Pensiones públicas y privadas en la Renta

Resumen del contenido
El equipo de redacción de MAPFRE lleva más de 10 años preocupándose por tus ahorros y porque sigas manteniendo una buena calidad de vida en el momento de la jubilación. Pero no solo eso, aquí encontrarás información útil y práctica sobre relaciones laborales, impuestos, prestaciones y mucho más.
Los años de experiencia de MAPFRE en el sector nos avalan como fuente de información veraz y práctica para acompañarte en las diferentes etapas de tu vida.
Con carácter general, la pensión pública y la privada están sujetas a la declaración de la renta. Sin embargo, no todas las pensiones computan igual en el IRPF anual y puede que algunas ni siquiera obliguen a presentar la declaración este ejercicio.
Más que diferenciar entre pensión pública y privada en España, se clasifican las pensiones en dos grandes grupos: contributivas y no contributivas. Atendiendo a una pauta genérica, se puede afirmar que todas las contributivas están sujetas a retención de IRPF, mientras que las no contributivas se quedan al margen. Sin embargo, hay excepciones y condiciones que conviene revisar según la normativa vigente.
Pensiones contributivas
- Las pensiones públicas contributivas están sometidas a retención de IRPF, ya que se consideran rendimientos del trabajo.
- Los ingresos por pensión contributiva deben integrarse en la Declaración de la Renta anual, igual que los salarios de los trabajadores en activo.
- La pensión por jubilación es la más común, pero también se incluyen las de invalidez y viudedad, todas con las mismas características fiscales.
- Los pensionistas pueden consultar sus datos fiscales en la web de la Agencia Tributaria, donde aparece la retención aplicada a su pensión.
- Hasta 12.450 euros: 19%
- De 12.451 a 20.200 euros: 24%
- De 20.201 a 35.200 euros: 30%
- De 35.201 a 60.000 euros: 37%
- De 60.001 a 300.000 euros: 45%
- Más de 300.000 euros: 47%
Pensiones no contributivas
Se consideran pensiones no contributivas aquellas prestaciones públicas dirigidas a personas que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social para generar derecho a una pensión contributiva. Son pensiones de jubilación e invalidez para personas sin recursos suficientes.
Aunque estas pensiones están exentas de retención de IRPF, se incluyen en la declaración de la renta como rendimientos del trabajo. Sin embargo, dado que suelen tener baja cuantía, sus beneficiarios no están obligados a presentar la renta, salvo que perciban otros ingresos que les hagan superar el umbral exigido.
El límite de ingresos que obliga a presentar la declaración de la renta en este caso se mantiene en 22.000 euros para un solo pagador y 15.000 euros si hay más de un pagador y el segundo supera los 2.500 euros anuales.

https://bit.ly/4b7u6JS
Pensiones privadas provenientes del ahorro
En España, las pensiones privadas son complementos económicos de las pensiones públicas. Estas provienen del ahorro personal de los trabajadores a lo largo de su vida laboral, a través de productos financieros como los planes de pensiones, PPA y PIAS.
Aunque estos ingresos no son pensiones en sentido estricto, sí generan rentas vitalicias, temporales o rescatables, que tributan en el IRPF.
La fiscalidad de cada producto de ahorro que genera este tipo de pensiones privadas, complementos económicos, es diferente en cada caso y además, depende de la forma de rescate que para sus ahorros elija el interesado en el momento de la jubilación. Los Planes de Pensiones MAPFRE ofrecen opciones flexibles para el ahorro y la jubilación, con ventajas fiscales que pueden ayudarte a pagar menos impuestos.
Plan de pensiones y PPA
- Rescate en forma de capital: Se integra en la base imponible del IRPF del año del rescate, aumentando el tipo impositivo aplicable.
- Rescate en forma de renta: Se considera rendimiento del trabajo y se tributa anualmente junto con el resto de ingresos.
- Rescate mixto: Combinación de capital y renta, aplicándose la fiscalidad de ambas modalidades.
PIAS
- Para beneficiarse de las ventajas fiscales, deben tener una antigüedad mínima de 10 años y rescatarse en forma de renta vitalicia.
- Se aplican reducciones fiscales en función de la edad del titular en el momento del rescate:
- Entre 60 y 65 años: reducción del 24%.
- Entre 66 y 69 años: reducción del 20%.
- Más de 70 años: reducción del 8%.
MAPFRE te ayuda con tu Declaración de la Renta
En MAPFRE contamos con distintas ayudas para clientes que necesiten hacer su Declaración de la Renta.
Comentarios (0)