¿Un préstamo personal desgrava en la renta?


Juan Gutiérrez
Licenciado en ADE en la Universidad Complutense de Madrid, Máster en Gestión Empresarial y en Dirección de Proyectos (PMP). Actualmente es director del departamento de consultoría, especializado en el asesoramiento y desarrollo de empresas y negocios mediante el formato de comercio asociativo.
La fiscalidad de los préstamos es un ámbito bastante complejo, hay muchos tipos de préstamos y, dependiendo del formato de éste se puede desgravar en la declaración de la renta o no. En este artículo voy a tratar de resolver las dudas más habituales sobre qué tipo de préstamos son considerados como desgravables por Hacienda.
¿Qué es un préstamo personal?
Lo primero que tenemos que entender es qué es un préstamo personal y en qué se diferencia de otro tipo de préstamos.
Un préstamo personal es un sistema de financiación que permite al cliente disponer de un capital que no es suyo, a cambio de un plan de devolución con unas características específicas (tipo de interés, comisiones de apertura o cancelación, plazos, etc.). La naturaleza de este tipo de préstamos suele estar relacionada con el pago de un producto o servicio (viaje, educación en el extranjero, compra de un vehículo, etc.)
A diferencia de otro tipo de préstamos personales como por ejemplo una hipoteca, los préstamos personales no tienen un activo detrás que respalde o avale la operación, por lo que el prestamista, normalmente una entidad bancaria, está asumiendo más riesgo y por eso pedirá más tipo de interés y más garantías.

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Fiscalidad de los préstamos personales
La respuesta a la pregunta de si los préstamos personales son deducibles en la declaración de la renta, la respuesta es no, no son deducibles, pero hay excepciones.
Que un préstamo personal no sea deducible significa que los intereses que se están pagando por el uso de este préstamo no se pueden deducir en la base impositiva del IRPF, con estas excepciones:
- Primera vivienda: si el objeto del préstamo es la compra de la vivienda habitual y el préstamo fue concedido antes de enero de 2013, si será posible deducir los intereses de ese préstamo en el IRPF mientras el préstamo tenga capital pendiente.
- Préstamos a la formación: Si se solicita un préstamo para pagar o financiar estudios o formación relacionados con la actividad profesional del titular de la declaración y siempre y cuando se pueda demostrar la relación entre la solicitud del préstamo y el uso de este, en este caso los intereses también serán deducibles.
- Actividades económicas: En muchos casos, a la hora de emprender en n negocio hace falta financiación bancaria. Si el solicitante es un autónomo y el préstamo está vinculado a la apertura de un negocio o a una inversión en la mejora de éste, también serán deducibles los intereses.
En cualquier caso, antes de decidir si desgravar o no los intereses abonados por un préstamo personal, sería interesante consultarlo con la propia Hacienda para conocer los justificantes que va a necesitar para evitar problemas a futuro.
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