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El impuesto de sucesiones en Andalucía

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Descubre los cambios más recientes en el Impuesto de Sucesiones en Andalucía: reducciones, beneficios y cómo realizar la liquidación.
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    En los últimos años, el Impuesto de Sucesiones en Andalucía ha experimentado una importante reducción, convirtiéndose en una de las comunidades autónomas con mayores bonificaciones fiscales para los herederos directos. ¿Y qué quiere decir esto? Las bonificaciones fiscales son reducciones porcentuales aplicadas directamente a la cuota tributaria que los herederos deben pagar tras calcular el impuesto, y en Andalucía se han ampliado para reducir el dinero que se debe pagar antes de recibir una herencia.

    ¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y cómo se aplica en Andalucía?

    El Impuesto de Sucesiones es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos tras el fallecimiento de una persona. Es decir, cuando los herederos reciben una herencia, deben declarar y liquidar este impuesto ante la administración autonómica correspondiente. La cuantía a pagar depende del valor de los bienes heredados, el grado de parentesco con el fallecido y las reducciones y bonificaciones fiscales que se aplican en la comunidad autónoma.

    Llegados a este punto es importante señalar cuáles son los grados de parentesco establecidos por la normativa para que puedan entenderse las modificaciones que se han realizado en Andalucía.

    • Grupo I: descendientes o adoptados, menores de 21 años.
    • Grupo II: descendientes o adoptados, de 21 años o más. Cónyuges, ascendientes o adoptantes.
    • Grupo III: colaterales de 2º y 3º grado por consanguinidad o afinidad. Ascendientes o descendientes por afinidad
    • Grupo IV: grados de parentesco más distantes y extraños.

    Ten en cuenta que la comunidad andaluza también ha establecido una serie de equiparaciones a estos grupos de parentesco:

    • Las parejas de hecho inscritas en Registros de Parejas de Hecho se equiparan a los cónyuges.
    • Las personas objeto de un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción se equiparan a los adoptados.
    • Las personas que realicen un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción se equiparan a los adoptantes.

    En los últimos años no han parado de crecer las renuncias a herencias porque las personas herederas, a las que se denomina legantes, no pueden hacer frente al pago del impuesto de sucesión si viven en una comunidad donde no se bonifica o son parientes lejanos del testador, es decir, la persona que hace el testamento. En total, los ciudadanos rechazaron 56.177 herencias tan solo en 2023. Para evitarlo, algunas comunidades autónomas, como es el caso de Andalucía han decidido aplicar una serie de medidas encaminadas a aliviar la carga fiscal sobre las familias y facilitar así la transmisión de bienes y derechos.

    Situaciones en las que se aplica la reducción

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    Andalucía es una de las comunidades autónomas que más reducciones se aplican y sobre todo están destinadas al beneficio de los familiares directos. En este sentido debemos distingue entre: las herencias entre familiares directos y otras situaciones en las que también se aplican estas bonificaciones.

    Herencias entre familiares directos

    Se aplica una bonificación del 99% de la cuota íntegra, que depende de cada caso y se puede consultar aquí, para los Grupos I y II que mencionamos anteriormente. Esto significa que estos herederos solo pagarán el 1% de la cuota que les correspondería originalmente. Por ejemplo, la cuota aplicable sin bonificación a una herencia valorada en 200.000 € sería de 20.000 €, pero con la bonificación del 99%, el heredero directo pagará solo 200 €.

    Personas con discapacidad

    Se establece una reducción adicional de hasta 1 millón de euros para personas que acrediten oficialmente su grado de discapacidad y dependiendo del mismo, bonificación que se suma a la general.

    Transmisión de empresas familiares

    Se aplica una reducción del 99% del valor de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades. Para ello, será necesario que los herederos deberán mantener la actividad y el domicilio fiscal en Andalucía durante al menos 5 años.

    Vivienda habitual

    Reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del causante con un límite de 122.606,47 € por heredero. Para poder acogerse a ello, será condición indispensable que la vivienda haya sido el domicilio habitual del fallecido y que los herederos mantengan la propiedad durante al menos 3 años.

    Explotaciones agrarias

    Reducción específica según la Ley de Modernización de Explotaciones Agrarias en la que se establece que la explotación debe estar calificada como prioritaria, y debe mantenerse en activo durante un periodo mínimo tras la transmisión.

    ¿Cómo comprobar qué beneficios fiscales se aplican en mi caso?

    Desde 2018, Andalucía ha llevado a cabo sucesivas reformas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, alcanzando en la actualidad una bonificación del 99% en la base imponible para herederos directos (Grupos I y II), pero no siempre ha sido así por lo que es una buena opción comprobar en qué situación te encuentras en función de la fecha del devengo del impuesto, es decir, del momento en que se produce la obligación tributaria.

    • Hechos imponibles devengados antes del 1 de enero de 2022. Con «hechos devengados» se refiere al momento en que surge la obligación tributaria de un impuesto. En el caso del Impuesto de Sucesiones, un hecho devengado ocurre cuando fallece la persona cuya herencia se va a transmitir, es decir, es el instante en que nace el derecho de los herederos a recibir los bienes y la obligación de declarar y liquidar el impuesto.
    • Hechos imponibles devengados después del 1 de enero de 2022.

    ¿Cómo realizar la liquidación del Impuesto de Sucesiones en Andalucía?

    Para poder liquidar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía será necesario que compruebes en la situación en la que te encuentras y acredites los supuestos que se han indicado anteriormente. Para ello será necesario que presentes la documentación de los hechos causantes y que realices el procedimiento adecuado.

    Documentación

    • Certificado de defunción
    • Certificado de últimas voluntades
    • Testamento (si existe) o declaración de herederos
    • Relación detallada de los bienes y derechos

    Procedimiento

    A continuación será necesario realizar el cálculo de la base imponible, es decir la valoración de todos los bienes y derechos heredados para poder aplicar las reducciones y bonificaciones según el parentesco y la normativa vigente. Tras ello será necesario cumplimentar el modelo 650 para la autoliquidación del mismo en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.

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    Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
    - 2 Ene, 2025
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