¿Puedes firmar el finiquito estando de baja?
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Amante de las finanzas, la economía conductual y los impuestos, ha hecho de su pasión su profesión y actualmente es orientador y formador. Con más de 20 años de experiencia en el ámbito de la comunicación en finanzas e inversión y múltiples colaboraciones en medios del sector.
¿Te pueden despedir durante una baja médica? La respuesta es afirmativa. Una empresa puede prescindir de los trabajadores o finiquitar el contrato estando de baja. Otra cuestión diferente es que el motivo de despido no puede ser la baja ni el haber faltado al trabajo por estar de baja médica en esa o en otras ocasiones.
En ese caso, el despido podría considerarse nulo o improcedente y tendrías derecho a cobrar la indemnización que te correspondiese.
Si el despido durante la baja es legal ¿Qué pasa entonces con el finiquito? Lo primero que debes saber es que la empresa hacértelo llegar.
Sí, la respuesta también es afirmativa. Si la empresa puede despedirte durante la baja, también puedes firmar el finiquito, aunque estés de baja médica, ya sea por enfermedad común o laboral.
¿Es obligatorio firmar el finiquito si estás de baja médica?
Puedes no firmar el finiquito, igual que podrías hacerlo si no estuvieses de baja. Sin embargo, no firmar el acuerdo de despido durante la baja médica no servirá de mucho y puede llegar a ser contraproducente.
En este caso, las opciones son las mismas que cuando no estás conforme con el finiquito. De forma muy resumida, firmar como no conforme y reclamar después el despido, finiquito incluido.
Y es que, el proceso del despido no cambia porque el despido se produzca de baja. De hecho, el plazo para pagar el finiquito será el mismo y podrás tomar acciones si consideras que el despido ha sido improcedente.
El Asesor fiscal de los seguros de Hogar MAPFRE, a través de Club MAPFRE, puede orientarte y ayudarte con la reclamación en este tipo de situaciones.
¿Se pierden los derechos la firmar?
En absoluto. Aunque firmes el finiquito, conservarás todos los derechos de la baja médica y también la posibilidad de reclamar a la empresa por el despido.
Recuerda que en España es posible despedir a un trabajador cuando está de baja o cuando se reincorpora. Lo que no existe desde 2020 es el despido por ausencias justificadas en el puesto de trabajo. En otras palabras, que la causa de finalizar el contrato no puede ser que estés o hayas estado enfermo, debe ser otra.
Si no es así y la empresa no puede justificar el despido, podrás reclamarlo como nulo o improcedente y pedir una indemnización.
¿Puedo seguir cobrando la baja médica si me despiden?
Sí, ya que no pierdes los derechos de la baja médica mientras dure. Lo que cambiará es su cálculo.
Como trabajador seguirás percibiendo la prestación por incapacidad laboral por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pero la cuantía ya no se calculará en base a tu salario. Al haber sido despedido, el dinero de la baja se calculará en base al paro que te corresponda.
La traducción práctica es que cobrarás menos dinero por la baja, ya que el paro siempre es inferior que el salario que percibes. Además, estarás consumiendo días de paro.
Existe una excepción a la regla general. Si la baja es por enfermedad profesional o accidente de trabajo, la prestación por incapacidad seguirá siendo la misma.
¿Qué pasa si no tengo derecho a paro?
En ese caso seguirás cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta el momento del alta y la cantidad a cobrar será la del subsidio por desempleo.
A efectos prácticos, esto quiere decir que cobrarás un 80% del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples o IPREM, lo que equivale a 480 euros.
Durante el tiempo de baja también se consumirán días del subsidio.
¿Cambia la cuantía del finiquito si estás de baja?
La forma de calcular el finiquito es la misma estés de baja o no. Lo que sí puede cambiar es la cantidad para recibir. La razón es que la baja médica incluye por defecto el prorrateo de las pagas extra.
Si te despiden después de una baja de larga duración, el finiquito no incluiría la paga extra porque ya la habrías cobrado a través de la baja médica.
Por último, si estás de baja médica y no por accidente laboral y te despiden. Podrás solicitar el pago directo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que agiliza las gestiones y hace que todo sea más rápido.
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