Una vez te jubilas hay que cumplir determinados trámites para solicitar la pensión pública e incluso seguir percibiéndola. Uno de ellos es entregar la fe de vida a la Seguridad Social.

Por fortuna, son pocos los pensionistas que deben entregar el certificado de fe de vida y estado. Este documento sirve para acreditar que una persona está viva, así como su estado civil y cuando se trata de la pensión de jubilación, afecta principalmente a los pensionistas en el extranjero.

¿Qué pensionistas deben entregar la fe de vida?

Solo los pensionistas que residen en el extranjero tienen que presentar la fe de vida para cobrar la pensión. El resto de los jubilados está exento de hacerlo salvo que la Seguridad Social se lo pida por algún otro motivo.

Este trámite se realiza entre el 2 de enero y el 31 de marzo de cada año y sirve para que la Seguridad Social confirme que el pensionista vive y siga pagándole su pensión de jubilación.

¿Y los pensionistas residentes en España?

En el caso de los pensionistas que viven en España, la obligación de pedir la fe de vida y entregarla no recae ya sobre el jubilado. Según el artículo 17.5 del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, esta responsabilidad la tienen las entidades financieras, que son las que informarán al organismo de la pervivencia del pensionista.

Solo a los pensionistas de edades más avanzadas, que llevan tiempo sin ver o que no han realizado gestiones se les suele pedir que presenten en el banco la fe de vida o acudan a la entidad para después informar a la Seguridad Social.

¿Qué pasa si no presentas la fe de vida?

La fe de vida es una prueba de que el pensionista sigue vivo y que, por lo tanto, tienen derecho a cobrar la pensión que le corresponde, tanto si es la pensión máxima como la mínima.

Si el Estado no tiene esa prueba de vida, entenderá que el pensionista puede haber fallecido y le retirará la prestación por jubilación, además de tratar de certificar su muerte.

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Cómo conseguir la fe de vida

Hay diferentes medios para conseguir la fe de vida. En primero lugar, este documento se puede obtener mediante acta notarial de presencia, es decir, acudiendo a un notario que certifique que la persona vive y expida el documento.

También es posible hacerse con el certificado de fe de vida y estado en los Registros Civiles Consulares, es decir, en el Consultado de España o en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del país de residencia.

Además de contar con la pensión pública, es conveniente contratar un plan de pensiones privado que complete esta prestación y nos permita vivir más desahogados cuando llegue el momento de la jubilación. Los Planes de Pensiones MAPFRE se adaptan a tus necesidades.

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