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¿Jubilación y viudedad son dos pagadores?

¿Jubilación y viudedad son dos pagadores?
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¿Jubilación y viudedad son dos pagadores? Resolvemos tus dudas sobre este supuesto a la hora de presentar la declaración de la Renta para que no tengas problemas con Hacienda.

Resumen del contenido

  1. Jubilación y viudedad
  2. Otras pensiones en las que existen dos pagadores
  3. ¿Cómo hacer la declaración de la renta si tienes dos pagadores?
  4. ¿Cómo afecta la suma de las pensiones de jubilación y viudedad en el IRPF?
  5. ¿Qué pensionistas no tiene que hacer la declaración?

Si te acabas de jubilar es posible que te hayan indicado que tienes derecho a distintas prestaciones por tu condición y tus cotizaciones. En este caso seguro que te has preguntado si la pensión de jubilación y viudedad son dos pagadores.

Jubilación y viudedad

Es muy habitual que muchos jubilados españoles reciban una doble prestación, la correspondiente a su jubilación y la cotización de sus años de trabajo y aquella que tiene que ver con un estado de viudedad. A la hora de realizar la declaración de la renta, muchos jubilados tienen dudas sobre si tienen obligación de presentarla por superar los dos pagadores.

Para el ejercicio fiscal 2024, cuya declaración se presenta en 2025, las normas son las siguientes:
  • Si los ingresos proceden de un solo pagador, no se está obligado a presentar la declaración si no se superan los 22.000 euros anuales.
  • Si los ingresos proceden de dos o más pagadores, existe obligación de presentar la declaración si:
    • Se perciben más de 15.786 euros en total.
    • La cantidad recibida del segundo y restantes pagadores supera los 2.500 euros anuales.
Dado que la pensión de jubilación y la de viudedad provienen de distintos pagadores, se consideran ingresos de dos pagadores, lo que puede generar la obligación de presentar la declaración si se superan los límites establecidos.

Otras pensiones en las que existen dos pagadores

Tal y como sucede con la pensión por viudedad, existen muchos jubilados que cuentan con dos pagadores y que por tanto están obligados a realizar la declaración de la renta independientemente de cuál sea el importe de las dos pensiones.  Otros afectados por esta causa son aquellas personas que reciben pensiones del extranjero, es decir aquellas que han cotizado durante varios años en otros países y que por tanto perciben una prestación de otro país.

Si percibes una pensión de jubilación y otra de viudedad, es importante gestionar correctamente tu declaración de la renta para evitar imprevistos fiscales. Con los Planes de Pensiones MAPFRE, no solo ahorras para tu futuro con ventajas fiscales, sino que también aseguras tu tranquilidad financiera. Planifica tu jubilación con la mejor estrategia y disfruta de cada etapa con la seguridad de estar protegido. Consulta nuestras opciones y optimiza tu ahorro para el futuro.

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¿Cómo hacer la declaración de la renta si tienes dos pagadores?

Si eres beneficiario de una pensión de jubilación y una pensión de viudedad, es posible que al realizar la declaración de la renta tengas que abonar una cantidad adicional a Hacienda. Esto se debe a que, para la Agencia Tributaria, percibes ingresos de dos pagadores, lo que puede afectar tus obligaciones fiscales, incluso si tus ingresos son bajos.

Para evitar este inconveniente y ajustar las retenciones a tus ingresos reales, es recomendable presentar el Modelo 146 ante la Agencia Tributaria durante los meses de enero y febrero de cada ejercicio fiscal. Este procedimiento permite que Hacienda determine el importe total de las retenciones del IRPF sobre tus pensiones, como si procedieran de un único pagador, evitando así posibles desajustes al presentar la declaración anual.

¿Cómo afecta la suma de las pensiones de jubilación y viudedad en el IRPF?

En España, tanto la pensión de jubilación como la de viudedad se consideran rendimientos del trabajo y están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Al percibir ambas prestaciones, es fundamental comprender cómo se integran en la declaración de la renta y cómo afectan a las obligaciones fiscales del contribuyente.

Las pensiones de jubilación y viudedad están sujetas a retenciones de IRPF, que se aplican de manera progresiva según la cuantía total de los ingresos.

  • Hasta 12.450 euros anuales: 19%
  • De 12.451 a 20.200 euros: 24%
  • De 20.201 a 35.200 euros: 30%
  • De 35.201 a 60.000 euros: 37%
  • De 60.001 a 300.000 euros: 45%
  • Más de 300.001 euros: 47%

Es importante destacar que, al sumar ambas pensiones, el total de ingresos puede situar al contribuyente en un tramo impositivo superior, incrementando así el porcentaje de retención aplicable.

¿Qué pensionistas no tiene que hacer la declaración?

Existen ciertas pensiones que están exentas de tributación, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley del IRPF. Algunos ejemplos son:
  • Pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez: Estas prestaciones, reconocidas por la Seguridad Social o por clases pasivas debido a inutilidad o incapacidad permanente, están exentas de tributar.
  • Pensiones de orfandad: Las prestaciones recibidas por hijos menores de edad o personas con discapacidad en caso de fallecimiento de los progenitores no tributan en el IRPF.
  • Auxilio por defunción: Esta ayuda destinada a cubrir los gastos de sepelio está exenta de tributación.
  • Pensiones derivadas de actos de terrorismo: Las compensaciones otorgadas a víctimas de terrorismo no están sujetas al IRPF.
  • Pensiones a personas lesionadas o mutiladas durante la Guerra Civil: Estas prestaciones específicas están exentas de tributación.
Es importante destacar que, aunque algunas pensiones estén exentas, si el beneficiario percibe otros ingresos que superen los límites establecidos, podría estar obligado a presentar la declaración de la renta. Por ello, se recomienda revisar cada caso particular o consultar con un asesor fiscal para determinar las obligaciones tributarias específicas.
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