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¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima?

¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima?
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Los Presupuestos Generales del Estado fijan cada año la pensión mínima. Los pensionistas que no alcanzan esa cifra con su pensión ordinaria pueden pedir un complemento a mínimos para llegar a ella siempre que cumplan una serie de requisitos.

La pensión de jubilación mínima en España es de 783,10 euros al mes para un pensionista sin cónyuge. La cantidad baja a 743,3 euros cuanto tiene un cónyuge que no está a su cargo y sube a 966,2 euros si su cónyuge está a cargo.

A diferencia del resto de pensiones contributivas, que se actualizan según el IPC, la pensión mínima se fija en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y existe para todos los tipos de pensiones contributivas. Desde la pensión de jubilación hasta la de incapacidad, jubilación y orfandad.

Esa pensión mínima marca la cuantía que deben percibir todos los pensionistas con derecho a una pensión contributiva de la Seguridad Social. Sin embargo, eso no quiere decir que tenga un carácter universal.

El cálculo de la pensión tiene en cuenta varios factores. Por ejemplo, la pensión de jubilación utiliza tres variables: el tiempo que hayas cotizado, tu salario y la edad de jubilación.

Es muy posible que el cálculo final arroje una pensión inferior a la pensión mínima. Para empezar, quienes hayan cotizado menos de 15 años no tendrán derecho a la pensión contributiva y se tendrán que conformar con una pensión de carácter asistencial muy inferior a la mínima.

Para estos pensionistas no contributivos no existen otra alternativa. Sin embargo, quienes cobren una pensión contributiva sí que la hay. En su caso, si el resultado es inferior a la pensión mínima podrán solicitar lo que se conoce como un complemento a mínimos.

Como su propio nombre indica, este complemento es un suplemento que se añade para que puedan cobrar la pensión mínima. Es la forma en la que la Seguridad Social se asegura que todos los pensionistas que han cotizado por lo menos 15 años tienen lo que consideran una pensión digna.

¿El complemento a mínimos aplica siempre que la pensión es inferior a la mínima?

Este suplemento a la pensión que no llega al mínimo tampoco es universal. Para poder acceder a él hay que cumplir una serie de requisitos.

El principal es no superar cierto límite de ingresos. En concreto, el pensionista no podrá tender rentas superiores a los 8.614 euros si no tiene el cónyuge a cargo.

Si el cónyuge está a su cargo, el límite para poder cobrar el complemento a mínimos asciende a 10.084 euros. Estas cantidades se actualizan cada año en los PGE.

La Seguridad Social aplicará el complemento a mínimos de forma automática a los pensionistas que no superen estas cifras hasta que su pensión alcance la cifra marcada por la pensión mínima en cada momento.

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¿Me pueden bajar la pensión?

Es poco habitual, pero sí que puede pasar que te bajen la pensión. Hay dos casos donde puede suceder.

El primero afecta a quienes cobran el complemento a mínimos. Si en algún momento superan los límites de ingreso, tendrán que comunicarlo a la Seguridad Social y perderán ese suplemento a su pensión. En esos casos, percibirían solo la pensión que les corresponda, aunque sea inferior a la mínima.

El segundo caso es el de quienes cobran el complemento para la reducción de brecha de género. Este complemento, que sirve para cobrar más que la pensión máxima, se puede retirar en caso de que el otro progenitor lo solicite y cumpla los requisitos.

El complemento a mínimos y la pensión mínima son solo un ejemplo de cómo pueden cambiar las leyes respecto a la pensión pública. Una forma de no depende de terceros es planificar tu jubilación e invertir para tener un complemento propio una vez te jubiles.

En MAPFRE encontrarás diversidad de opciones de inversión para hacerlo. Desde los tradicionales planes de pensiones hasta seguros de ahorro y fondos de inversión.

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