La declaración de la renta cuando estás jubilado sigue siendo o no obligatoria según tus condiciones y de acuerdo con tus ingresos y/o inversiones. La ley en España confirma que, como norma general, todo ciudadano que reciba ingresos sujetos a IRPF debe declarar.
Una vez jubilado tus obligaciones como contribuyente no cesan, aunque puede que tu declaración de la renta cambie o incluso que no estés obligado a hacerla.
Puntos clave sobre tu nueva situación:
- Rendimiento del trabajo: La pensión se considera a todos los efectos un rendimiento del trabajo, igual que tu antiguo sueldo.
- Suma de ingresos: Se sumará a tu salario el año que te jubiles para calcular el total anual.
- Retenciones: La pensión que recibes cada mes está sujeta a una retención de IRPF previa.
¿Por qué algunos jubilados no declaran?Pensiones exentas de IRPF
Es real y legal que hay personas jubiladas cobrando pensión que no hacen su declaración de la renta. Existen excepciones, límites y condiciones marcadas en la normativa legal que eximen de esta obligación.
Estas son las principales pensiones exentas que no obligan a declarar:
- Pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Pensiones de orfandad y a favor de nietos y hermanos (menores de 22 años o incapacitados).
- Prestaciones derivadas de actos de terrorismo.
- Ayudas por acogimiento de personas con discapacidad o mayores de 65 años.
¿Qué jubilados tienen que hacer la declaración de la renta?
Como el resto de los contribuyentes, los pensionistas deben presentar la Renta cada ejercicio siempre que estén en alguna de las situaciones determinadas en la ley, que se dividen principalmente por el número de pagadores:
Caso de un solo pagador
No están obligados los jubilados con ingresos totales de un solo pagador por debajo de los 22.000 euros brutos anuales. En este grupo se incluyen:
- Pensiones públicas de la Seguridad Social.
- Haberes pasivos.
- Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos.
Caso de dos o más pagadores
El límite para declarar baja a los 15.000 euros anuales si se perciben rentas de más de un pagador, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere en conjunto los 1.500 euros anuales.
Debe tenerse en cuenta que actúan como «pagadores adicionales»:
- El rescate de un Plan de Pensiones Mapfre.
- El sueldo percibido antes de la jubilación (durante el año del retiro).
- Las pensiones procedentes del extranjero.
¿Cómo se calcula el IRPF que se aplica a la pensión de jubilación?
El IRPF es un impuesto progresivo que se aplica sobre la base imponible. Para las pensiones de jubilación, la retención se calcula mediante los siguientes tramos de referencia para los rendimientos del trabajo:
| Tramo de renta (Base imponible) | Tipo aplicable aproximado (%) |
| Hasta 12.450 € | 19% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45% |
| Más de 300.000 € | 47% |
Nota: Estos porcentajes pueden variar ligeramente según tu comunidad autónoma de residencia.
¿Cómo tributan las pensiones de jubilación del extranjero?
Los jubilados que sean residentes fiscales en España y cobren una pensión del extranjero tendrán que declararla en el IRPF. Aspectos a tener en cuenta:
- No están exentas: Su tributación es idéntica a la pensión pública nacional.
- Segundo pagador: Las pensiones extranjeras constan como un pagador adicional.
- Límite de 15.000 €: Si lo recibido fuera de España supera los 1.500 euros anuales, deberás declarar si el total de tus rentas supera los 15.000 euros.
- Doble imposición: Es fundamental consultar los convenios internacionales para evitar pagar impuestos dos veces por el mismo concepto.
Planificar la jubilación con antelación puede marcar la diferencia en tu tranquilidad financiera. Además de conocer cómo tributan las pensiones, es importante contar con alternativas que ayuden a complementar los ingresos cuando termina la vida laboral. Los seguros de pensiones de Mapfre están diseñados para ayudarte a construir un ahorro a largo plazo y afrontar esta etapa con mayor seguridad económica.








