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Préstamo entre familiares: ¿hay que declararlo?

Préstamo entre familiares: ¿hay que declararlo?
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Los préstamos entre familiares hay que formalizarlos con un contrato y después, declararlos. Te contamos cómo hacerlo para evitar problemas con Hacienda.

Resumen del contenido

  1. Donaciones de dinero a familiares
  2. Préstamos entre familiares
  3. ¿Cómo evitar problemas con Hacienda?
  4. ¿Cómo declarar el préstamo?

Mucha gente se pregunta: si quiero dejar dinero a un hijo ¿puedo tener problemas con Hacienda? Dependiendo de si se trata de una donación o de un préstamo familiar, las implicaciones legales y fiscales son diferentes. Te contamos cómo puedes hacerlo para evitar sanciones y trasmitir tu patrimonio de manera segura.

Donaciones de dinero a familiares

Si se decide regalar dinero a un hijo, estamos ante una donación. En este caso es recomendable formalizar la operación ante un notario, aunque no siempre es obligatorio, para dejar constancia de la entrega. Debes tener en cuenta que la donación está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según la comunidad autónoma, pero la mayoría cuenta con bonificaciones para familiares directos, pro lo que el importe a pagar suele estar reducido o nulo. No obstante, desde MAPFRE te recomendamos que antes de realizar una donación, consultes cuáles son las bonificaciones vigentes en tu Comunidad Autónoma y, si es necesario, planifiques la operación en colaboración con un asesor fiscal.

Préstamos entre familiares

Cuando se presta dinero a un hijo, se trata de un préstamo, y el Código Civil establece que debe devolver la misma cantidad y en las condiciones pactadas. Aunque el vínculo familiar sea cercano, Hacienda vigila estas operaciones para evitar que se conviertan en donaciones encubiertas, que sí tributarían como tal.

¿Cómo evitar problemas con Hacienda?

Para evitar problemas fiscales, conviene redactar un contrato de préstamo en el que se incluya la información relativa al mismo y que posteriormente pueda declararse. Así, este debe contener:

  • Datos personales: lugar, fecha de redacción y datos completos de prestamista y prestatario.

  • Cantidad y plazos: importe exacto prestado, calendario de devolución y periodicidad de las cuotas. Es recomendable domiciliar los pagos y conservar los registros.

  • Intereses: si el préstamo es gratuito, conviene indicarlo expresamente. Si se aplican intereses, hay que fijar la tasa pactada; de lo contrario, Hacienda aplicará automáticamente el interés legal del dinero, que está en torno al 3 % anual.

  • Amortización anticipada y prórrogas: se deben establecer las condiciones de cancelación anticipada, posibles prórrogas o medidas en caso de impago.

  • Firmas: el contrato debe ser firmado por ambas partes, con un original y dos copias.

Para hacer un contrato de préstamo entre familiares no es necesario acudir a ningún notario, bastará con redactar un documento privado en el que se pueden incluir todas las cláusulas que se quiera, si hay acuerdo entre las partes.

¿Cómo declarar el préstamo?

Para declarar un préstamo a Hacienda, el prestatario dispone de treinta días desde la recepción del dinero.

Para ello, deberá presentar el original del contrato, junto con el modelo 600 debidamente cumplimentado, en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida, y liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), al que este tipo de contratos está sujeto. Sin embargo, no deberá pagar ninguna cantidad, porque esta operación, realizada entre personas físicas, está exenta de tributación.

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