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¿En qué consiste la ayuda de 200 euros?

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Te contamos en qué consiste la ayuda de 200 euros, quién puede solicitarla, dónde se consulta la solicitud y cuáles son los plazos para cobrarla.
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La ayuda de 200 euros tiene como objetivo reducir la vulnerabilidad económica de aquellos hogares o personas físicas que a fecha de 31 de diciembre de 2022 tuviesen una renta anual inferior a los 27.000 euros y un patrimonio que no superase los 75.000 euros. Te contamos más sobre en qué consiste la ayuda de 200 euros.

Mano sacando billetes de euro de una cartera

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La ayuda de 200 euros tiene el objetivo de reducir la vulnerabilidad económica en un total de 4,2 millones de hogares en nuestro país. El plazo para pedirla finalizó el 31 de marzo de 2023 y los requisitos para poder solicitarla debían ser los siguientes:

  • Personas que en 2022 hayan realizado una actividad por cuenta ajena o propia y estén dados de alta en la Seguridad Social en el régimen correspondiente.

  • Beneficiarios de prestación o subsidio por desempleo en 2022.

Además de cumplir con estas condiciones será necesario contar con ingresos inferiores a los 27.000 euros brutos y menos de 75.000 euros de patrimonio (excluyendo la vivienda habitual) a fecha de 31 de diciembre de 2022.

¿Pueden solicitarla varios miembros en una misma unidad familiar?

Es posible que varios miembros de una misma unidad familiar puedan solicitar la ayuda de 200 euros. Para ello será necesario que la suma de las rentas y patrimonio de todos ellos no supere los límites anteriormente fijados. Se tendrán en cuenta las rentas del beneficiario, pareja de hecho, cónyuge, descendientes con discapacidad o menores de 25 años cuyas rentas sean inferiores a los 8.000, así como los ascendientes hasta el segundo grado.

¿Dónde se pueden consultar las solicitudes?

Si ya has presentado tu solicitud en el plazo establecido y quieres saber el estado de la misma debes saber que puedes consultarla a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para ello será necesario realizar una identificación con tu certificado electrónico, DNI electrónico o identificador Cl@ve. Una vez que accedas a la solicitud podrás ver y descargar el justificante de presentación y el fichero con la documentación.

Por otro lado, podrás visualizar el estado de cada una de las solicitudes presentadas. Estas aparecerán señaladas con alta o baja dependiendo del estado en el que se encuentren para saber si la solicitud está vigente.

¿Cuál es el plazo para cobrar la ayuda de 200 euros?

Si aún no has cobrado tu ayuda de 200 euros y esta se encuentra en estado de alta en la Agencia Tributaria, es posible que te hayas preguntado, cuándo vas a poder cobrar la ayuda. Lo cierto es que la Agencia Tributaria indica que el plazo para poder ingresar la ayuda se fija en 3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Por lo tanto, todas las ayudas deberían estar ingresadas en las cuentas de sus beneficiarios a fecha de 30 de junio de 2023.

En cualquier caso, los beneficiarios recibirán una notificación por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria indicando si la ayuda ha sido rechazada y lo motivos que han llevado a ello. En estos casos, podrás consultar los motivos de la denegación y presentar una reclamación si fuese oportuno.

Trascurridos 3 meses desde la finalización del plazo de solicitud, y si no se ha efectuado el pago o no se ha recibido notificación alguna, se puede entender como que dicha solicitud ha sido desestimada.

¿Se puede reclamar?

Es posible reclamar y presentar alegaciones, pero debe hacerse en los términos y plazos establecidos. Dispondrás de 10 días hábiles a partir de la fecha de la recepción de la solicitud y podrás presentar tu reclamación por:

  • Correo administrativo: a través de Correos

  • Internet: a través del apartado «Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes». Será necesario identificarte mediante certificado electrónico, DNI electrónico, Clave o Código Seguro de Verificación del documento remitido.

  • Presencial: solicitando cita previa en la Agencia Tributaria.

  • Registro: puedes registrar la reclamación en cualquier oficina de la Agencia Tributaria u oficina habilitada.

Las alegaciones presentadas serán estudiadas por la Agencia Tributaria y se le notificará al interesado la resolución que se adapte para que pueda conocerla.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 22 Sep, 2023
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