicitante dependiente o el abuelo que vive en la unidad familiar) computan al 50%.

En determinadas solicitudes de becas o ayudas, estos cálculos son automáticos, ya que las bases de datos se cruzan con las de la Agencia Tributaria (AEAT). Debemos tener en cuenta que los cálculos se realizarán siempre sobre las bases imponibles de la renta, que son inferiores a lo percibido.

Fórmula en función de la declaración presentada

Con la declaración de la renta del año precedente, tomamos como referencia la base imponible general (casilla 435) y le sumamos la base imponible del ahorro (casilla 460). Al resultado, le restamos la cuota resultante (casilla 595). Deberemos aplicar la fórmula sobre todas las declaraciones del IRPF, con los porcentajes computables expresados con anterioridad (100% en el caso de los sustentadores principales y 50% el resto).

Renta computable = Casilla 435 + casilla 460 – casilla 595

Existe otra fórmula más completa, que tiene en cuenta los saldos negativos de años anteriores.

Cálculo sin declaración

Calculadora y billetes

Si alguno de los miembros de la unidad familiar no está obligado a presentar la declaración, ello no exime de calcular la renta computable en el global familiar. Al no haber una declaración, deberemos simularla. De esta forma, tendremos que cumplimentar lo que correspondería haber rellenado en la casilla 435 y en la 460, y sumarlas, como hemos hecho anteriormente.

Para realizar el cálculo correctamente, debemos incluir los ingresos brutos y, a continuación, restar los gastos y las deducciones que apliquen. Por ejemplo, hay reducciones de base imponible por familia numerosa; discapacidad; estudios universitarios fuera del domicilio; orfandad, etc.

Ejemplo práctico

Imaginemos una unidad familiar formada por un padre, una madre -ambos trabajadores y sustentadores principales-, un hermano estudiante de 20 años -sin declaración de la renta, con ingresos de 8.800 euros y no sustentador- y un hermano de dos años (solicitante de beca para guardería). Una vez aplicadas las fórmulas a las declaraciones de la renta, estos son los resultados:

  • Renta computable del padre: 13.500 euros (al 100%)
  • Renta computable de la madre: 14.000 euros (al 100%)
  • Renta computable del hermano mayor: 440 euros (al 50%, 220 euros)
  • Renta computable del solicitante: 0 euros

Renta familiar: 13.500 + 14.000 + 220 + 0 = 27.720 euros

Renta familiar per cápita: 27.720 / 4 = 6.930 euros

Publicado por Borja Carrascosa Nogales
- 16 Mar, 2024
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Comentarios (1)

  1. Gracias por la inmormación

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