Acceder a la primera vivienda es uno de los mayores retos financieros para jóvenes y familias. Para facilitar el pago de la entrada —que habitualmente supone el 20% del valor del inmueble—, el Gobierno, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), cuenta con una línea de avales destinada a cubrir hasta el 20% (o 25%) del préstamo hipotecario.
A continuación, te detallamos todos los requisitos, los límites de ingresos y el procedimiento paso a paso para solicitarlo.
¿Qué son los avales ICO y cómo funcionan?
Habitualmente, las entidades bancarias financian únicamente hasta el 80% del valor de compraventa o tasación de una vivienda. El 20% restante, más los gastos asociados de formalización (impuestos, notaría, registro), debe aportarlo el comprador como ahorro previo.
Con el Aval ICO, el Estado actúa como garante ante el banco por ese 20% inicial, lo que permite a la entidad financiera conceder hasta el 100% de la financiación de la vivienda a quienes cumplan con las condiciones de la convocatoria.
Requisitos para solicitar el Aval ICO
Perfil del comprador
- Edad o situación familiar:
- Tener menos de 35 años en el momento de la solicitud.
- O ser una familia con menores a cargo (sin límite de edad para los progenitores).
- Residencia: Ser persona física, mayor de edad y contar con residencia legal e ininterrumpida en España durante los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Primera vivienda: No ser propietario de ninguna otra vivienda con anterioridad en el territorio nacional.
Excepciones al requisito de no propiedad:
- Propiedad obtenida por herencia o transmisión mortis causa de una parte alícuota de la vivienda.
- Acreditación de no disponibilidad de la vivienda por separación, divorcio u otras causas ajenas a la voluntad del titular.
- Inaccesibilidad acreditada de la vivienda por motivos de discapacidad.
Límites de ingresos anuales (IPREM)
El límite de ingresos individuales se fija en 4,5 veces el IPREM (37.800 € brutos anuales). Sin embargo, este tope escala según la unidad familiar:
| Perfil del Solicitante | Límite de Ingresos Anuales Brutos |
| Solicitante individual | Hasta 37.800 € |
| 2 Compradores (pareja/co titulares) | Hasta 75.600 € en conjunto |
| Por cada menor a cargo | Se incrementa en 0,3 veces el IPREM (+2.520 €/año) |
| Familia monoparental | El límite individual se incrementa hasta un 70% adicional |
Límite de patrimonio avalado
En cuanto al patrimonio del avalado, será de 100.000 euros como máximo.
No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma en que la hayan adquirido. Sin embargo sí podrán acogerse quienes cumpliendo los requisitos se encuentren en una de estas situaciones:
- Cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.
- Para aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia.
El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario y con la excepción de las circunstancias anteriores (que pueden exigir el cambio de vivienda).

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¿Cómo se solicita el Aval ICO?
- Elige un banco adherido: La solicitud no se realiza directamente ante el ICO, sino en la entidad bancaria donde vayas a contratar la hipoteca. Más de 100 entidades financieras operan con esta línea de avales.
- Presentación de documentación: Deberás aportar certificado de empadronamiento, acreditación de ingresos (declaración de la RENTA, nóminas), borrador de contrato de compraventa y certificado negativo del Registro de la Propiedad.
- Aprobación de la hipoteca: La entidad evalúa la capacidad de pago del comprador y gestiona la garantía pública directamente con el ICO.
Porcentaje avalado y condiciones del préstamo
El ICO avala con carácter general el 20% del importe del crédito hipotecario. No obstante, existen mejoras si la vivienda cumple criterios de sostenibilidad:
- Financiación estándar -> Aval ICO: 20% del importe del préstamo.
- Eficiencia energética -> Aval ICO: 25% (SI cuenta con certificado D o superior).
Plazos y condiciones de uso:
- Duración del aval: El aval tiene un plazo máximo de 10 años, independientemente del plazo total de la hipoteca.
- Uso obligatorio como residencia habitual: La vivienda debe mantenerse como residencia habitual durante los 10 años que dura el aval.
- Limitación de alquiler: No se podrá arrendar la vivienda salvo causa justificada (matrimonio, separación, traslado laboral o cambio de empleo a uno más ventajoso).
Si comienzas la aventura de adquirir tu propia vivienda, recuerda que un buen Seguro de Hogar como los que te ofrece Mapfre es tu mejor opción.








