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¿El domicilio fiscal y el padrón deben coincidir?

Fachada de un bloque de viviendas
4 Min de lectura
¿Se puede demostrar que una casa es mi vivienda habitual aunque no esté empadronada en ella? Te lo explicamos.
Abogado especializado en Derecho Civil y Mercantil. Número de colegiado 3270 en | Web

Socio director de la Firma BÁLAMO LEGAL&FISCAL, cofundador de AREA ABOGADOS Y ASESORES y de la Startup LAWINT TECH, y Corporate Builder. Asesor de algunos de los grandes grupos cooperativos y empresas agroalimentarias. Ha ocupado cargos directivos y de máxima responsabilidad en distintas entidades del mundo empresarial (AJEX, CEAJE, CEOE, Cámara de Comercio de Badajoz).

La forma más sencilla de demostrar que se vive en un determinado domicilio es acreditar el padrón del declarante. Aunque en algunos casos esto no es suficiente, ya que es posible estar empadronado en un lugar y estar residiendo en otro. En el caso de que los datos no concuerden con el resto de datos aportados Hacienda no lo tomará como domicilio habitual.

Tampoco son válidos ni los documentos de tipo privado (elaborados por un administrador de fincas) ni las declaraciones juradas por parte de los vecinos, ya que, para Hacienda, no representan una prueba de que estés residiendo en dicha comunidad.

¿Cómo demuestro mi vivienda habitual?

Las formas más comunes de demostrar tu residencia habitual a efectos de las investigaciones de hacienda son:

    • Utilización de facturas y consumos, ya sea luz, agua o gas, esto permite demostrar que no es una segunda vivienda debido a que se localizan a lo largo del año y son normales estos consumos demostrando que está habitada la vivienda.
    • Correspondencia oficial: importante que la vivienda habitual coincida con el domicilio dado a efectos de notificaciones (esto incluye notificaciones del banco, facturas de tu tarjeta de crédito, o cualquier correspondencia de instituciones públicas).
    • Otro tipo de pruebas o conjunto de tipos de pruebas que pueden permitir acreditar la residencia habitual del contribuyente son cartas del colegio de los hijos, línea de teléfono fija con conexión a Internet, escrituras notariales en las que el contribuyente indica su vivienda habitual…

¿Es lo mismo el domicilio fiscal que donde se está empadronado?

Edificio de viviendas

https://www.pexels.com/es-es/foto/foto-de-angulo-bajo-de-balcones-2462015/

Según una Sentencia del Tribunal Supremo del 9 de octubre de 2001: el Padrón de habitantes y el Registro a efectos tributarios de domicilios fiscales son registros administrativos independientes y no intercomunicados automáticamente, de modo que el cambio de domicilio efectuado por una persona en el Padrón de habitantes, por sí solo, no supone un cambio coetáneo y paralelo del domicilio fiscal, ni tampoco sustituye a la declaración tributaria expresa.

Bien es cierto que el artículo 48.2 de la Ley General Tributaria dice que el domicilio fiscal será: Para las personas físicas, el lugar donde tengan su residencia habitual. Este articulo incluye una excepción para personas que realizan actividades económicas cuya administración o gestión se ubica en otra dirección.

En segundo lugar, el empadronamiento es el acto por el cual una persona se registra en el Padrón Municipal del lugar que reside. Para Hacienda el domicilio fiscal es donde más tiempo has vivido, donde realizas tu actividad económica o la última localización donde has realizado la declaración de la renta.

Dado que el lugar donde reside de forma habitual una persona física puede no estar en el lugar en el cual está empadronada, el domicilio fiscal puede ser distinto al empadronamiento. No obstante, lo más recomendable es que coincidan, ya que de esta forma no habrá problemas con temas de impuestos, de atención médica en el centro de salud correspondiente y del sufragio de voto, ya que se pueden dar ciertos casos como a la hora de aplicarse las deducciones por vivienda habitual o por alquiler, en los que Hacienda puede usar el padrón, en cuyo caso deberemos demostrar nuestra residencia habitual mediante las domiciliaciones de suministros de luz, agua y gas…

Y si cambio de domicilio ¿debo cambiar el padrón y el domicilio fiscal?

Uno de los problemas más habituales en cuanto al domicilio fiscal y el padrón tiene que ver con los cambios de domicilio.

Como norma, cuando un contribuyente cambia de domicilio debe notificárselo a Hacienda y también proceder al cambio de padrón. Informar a la Agencia Tributaria es obligatorio y no hacerlo puede acarrear consecuencias, como la que se recoge en el artículo 48.3 de la Ley General Tributaria. Su incumplimiento constituye una infracción leve sancionable con multa de hasta 100 euros, aunque en la práctica no suele aplicarse sanción por una demora no exagerada.

Lo que ocurre es que muchos contribuyentes no lo hacen precisamente para mantener el padrón anterior -el registro es mucho más laxo en este punto como también lo son la Sanidad pública y la Seguridad Social- y poder seguir desgravando por la vivienda antigua, sobre todo desde que en 2013 se retiró la deducción para las compras anteriores al 1 de enero de 2013.

Hay que recordar que sólo se puede desgravar por la vivienda habitual y que, si media un cambio de casa y esta deja de ser la habitual, será necesario dejar de incluirla como tal en el IRPF. Además, en muchos casos estos cambios permitirán beneficiarse de la deducción por movilidad geográfica si están relacionados con un nuevo trabajo en una comunidad diferente.

¿Cómo puede ayudarme MAPFRE en estos trámites?

Los temas burocráticos son a veces engorrosos y complicados, pero no por ello debemos postergarlos pues podrían causarnos problema con la administración e incluso suponernos sanciones económicas más o menos importantes.

Para evitar cualquier tipo de problema con el papeleo, recuerda que solo por tener alguno de la Seguros de MAPFRE contratados, puedes formar parte del Club MAPFRE. Entre sus múltiples ventajas y beneficios se encuentra la posibilidad de contar con un Asesor fiscal capaz de orientarte en todas estas cuestiones.

Publicado por Ángel L. Gómez Díaz
- 3 Mar, 2024
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Comentarios (47)

  1. Hola,

    Vivo en un piso a nombre de mi padre y queremos venderlo para para reinvertir en una nueva vivienda que iré a vivir yo. Sí me hace una donación del piso, ¿Tendría que pagar a hacienda por la venta del piso e IRPF por la compra del nuevo piso aunque no pueda demostrar los 3 años de vivienda habitual? En realidad, sí es mi vivienda habitual pero los recibos no están a mi nombre ni estoy empadronado. El tema es que tengo duda de sí tengo que pagar a Hacienda por vender un piso que me acaban de donar y que reinvierto en otra vivienda.

    • Hola Joaquín,
      Sentimos no poder darle una respuesta correcta en su caso. Le recomendamos contacte con un asesor fiscal que le pueda aclarar todas las dudas. Un saludo

  2. Mi pregunta es soy jubilado igual que mi esposa hemos comprado una casa en otra comunidad autonómica Ami me gusta el campo y tranquilidad y mi mujer por temas médicos tendría que estar entre una y otra mi pregunta es yo me puedo empadronar en una comunidad que estaré más tiempo y agrado y mi esposa en la otra comunidad? Gracias

    • Hola Cruz,
      No es conveniente pero si se puede empadronar en otra comunidad, lo único que tiene que acreditar que es su vivienda habitual. Un saludo

  3. Mi padre es jubilado y cobra 890€/mes. Mi madre tiene 65 años pero no cobra por no haber alcanzado los años de cotización. Mi hermana, su pareja e hijos están empadronados en el domicilio de mis padres aunque no viven allí. ¿Tendría mi madre derecho a una PNC? ¿O al estar empadronados mi hermana y mi cuñado en el domicilio de mi madre y tener ellos rentas altas, no le concederían a mi madre la PNC? ¿O la unidad económica de convivencia solo la forman mi madre y mi padre? Gracias

    • Hola José Francisco,
      Al estar empadronados se considera unidad familiar, aún así, le recomendamos solicite información en la Seguridad Social donde le podrán aclarar todas las dudas. Un saludo

  4. soy pareja de hecho con mi mujer en separación de bienes, cada uno con su vivienda ( las dos en la misma provincia). yo he vendido mi vivienda que me consta como mi vivienda habitual y ahora quiero comprarme otra vivienda, que deberá de ser mi primera vivienda para que hacienda no me cobre tributos, pero lo quiero hacer en otra provincia donde yo trabajo.
    Mi pregunta es, para comprar mi vivienda habitual tengo necesariamente que empadronarme en ella, y al ser en otra comunidad tributar en su hacienda, o puedo comprarla sin empadronarme y seguir empadronado donde trabajo y vivo habitualmente?

    • Hola Luis, la ley dice que todos los ciudadanos tienen que estar empadronados en el lugar de residencia habitual o en el caso de vivir en más de un lugar, deberán hacerlo en aquella residencia donde más tiempo pasen al año. Un saludo

  5. Mi consulta es sobre una subvención de instalación de placas solares.
    Un punto textual del BOE: Acreditación o compromiso mediante declaración del solicitante de que la adquisición e instalación de estos recursos energéticos renovables lo son para la vivienda que constituya o vaya a constituir la habitual del contribuyente.
    Por correo electrónico me han escrito: Certificado de empadronamiento del titular en la vivienda donde se ha realizado la inversión

    Estoy empadronado en otro domicilio, mismo pueblo. Domicilio de los padres.
    Como vivienda habitual será la de la instalación de las placas solares pero empadronado en otro domicilio. Por circunstancias personales será la casa de los padres.
    He leído hay diferencias entre vivienda habitual o estar empadronado.
    En este caso podría valer esa diferencia?
    Como vivienda habitual se puede justificar por escritura, recibos de luz, agua, basura, notificaciones bancarias, internet,…..pero empadronado en otra vivienda.
    Gracias de antemano.

    • Hola José,
      Si puede justificar que esa es su vivienda habitual no tendrá ningún problema. Un saludo

  6. Buenas tardes. Voy a comprar una vivienda de nueva promoción en una localidad diferente de la que resido y estoy actualmente empadronada. La compra se hará como,primera vivienda y me iré allí a vivir. Soy jubilada. Viajo de vez en cuando a Canarias y me interesaría empadronarme allí por el tema de reducción en los viajes. Podría hacerlo sin problema?. Empadronarme allí y que mi vivienda habitual sea la nueva que voy a comprar?. Gracias y saludos.

    • Hola Francisca,
      La ley dice que todos los ciudadanos tienen que estar empadronados en el lugar de residencia habitual o en el caso de vivir en más de un lugar, deberán hacerlo en aquella residencia donde más tiempo pasen al año. Un saludo

  7. Buenos dias estoy hace 6 meses vivia en un piso de valenciaxde mi propiedad, pero me fui a vivir a un pueblo de la misma localidad de Valencia a vivir con mi mujer, ahora me vuelvo a Valencia a vivir se nuevo en mi piso de mi propiedad puedo volverme a empadronar de nuevo en Valencia, o existe un plazo. Soy jubilado

    • Hola Vicente, podría volver a empadronarse de nuevo. Un saludo

  8. Buenas tardes quería hacer una consulta sobre impuesto de TP y vivienda habitual.
    Acabo de adquirir una segunda vivienda, cuando adquirí la primera no la declaré como vivienda habitual porque no residia ahí y además estaba alquilada.
    Esta segunda si la quiero registrar como vivienda habitual y empadronarme ahí ¿es posible en ese caso acogerse a la reducción del impuesto a pagar a hacienda por la compra?
    Gracias

    • Hola Angela, depende de cada Comunidad Autónoma. Le recomendamos se ponga en contacto con una oficina de la Agencia Tributaria. Un saludo

  9. Buenas, trabajo en mi pueblo en el que estoy empadronada, pero a día de hoy estoy viviendo en otro pueblo, y no me puedo empadronar porque si no perderia el trabajo ya que solo te lo Dan por residir en el pueblo, como puedo demostrar que vivo en otro pueblo?

    • Hola Sofia,
      Lo sentimos pero no podemos darte una respuesta correcta. Un saludo

  10. Buenos días, mi madre ingresó po empeoramiento de su situación en una residencia fuera de su comunicad autónoma, la residencia nos indica que debe empadronarse en el pueblo donde está uticada para médicos y demas temas sociales, su interés es residir de forma permanente en dicha residencia por motivos de dependencia. La vivienda que hasta hace unos días vivía se va a poner a la venta, que repercusiones tiene a la hora de pago de impuestos hacienda plusvalías etc el cambio de empadronamiento? o al demostrar que ha estado viviendo mas de tres años en ella en caso de venta ¿el pago de impuestos es como si residiera todavía en ella?. Muchas gracias.

    • Hola J. Carlos,
      El pago de impuestos en la venta de una vivienda no tiene nada que ver con el empadronamiento. Tendrá que pagar el porcentaje que corresponda según la comunidad autónoma donde se ubique dicha vivienda. Le recuerdo que si es asegurado de MAPFRE, dispone de una Asesor fiscal gratuito, el cual le resolverá todas sus dudas. Un saludo

  11. Buenas tardes, expongo mi caso, por si pudiesen darme respuesta: Mis padres tienen una casa a su nombre en el pueblo donde están empadronados y donde han vivido siempre, su trabajo está en el pueblo de al lado (9km) pero este año decidieron ir a vivir a la capital (52km). Y van y vuelven todos los días, porque querían cambiar de aires. Han alquilado la que ha sido su vivienda habitual. Solicitaron un préstamo para arreglar la casa de la capital, aunque no se empadronaron en la capital porque sus padres, médicos.. etc están en el pueblo.
    1. ¿Podría desgravarse los intereses del préstamo solicitado?
    2. En caso, de solicitarle suministros, internet etc.. podrían justificar las facturas a su nombre, pero ¿Le dirían algo por no estar empadronados?
    3. Si el domicilio a efectos de notificación del préstamo solicitado es en en la casa de la capital, ¿sería válido?
    4. ¿Sería necesario o recomendable en los años posteriores empadronarse en la casa de la Capital?

    • Hola Elena,
      Los prestamos por compra de vivienda o reforma ya no se desgravan, referente al empadronamiento lo mas adecuado es que tenerlo en la vivienda habitual, en la que más tiempo pase. Un saludo

  12. Tengo una vivienda en propiedad en un lugar de «ocio y turismo» y estoy empadronada en ese municipio, pero no vivo ahí la mayor parte del tiempo, porque lo alquilo (NO es apartamento turístico) Vivo en otro municipio, en un piso del padre de mi hijo.
    Mi pregunta es:
    1.- ¿Cuál de las dos viviendas debo declarar como vivienda habitual?

    • Hola Bibiana,
      Se considera vivienda habitual donde esté empadronada. Un saludo

  13. Hola , estoy viviendo en una casa de alquiler , anteriormente vivía en otra y sigo empadronada en la primera casa ,ya que en esta no puedo empadronarme por no tener el último recibo del alquiler , tengo todo contrato ,luz …pero no dispongo del último recibo de alquiler ..puedo estar empadronada en una casa que no llevo viviendo ya hace cinco años ? Mi hija va a cumplir 14 años y me toca empadronada en la primera vivienda en la que hace cinco años no vivimos ..como puedo demostrar que vivo en esta segunda vivienda ? El ayuntamiento no me deja empadronarme sino tengo el último recibo de alquiler

    • Hola Ana,
      Necesitaría el recibo de alquiler. Un saludo

  14. Buenas 🙂
    Compré una vivienda en 2012 dónde residía con mis padres y en el año 2014 me fui a vivir con mi pareja a la casa que tiene alquilada y dónde figuro como avalista. En 2018 nos casamos y a partir de ese año dejé de declarar como habitual mi casa comprada. Ambas son en la misma ciudad.
    ¿Lo estoy haciendo correctamente?

    • Hola Jessica,
      No entendemos exactamente tu duda. Por favor, ¿nos puedes ampliar tu consulta?. Un saludo

  15. Hola,
    En Septiembre de 2012 fallecio mi padre y la vivienda habitual de mi madre paso a su nombre y al mío como heredero, siendo ella la usofructuaria..
    Ella ha vivido en esa vivienda desde la compra en 1976 hasta 3 de Septiembre de 2015 que por motivos de edad e incapacidad paso a residir en una residencia de Ancianos.
    El 1 de Septiembre de 2018 vendimos la vivienda, tenemos que pagar o tributar a hacienda o por edad y ser vivienda habitual está exenta?

    • Hola Fran,
      Las personas mayores de 65 años estarán libres de tributar por la venta de su vivienda habitual. De la misma forma, las personas que se encuentren en situación de dependencia severa y justifiquen legalmente su caso, quedarán exentas de pagar por la venta de su residencia habitual. En el caso de su madre estaría exenta. Un saludo

  16. HAY ALGUN PROCEDIMIENTO PARA DAR DE BAJA EN EL CENSO A UN FAMILIAR QUE YA NO VIVE EN LA UNIDAD FAMILIAR?

    • Hola Sergio,
      Tendría que ir al Ayuntamiento que le corresponda y darle de baja en el padrón. Un saludo

  17. ññññ

  18. Hola! Hay manera de demostrar que personas ( no familiares ) no viven en mi vivienda, aunque esten empadronadas, estas personas vivieron hace mas de un año en mi vivienda, y ya en su dia fui al ayuntamiento a sacarlas, pero por la burocracia sigue constando empadronadas en mi domicilio. He intentado que ellas mismas se empadronen en sus actuales residencias, pero sólo me dan largas; nunca les cobre nada por el corto periodo que vivieron conmigo, fue un favor temporal; y ahora que me veo sin recursos para poder pagar la hipoteca NO tendre derecho a la moratoria porque siguen en mi vivienda. Tengo opcion de hacer algo?

    • Hola Sonia,
      Tendía que ir al Ayuntamiento y darlas de baja en el padrón. Un saludo

  19. Hola.
    Compré mi vivienda en 2010, casada, desde ese momento mi marido y yo nos hemos realizado la deducción por vivienda habitual. En febrero del 2017, yo sola me cambie el padrón a casa de mi madre (en la misma localidad) por cuestiones del colegio de mi hijo, pero he seguido viviendo en la vivienda que me deducía. Durante el año fiscal 2017, y 2018, por miedo, NO he metido la deducción de la vivienda en la renta, he metido solo la de mi marido. Mi pregunta es, ¿ puedo volver a deducirmela? El padrón mío sigue en casa de mi madre. Los recibos de mi casa están a nombre de mi marido.
    En el borrador siempre me aparece . Gracias

    • Hola Ana,
      Si podría incluir esa reducción en la declaración de la renta. Un saludo

  20. Mi hija recibió una donacion en una vivienda en marzo de 2019,,fecha en que se hizo ante notario,vendió la misma en noviembre del mismo año,pero llevaba viviendo en la misma desde 2015 y con la niña en el colegio del municipio y ambos empadronadas,para la declaración le interesa que la primera vivienda fuera la habitual para la declaración como tiene que demostrar que era vivienda habitual gracias

    • Hola Sergio,
      Con los recibos de luz, teléfono, gas, comunidadetc… registrados a su nombre puede demostrar que es su vivienda habitual. Un saludo

  21. Mi esposa y yo queremos solicitar una hipoteca inversa a través de una entidad financiera. Para que nos concedan esa hipoteca hemos de tener cumplidos 65 años ( tenemos 67años) y justificar que la casa sobre la que se realizará la hipoteca es nuestra vivienda habitual durante los tres últimos años. Para justificar que es nuestra vivienda habitual el banco nos pide certificado de empadronamiento que justifique que estamos empadronados en esa dirección desde hace más de tres años.
    Nosotros residimos en la citada vivienda desde hace más de tres años, pero estamos empadronados en la citada casa solamente desde abril del año pasado (2018) aunque la casa es de nuestra propiedad desde el año 1994.
    A efectos fiscales podemos demostrar con nuestras declaraciones de la renta y con recibos de agua, luz, gas,seguros, etc. que residimos en la mencionada casa desde hace más de tres años aunque no nos hayamos empadronado en ella hasta el mes abril del pasado año 2018. ¿Sería suficiente cara a la Agencia Tributaria para demostrar que es nuestra vivienda habitual la documentación que menciono, o solamente considerará el Certificado de Empadronamiento?.

    • Hola Jesús,
      De acuerdo a la consulta realizada en nuestro servicio, nos ponemos en comunicación para indicarle que si se trata de un requisito que les solicita la entidad bancaria para conceder este tipo de producto bancario o si por el contrario, se trata de acreditar que se trata de su vivienda habitual a efectos fiscales. Entendemos que si se trata de acreditarlo se admite cualquier otra medio de prueba, tal como que dicha vivienda se ha declarado durante al menos los últimos tres años como vivienda habitual, también los consumos realizados en esa vivienda, etc, sin embargo si es un requisito contractual en ese caso debería cumplir con este para poder acceder a este tipo de producto. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración, ampliación o nueva consulta que necesite sobre este u otros temas de su interés. Reciba un cordial saludo.

  22. Por el contrario en nuestro caso necesitamos demostrar que mi hermano no vive en casa de mis padres aunque sigue empadronado alli. Para ayudas al alquiler de la comunidad de madrid, mis padres cumplen con los requisitos , pero al seguir mi hermano en la unidad familiar en el padron creemos exceden la renta maxima. El no vive alli desde hace mucho. Podriamos intentar demostrarlo?

    • Hola Paloma, lo sentimos pero no podemos darle una respuesta correcta. Un saludo

    • Hola, como puedo justificar que vivo en una ciudad aparte de presentar mi DNI?

      • Hola Alicia,
        Lo puede justificar con el certificado de empadronamiento. Un saludo

  23. Necesito demostrarle ha Hacienda que mi hermano, del que soy tutora legal convive desde el fallecimiento de mi madre, hace tres años, en nuestra unidad familiar, aunque no lo empadrone en mi casa. El ha estado viviendo entre su casa y la mia, que solo esta a dos calles de distancia, pero siempre acompañado oor un miembro de la unidad familiar..

    • Hola Mayte,
      Lo sentimos pero sin estar empadronado en su vivienda es muy difícil demostrar que habita en el domicilio familiar. Un saludo

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