Supuestos de liquidez de un plan de pensiones
Resumen del contenido
- Liquidez de un plan de pensiones por incapacidad
- Liquidez de un plan de pensiones por dependencia
- Liquidez de un plan de pensiones por enfermedad grave
- Liquidez de un plan de pensiones por fallecimiento
- Liquidez de un plan de pensiones por desempleo
- Liquidez de un plan de pensiones después de 10 años
- Liquidez de un plan de pensiones por el COVID-19
El equipo de redacción de MAPFRE lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.
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Para disfrutar del momento de la jubilación sin estrecheces económicas, lo ideal es contar con un plan de pensiones privado como los que te ofrece MAPFRE. A la hora de suscribir uno, es importante tener en cuenta que no se puede disponer del dinero hasta que se abandone la vida laboral. No obstante, existen algunos supuestos excepcionales de liquidez en los que se permite rescatar los ahorros de forma anticipada.
Esto se traduce en que los planes de pensiones no son un producto líquido, es decir, su titular no puede disponer libremente del dinero. El objetivo es ahorrar de cara a la jubilación, aunque la ley contempla algunas situaciones especiales donde es posible recuperar el capital acumulado.
Liquidez de un plan de pensiones por incapacidad
Uno de los supuestos de liquidez de un plan de pensiones más habituales es el relativo a la incapacidad laboral. Si el usuario se ve imposibilitado para continuar realizando su profesión, tiene la posibilidad de rescatar el dinero ahorrado.
Para ello, es necesario que la situación esté reconocida en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a través de una resolución judicial o administrativa. Además, debe tratarse de una incapacidad total para la profesión habitual, una incapacidad absoluta para realizar cualquier trabajo o gran invalidez.
Liquidez de un plan de pensiones por dependencia
La Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia regula las condiciones en las que aplica este supuesto excepcional de liquidez. A grandes rasgos, hace referencia a las situaciones de dependencia de grado II y III.
De este modo, las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia pueden recuperar el capital de su plan de pensiones para cubrir sus necesidades económicas. Al igual que en el caso anterior, es preciso que dichas circunstancias estén acreditadas por un organismo oficial.
Liquidez de un plan de pensiones por enfermedad grave
Este supuesto especial no solo afecta al partícipe, sino también a su cónyuge, descendientes o ascendientes en primer grado. El plan de pensiones se puede recuperar si cualquiera de estas personas sufre una dolencia o lesión que le incapacita temporalmente para trabajar durante un periodo continuado de 3 meses como mínimo y que además requiere intervención quirúrgica o tratamiento hospitalario.
También se incluye el caso de sufrir una dolencia o lesión con secuelas permanentes que impidan realizar una actividad laboral total o de forma parcial, independientemente de que necesite ayuda de otras personas para llevar a cabo las labores básicas del día a día o no.
Liquidez de un plan de pensiones por fallecimiento
Si el partícipe del plan de pensiones fallece, los beneficiarios designados en el contrato tienen derecho a disponer de los ahorros que se hubieran originado hasta ese momento. En este caso, el acceso al capital se encuadra dentro del proceso de reparto de la herencia.
Cuando en el plan no se hubiera especificado ningún beneficiario, los herederos deben atenerse a lo que esté especificado en las condiciones del plan o bien a los preceptos que se establecen en el derecho sucesorio.
Liquidez de un plan de pensiones por desempleo
Otro supuesto excepcional de liquidez de un plan de pensiones es el desempleo de larga duración. Para ello, es preciso que el partícipe se encuentre en situación legal de paro, no tenga derecho a percibir ninguna prestación o que ya la haya agotado, así como que esté inscrito como demandante de empleo en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Los trabajadores por cuenta propia también pueden hacer efectivo este derecho. Por su parte, los autónomos deben cumplir con los dos últimos requisitos anteriores.
Liquidez de un plan de pensiones después de 10 años
El Gobierno ha aprobado recientemente una nueva medida que suma otro supuesto excepcional de liquidez en los planes de pensiones. Así, a partir del 1 de enero de 2025, cualquier partícipe que acredite una antigüedad de 10 años desde la contratación del producto puede solicitar el reembolso de sus aportaciones.
Liquidez de un plan de pensiones por el COVID-19
La situación de emergencia provocada por el COVID-19 también ha derivado en que los planes de pensiones se puedan rescatar de forma excepcional antes del momento de la jubilación. Este supuesto aplica a los trabajadores por cuenta ajena en situación legal de desempleo por un ERTE, los empresarios que han tenido que cerrar sus negocios y los autónomos obligados a cesar en su actividad.
En este supuesto, la solicitud se puede realizar hasta septiembre de 2020, ya que el objetivo es tratar de cubrir la reducción de ingresos como consecuencia del estado de alarma.
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