Desgravación en los gastos de comida de los autónomos
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El plano económico es uno de los temas que más preocupa a los autónomos, por lo que cualquier tipo de ahorro siempre supone una buena noticia. A la hora de presentar la declaración de la renta, es fundamental conocer los gastos deducibles que se pueden aplicar para que el resultado sea más favorable al trabajador.
Por norma general, los trabajadores por cuenta propia se pueden desgravar todos los gastos que estén justificados por el desempeño de su actividad. No obstante, en algunos casos es necesario que se den una serie de circunstancias y que se cumplan con los límites cuantitativos establecidos.
Gastos de comida deducibles en la declaración del IRPF
La desgravación de los gastos de manutención entró en vigor con la última Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. El requisito indispensable que se establece en este tipo de deducción es que el desembolso en hoteles y establecimientos de restauración debe estar relacionado con la actividad económica. Así, tiene que tratarse de una causa justificada, como visitas a los clientes, reuniones con trabajadores o proveedores, etc.
Los límites que se establecen son:
- Si el autónomo tiene que pernoctar fuera de casa se puede deducir 53,34 euros al día cuando se encuentra dentro de España y 91,35 euros si está en el extranjero.
- En el supuesto de que no sea necesario dormir fuera, el límite está fijado en 26,67 euros diarios dentro de territorio nacional y 48 euros en el extranjero.
En cualquier caso, el pago se debe realizar por medios telemáticos, sin que sea posible pagar en efectivo. Además, es necesario presentar las facturas correspondientes.
¿Qué facturas se desgravan en Hacienda los autónomos?
- Las cuotas en concepto de autónomos a la Seguridad Social se pueden deducir al 100%.
- Las cuotas a una mutua privada en caso de haber suscrito este tipo de servicios también se pueden desgravar.
- Los gastos de suministros de electricidad, gas, agua, teléfono e Internet si se trabaja desde casa. Se establece el límite del 30% de la parte de la vivienda donde se desarrolla la actividad.
- En la misma situación que en el punto anterior, es posible deducir los gastos relativos al hogar como el Impuesto de Bienes Inmuebles o el seguro de hogar.
- Las facturas de todo el material necesario para desarrollar la actividad por cuenta propia, incluyendo el gasto de combustible, publicidad, I+D, papelería, suscripción de revistas, cuotas de asociaciones empresariales, alquiler de local, adquisición y reparación de maquinaria, intereses de préstamos bancarios, etc.
- Otras cosas que desgravan en el IRPF son las primas de los seguros que el autónomo tenga contratados, así como las aportaciones que realice a un plan de pensiones.
- Los servicios de profesionales ajenos a la actividad, como asesoría laboral y fiscal, abogados, auditorías, etc., forman parte, del mismo modo, de los gastos que se pueden desgravar los trabajadores por cuenta propia.
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