Cómo realizar correctamente una factura
Resumen del contenido
El equipo de redacción de MAPFRE lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.
Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.
No cometas errores y descubre cómo hacer una factura para que sea válida. La factura es uno de los documentos más importantes en la vida de los trabajadores autónomos, incluso a veces hay que emitir una factura estando jubilados.
¿Qué datos debe tener una factura?
La factura debe incluir todos los datos que obliga la normativa española vigente en el orden establecido:
Datos identificativos
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Nombre.
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Domicilio.
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NIF del profesional que presta los servicios.
Número de factura
Recuerda que todas las facturas tienen que ir numeradas de forma correlativa y es importante incluir en el encabezamiento antes del número o detrás, la palabra factura.
Fecha de la factura
El número de la factura también debe ir en correlación a la fecha.
Datos de la persona o empresa a la que va dirigida
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Nombre completo.
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Dirección o razón social.
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NIF.
Concepto de la factura
Con una breve descripción de los servicios prestados.
Importe de la operación
La remuneración a percibir sin aplicar ningún tipo de impuestos.
Retención del IRPF
Cantidad resultante de aplicar al importe anterior la retención del IRPF. Desde julio de 2015 el porcentaje que tienen que aplicar los trabajadores autónomos baja del 19 por ciento al 15 por ciento, excepto para nuevos autónomos, que pueden aplicar el 8% durante su primer año de actividad.
Importe del IVA
Hay que incluirlo siempre al margen de que el cliente final sea una empresa o un autónomo. El IVA es un impuesto que recae sobre el consumidor, pero que es recaudado por la Agencia Tributaria.
Cantidad total a percibir
La suma del importe inicial menos la retención de IRPF más el importe del IVA.
Forma de pago
En el caso de domiciliación bancaria debemos incluir el número de cuenta.
Tipos de facturas
A pesar de que hay distintos tipos de facturas, la más habituales son 3: las que se emiten para cobrar un producto vendido a un tercero, la que se presenta para que el beneficiario abone un servicio y la que responde a la normativa europea para poder facturar dentro del espacio UE.
Factura de producto y de servicio
Las facturas para cobrar a tus clientes o proveedores productos o servicios son iguales en forma y contenido, pero cada una debe cumplimentarse con los conceptos que corresponden, especialmente en lo que respecta a impuestos y conceptos de la factura.
Si tienes dudas, lo más fácil es contar con un profesional contable y/o contar con un programa de gestión contable o aplicación para hacer tus facturas, administrarlas y gestionarlas de la forma más sencilla y cómoda.
En Internet hay disponibles modelos básicos para orientarte en la elaboración de tus propias facturas para iniciarte en esta tarea. Puedes descargarlos en páginas como estas o usar plataformas online que incluso permiten la traducción a cualquier idioma.
Factura europea
La factura europea o intracomunitaria es aquella que se precisa para facturar servicios o productos a proveedores del entorno UE, fuera de España. No es necesario que difiera en forma o contenido, respecto a la que se usa habitualmente, salvo que pueda exigirse en el idioma del destinatario o algún detalle concreto en la descripción o concepto del documento.
El IVA es la gran diferencia cuando se factura en Europa es importante comprobar qué impuesto sobre el valor añadido es correcto para la operación a realizar, hay escenarios exentos en los que la factura se elabora sin IVA, pero siempre hay que comprobar que se dan todas las condiciones previstas en la ley.
¿Puede un jubilado hacer una factura?
Los autónomos que quieran jubilarse y, a la vez, seguir facturando con su negocio tienen que cumplir algunos requisitos básicos, y sí podrán facturar.
Requisitos para facturar estando jubilado
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Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
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Pagar una cuota de solidaridad (entorno al 11,89% de la base de cotización que corresponda)
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Haber alcanzado la edad de jubilación, que en 2023 es de 65 años si se han cotizado más de 37 años y 9 meses o de 66 años y cuatro meses si se ha cotizado menos
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Ser autónomo persona física y tener al menos un empleado a cargo si se quiere cobrar el 100%. Los autónomos societarios sólo tienen derecho a cobrar un 50% de su pensión en esta modalidad
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Tener cotizados todos los años necesarios para cobrar el 100% de la pensión. En 2023 son 36 años
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No haber solicitado la jubilación anticipada
Cobra tu pensión y sigue facturando con la Jubilación Activa
La jubilación activa es la manera de que un autónomo que alcanza la edad legal de jubilación pueda cobrar la pensión que le corresponde sin tener que dejar su negocio.
Es una de las medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, y regula la posibilidad de que un autónomo, una vez cumplida la edad legal, pueda beneficiarse de hasta el 100% de su pensión (siempre y cuando cumpla los requisitos) y a la vez pueda seguir facturando con su negocio.
Ejemplo práctico: Juan es autónomo y tiene una librería con la que ingresa 4.000 euros al mes y va a cumplir 65 años. Teniendo en cuenta que ha alcanzado la cotización exigida, comenzará a cobrar una pensión que se le añadirá a sus ingresos, siendo de algo menos de 1.300 euros al mes en 14 pagas, siempre y cuando su base de cotización haya sido de 1.500.
Si además contratas un buen plan de pensiones desde ya, cuando llegue el momento de tu jubilación tendrás un respiro.
soy jubilado y tengo que emitir una factura de 4000 er, con iva, mi pension es la minima, como tengo que hacerla, un saludo
Hola Rosa,
En el contenido explicamos como hacer una factura. Un saludo
Buenas tardes, estoy jubilado desde el pasado año.
He empezado a realizar trabajos de asesoría técnica en la rama de energías, , los importes no superaran el limite del salario mínimo interprofesional anual.
Las facturas que debo de emitir se pueden realizar sin IVA y con las correspondientes retenciones(15%), o estoy obligado a realizar la factura con IVA ?
Gracias
Saludos
Hola Pedro,
Todas las facturas se tienen que realizar con IVA. Un saludo