Las multas de la Agencia Tributaria u otros organismos pueden llegar a tu casa en cualquier momento, aunque lo más habitual son las inspecciones relativas a la declaración del IRPF, no es la única posibilidad. Lo primero que hay que tener claro es que Hacienda no entiende de errores, omisiones u olvidos… si este tipo de problemas son la causa de tu multa, es poco probable que te libres de pagarla.

Cuando te enfrentas a una sanción tributaria no tienes tiempo que perder, tanto si vas a pagarla como si crees necesario recurrirla, existen plazos que limitan tus derechos y que incluso pueden invalidarte tu posibilidad de reclamar. Pasa de inmediato a la acción y organiza tu estrategia siguiendo una guía básica para reclamar sanciones tributarias.

¿Por qué te multan?

Lo primero es que te enteres bien y sin dudas de por qué la Agencia Tributaria te sanciona. Muchas veces las notificaciones de multa no son del todo claras, pero tienes derecho a informarte dirigiéndote a una Administración tributaria para que te informe de cuáles son los errores o las faltas en las que incurre tu declaración de la renta.

¿Es una sanción justa?

Más allá de tu parecer personal, si existe fundamento real y factible para la sanción que te ha impuesto Hacienda, de acuerdo con la notificación y explicaciones recibidas, es posible que sea una multa de la que tienes que hacerte cargo. Sin embargo, si tienes claro que es un error de la administración o tienes forma de rebatir lo que te imputan, tienes la posibilidad de pasar a la reclamación.

Documentación y asesoramiento: ¿Qué necesito para reclamar?

Para reclamar tu sanción es importante que recopiles toda la documentación posible que apoye tu revocación de la multa, si es necesario recurre a asesoramiento profesional y legal, un gestor personal puede ser de gran ayuda en estos casos para ayudarte con la argumentación y la recopilación de pruebas que apoye tu punto de vista.

Reclamación: existen dos vías

Si definitivamente vas a reclamar tu sanción, tienes un mes desde que has recibido la notificación de multa para interponer una reclamación y existen dos posibilidades. Puedes poner un recurso de reposición o una reclamación económica administrativa, ambas son a su vez compatibles, pero no coincidentes en el tiempo. Puedes presentar un recurso y de ser desestimado, cuentas con otro mes de plazo para presentar reclamación ante el Tribunal Económico- Administrativo.

Recurso de reposición: primera opción para reclamar

El recurso de reposición se presenta ante el mismo organismo que haya cursado la multa. Según algunos contribuyentes, esto es una desventaja de esta forma de reclamación, pues consideran poco probable que el mismo agente -u otro del mismo equipo- revisen su trabajo, viendo el punto de vista equivocado o reconociendo un error; no obstante, puede ocurrir.

La reclamación se materializa mediante un escrito de interposición donde hay que incluir todas las alegaciones, argumentar por qué se cree que la sanción es incorrecta y dejar constancia de que no se ha pedido la revisión de la multa también en el tribunal. Se adjuntan todas las pruebas documentales en las que se apoye la reclamación para demostrar que es un error o una sanción injusta.

El recurso de reposición puede presentarse de forma telemática, presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, por correo postal y en los registros que existen en los diferentes órganos administrativos. El órgano competente estudia el caso y emite una resolución que estima o desestima el recurso interpuesto. El contribuyente será informado de si tiene que pagar la multa o si la sanción se ha retirado.

Reclamación económico-administrativa: la segunda posibilidad para impugnar una sanción

El Tribunal Económico-Administrativo es un órgano desvinculado de la Agencia Tributaria o la Administración que dictará la multa, por lo que se le otorga una mayor objetividad para estudiar la reclamación del contribuyente. Este procedimiento no tiene costes económicos y no requiere de la intervención de profesionales de la abogacía, aunque sí es posible contar con asistencia jurídica, si así lo desea la persona que reclama.

La reclamación se articula mediante un escrito sin modelo específico, pero sujeto a una estructura y a un contenido mínimo. Hay que encabezar la solicitud señalando que se trata de una reclamación económico-administrativa e indicar el órgano administrativo al que se dirige –el que haya interpuesto la multa, por ejemplo, la Agencia Tributaria-. Hay que especificar también los datos personales y de contacto del interesado, así como los datos identificativos de la sanción que se quiere impugnar. Se completa el escrito con alegaciones, argumentaciones y pruebas para el Tribunal.

Tanto el Tribunal Económico Administrativo Central como otros órganos delegados en las comunidades autónomas y en los municipios de gran población reciben y ven este tipo de reclamaciones de los contribuyentes.

Durante los tiempos de reclamación por cualquiera de las vías posibles, es decir, mientras que esperas resolución o sentencia, la multa tributaria queda suspendida de ejecución de forma automática, por lo que no es necesario que la pagues ni pueden sancionarte o aplicar intereses durante este tiempo. Si por ninguna de las dos vías consigues que la sanción quede impugnada, puedes recurrir a la vía judicial o pagar la multa.

Si decides no reclamar y pagar la multa dentro del plazo bonificado para que el coste económico sea menor, por lo general, renuncias a tu derecho a interponer futuras reclamaciones ni recursos de reposición.

Los imprevistos como multas o sanciones tributarias suelen presentarse en los momentos menos adecuados, a menudo pueden reclamarse, pero si finalmente tienes que afrontar el pago, agradecerás la flexibilidad de tu Plan de Pensiones MAPFRE que hace posible afrontar todos los cambios o gastos inesperados que surgen a lo largo de la vida sin que tu ahorro para la jubilación se resienta.