¿Cuál es la pensión máxima en 2025?

Resumen del contenido
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La pensión máxima en 2025 ha aumentado respecto al ejercicio anterior debido a la aplicación del sistema de revalorización basado en el IPC (Índice de Precios al Consumo). A continuación, explicamos cuál es la cuantía actual y los requisitos para acceder a ella.
Cuantía de la pensión máxima en 2025
El Gobierno ha aprobado una subida de las pensiones contributivas del 4,1 % en 2025, en línea con la inflación media del año anterior. Esta revalorización afecta no solo a la pensión de jubilación, sino también a las prestaciones por viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares. También se incrementan las pensiones de clases pasivas del Estado, que abarcan a miembros del Gobierno, militares de carrera y funcionarios de la Administración de Justicia, entre otros.
La pensión máxima en 2025 se sitúa en 47.800 euros al año, lo que supone un incremento respecto al ejercicio anterior. Esta cuantía total se divide en 14 pagas, lo que equivale a una prestación mensual de 3.414,3 euros.
En el caso de las pensiones no contributivas, el Ejecutivo ha decretado un aumento del 6 %, situando la cuantía en 528 euros mensuales, dirigidas a personas sin recursos suficientes y que no han cotizado el tiempo exigido.
Cabe recordar que en ningún caso se puede cobrar una pensión superior a este límite legal. Para compensar la posible diferencia entre los ingresos previos a la jubilación y la prestación pública, es recomendable contar con un Plan de Pensiones MAPFRE, que permita disponer de un complemento económico adicional.
Requisitos para acceder a la pensión máxima en 2025
- Cotización mínima: Se debe haber cotizado al menos 38 años y 3 meses para jubilarse a los 65 años con derecho al 100 % de la base reguladora. En caso de no alcanzar ese período, la edad de jubilación se sitúa en 66 años y 6 meses.
- Bases de cotización altas: Se requiere haber cotizado por las bases máximas durante los últimos 25 años previos a la solicitud de la pensión, ya que la base reguladora se calcula con las bases de cotización de los 300 meses anteriores, dividiéndolas por 350.
Situación de la pensión mínima en 2025
Importes de la pensión mínima en 2025:
- Mayores de 65 años con cónyuge a cargo: 14.450 euros anuales (1.032,1 euros al mes).
- Mayores de 65 años sin cónyuge: 11.700 euros anuales (835,7 euros al mes).
- Mayores de 65 años con cónyuge no a cargo: 10.950 euros anuales (782,1 euros al mes).
- Menores de 65 años con cónyuge a cargo: 13.550 euros anuales (967,8 euros al mes).
- Menores de 65 años sin cónyuge: 10.950 euros anuales (782,1 euros al mes).
- Menores de 65 años con cónyuge no a cargo: 10.150 euros anuales (725 euros al mes).
La cuantía de la pensión depende de diversos factores:
- Circunstancias personales, familiares y económicas del beneficiario.
- Causa que origina la prestación.
- Aportación previa al sistema de cotización.
Buenos días, tengo dos preguntas sobre los dos casos en que puede verse aumentada la pensión máxima.
1- Cuando es por hijos habidos, este aumento ¿es por un año o es para siempre?
2- Cuando el aumento es por retrasar la jubilación, si se ha trabajado más allá de lo necesario para jubilarte con el 100% pero con media jornada (20 horas semanales) ¿también aplica el aumento de la pensión sobre la máxima? y en caso afirmativo, es un año o es para siempre?
Muchas gracias
Hola Mari Luz,
No entendemos muy bien a qué se refiere con hijos habidos.1.- Si es por un hijo a cargo el complemento será hasta que cambie la situación. 2.- El aumento por retrasar la jubilación se aplica durante toda su jubilación. Un saludo
Cuál es la paga mínima contributiva.
Hola Marcos,
La pensión mínima para un jubilado de 65 años es de:
Con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40 euros. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros. Un saludo
Buenas tardes yo pertenezco al cuerpo facultativo del.CNP.y el año que viene cumplo 65 años, quisiera prorrogar hasta los 70(.como en instituciones penitenciarias) pero me dicen que en mi trabajo NO es posible. Por qué?
Hola Yolanda,
La única excepción para los 70 años son los siguientes cuerpos:
Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios,Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia se jubilan forzosamente a los 70 años.Registradores de la Propiedad ingresados antes de 1-1-2015: a los 70 años.
Para más información le aconsejamos consulte con clases pasivas. Un saludo