Retracto de coherederos
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Dice una frase popular que a los hermanos se los conoce en las herencias y razón no le falta. De hecho, el retracto de coherederos tiene la finalidad de facilitar la partición de una herencia y evitar que alguna de las partes pase a extraños.
Antes de ahondar más en el retracto de coherederos, conviene saber que está permitido que antes de que se lleve a cabo la partición de la herencia cualquier heredero pueda vender su cuota hereditaria a un extraño, es decir, a una persona ajena a dicha herencia.
El retracto de coherederos viene regulado en el Artículo 1067 del Código Civil y dice lo siguiente: “Si alguno de los herederos vendiere a un extraño su derecho hereditario antes de la partición, podrán todos o cualquiera de los coherederos subrogarse en lugar del comprador, reembolsándole el precio de la compra, con tal que lo verifiquen en término de un mes, a contar desde que esto se les haga saber”.
Para poder entenderlo de forma sencilla, lo ilustraremos con un ejemplo práctico: Si un hermano quiere vender su parte de la herencia (por ejemplo, una parte de un piso) a un desconocido porque necesita el dinero y otro hermano o coheredero quiere quedárselo, tendrá preferencia frente al extraño.
Retracto de coherederos, ¿en qué casos procede?
El retracto de coherederos puede darse en los siguientes supuestos:
- Cuando un heredero vende su derecho hereditario a un extraño.
- En el caso de dación en pago de los derechos hereditarios.
- En caso de subasta judicial de los derechos a la herencia.
Diferencia entre retracto de coherederos y retracto de comuneros
Para que el retracto de coherederos pueda llevarse a cabo es indispensable que la herencia se encuentre indivisa; es decir, que no se haya partido.
Si ya se ha partido la herencia y cada uno de los herederos tiene adjudicada una cuota en proindiviso sobre los bienes de la herencia, no tendrá lugar el retracto de coherederos sino de comuneros, puesto que los copropietarios de la herencia ya no son herederos sino copropietarios.
¿Cómo ejercitar el retracto de coherederos?
Para poder ejercitar el derecho a retracto de coherederos, se deben seguir 5 pasos para que tenga validez legal. La jurisprudencia ha admitido que puede hacerse a través de la conciliación siempre que se cumpla el plazo de caducidad establecido.
- Comunicación de la venta
Es indispensable que el coheredero que quiera vender su parte se lo comunique a los demás coherederos.
- Comunicación de los detalles de dicha venta
Resulta también imprescindible que los retrayentes tengan un conocimiento veraz y completo de las condiciones de venta. Será en ese momento en el que empezará a contar el plazo de caducidad legal de un mes.
- Plazo para ejercitar el derecho
Tal y como establece el Código Civil, existe un plazo legal de un mes para ejercitar el retracto. En ese periodo de tiempo, alguno de los coherederos o todos los que estén interesados, podrán subrogarse en el lugar del comprador.
- Informar al comprador
Hay que comunicar al comprador que se ha procedido a un retracto de herederos para que tenga constancia de forma fehaciente.
- Pago
El Código Civil establece que se debe proceder al reembolso del precio de la compra en el plazo de un mes.
¿Qué pasa si hay varios coherederos que quieren ejercitar su derecho de retracto?
El retracto de coherederos puede ejercitarse por todos o cualquiera de los coherederos. En el caso de ejercitarse por todos no habrá preferencia alguna entre ellos y se ejecutará en proporción a sus respectivas cuotas hereditarias.
Ahora que ya sabes todo lo relativo al retracto de coherederos es momento de poder respirar tranquilo sabiendo que tus bienes no pasarán a manos extrañas el día que faltes. Pero hasta que llegue ese momento, hay que disfrutar de la vida con las mejores garantías. Y, para ello, el Seguro MAPFRE Salud te permite contratar solo las garantías médicas que necesites y personalizar al detalle la asistencia sanitaria que deseas. Con un seguro así, es momento de vivir el presente “y tantos + momentos de tranquilidad” que están por llegar.
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