¿Tengo derecho a una deducción de IRPF por vivienda habitual?
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A la hora de realizar la Declaración de la Renta aun existen muchas dudas con respecto a la desgravación de IRPF por la adquisición de una vivienda habitual en propiedad. Te contamos si puedes o no deducirte el IRPF por tu vivienda habitual en el ejercicio del IRPF 2018.
Deducción de IRPF por vivienda habitual
Esta deducción es una desgravación de IRPF correspondiente a la compra de una casa o un piso destinado a ser vivienda habitual. Para que sea considerada como tal es necesario que se cumplan una serie de requisitos:
- Trasladarse a ella en un plazo inferior a 12 meses tras su adquisición.
- Vivir en ella durante un periodo mínimo de tres años cuando el propietario haya fallecido, se trate de un divorcio o un traslado laboral.
- Que sea habitada de forma permanente durante al menos tres años salvo que exista una causa justificada.
Esta deducción por adquisición de vivienda podrá aplicarse siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se aplicará tanto en el pago de la vivienda como en el de los intereses derivados de la hipoteca.
Cómo funciona la deducción de IRPF por vivienda
En los últimos años ha habido modificaciones con respecto a las deducciones que pueden aplicarse en las viviendas habituales, por ello es importante conocer el año en el que compraste tu casa ya que este será el que determine si tienes o no derecho a que se te aplique esta reducción en la Declaración de la Renta.
Viviendas compradas antes del 2011
El año 2011 supuso una serie de modificaciones en las deducciones sobre vivienda habitual en la Declaración de la Renta. Si compraste tu casa antes de este año, la deducción que se te aplicará por ella será la siguiente:
- Deducción de un máximo del 15 por ciento sobre una cantidad máxima de 9.015 euros en los que se debe incluir la amortización y los intereses.
Tras esta ley entraría otra en vigor en la que se establecían las deducciones del IRPF teniendo en cuenta la renta del contribuyente, pero que fue sustituida en 2013, por lo que todas las viviendas compradas entre el 2011 y el 2013 pasaron a regirse por la normativa establecida en ella.
Viviendas compradas antes de 2013
La modificación de la ley suponía la eliminación de los límites fijados dos años antes para la desgravación por vivienda habitual teniendo en cuenta la renta. Por tanto si compraste tu casa entre el año 2011 y 2013 podrás deducir:
- Un 15 por ciento de las cantidades aportadas: el límite máximo se sitúa en los 9.040 euros. En ella, al igual que en las deducciones para las viviendas anteriores a 2011 se incluirán los intereses y la amortización. Además se incluyen los gastos derivados de la financiación como pueden ser los seguros contratados.
Viviendas compradas después de 2013
En 2013, con la entrada en vigor de unos nuevos Presupuestos Generales del Estado, se establece la eliminación de la desgravación por la compra de vivienda habitual. Esta nueva normativa se aplicará a todas las viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de 2013. Si compraste tu casa a partir de la fecha indicada, no podrás disfrutar de ninguna deducción por vivienda habitual en tu Declaración de la Renta.
La excepción a esta normativa, se aplicará a aquellas viviendas que cerrasen el acuerdo de compraventa en el año 2012, aunque las escrituras de la casa se firmasen en el año 2013. Además de los datos especificados, deberás tener en cuenta las normativas propias de cada Comunidad Autónoma, ya que en muchas ocasiones aplican deducciones por compra de vivienda para sus habitantes.
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