Declarar las inversiones en el extranjero en España no es muy complicado, de hecho, es bastante sencillo y la tributación está prevista como para los casos nacionales. Es importante recordar que aunque se declaran todos los bienes, son los beneficios obtenidos los que están sujetos a retención fiscal. Un dato clave es cuánto dinero tienes o quieres invertir fuera de España. El límite lo marcan los 50.000 euros para que tengas unas obligaciones informativas o declarativas concretas.

Si tu duda es si las inversiones fuera de España –sus beneficios- tienen que declararse, la respuesta es que sí deben incorporarse a la Renta, pero lo que no es necesario es informar a ningún organismo nacional de tus cuentas o productos de ahorro fuera, siempre que no superes los 50.000 euros de capital depositado o invertido en el extranjero.

Inversiones en el extranjero por menos de 50.000 euros

Las inversiones en el extranjero que no superan los 50.000 euros deben declararse en España igual que harías con otra inversión nacional cualquiera y se aplica la fiscalidad prevista para el tipo de producto.

Ejemplo: en el caso de contratar un depósito de ahorro en un banco europeo, es evitar la doble imposición: pagar impuestos en el país donde esté el dinero y en tu país de residencia. Si informas al banco y aportas la documentación prevista: certificado de residencia fiscal, no sufrirás esta doble fiscalidad.

La Agencia Tributaria otorga a los interesados –inversores españoles con productos de ahorro fuera de nuestras fronteras- el certificado de residencia fiscal que indica que el titular de los ahorros declarará sus ganancias dentro de España y que por lo tanto, el banco donde está el depósito –en el extranjero- no debe aplicarle ningún tipo de retención fiscal en este sentido.

Dentro de Europa hay algunas excepciones a la documentación prevista para evitar la doble imposición, por ejemplo, en Francia no es necesaria, pero en países como Bulgaria o Portugal existen otros certificados que tendrás que conseguir de forma puntual y según te informe la entidad que elijas.

Inversiones en el extranjero por más de 50.000 euros

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Cuando la inversión extranjera supera los 50.000 euros, sí tienes la obligación de informar a la Agencia Tributaria de esta situación y por supuesto, deben declararse junto con el resto de tus ahorros, cuentas, planes de pensiones… en tu Renta anual.

Tienes que presentar el modelo 720 a la Agencia Tributaria para informar sobre tus bienes depositados fuera del país con un valor superior a los 50.000 euros. No es más que una declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero.

La presentación del modelo 720 puede hacerse de forma electrónica, pero no es una obligación anual, si lo presentas una vez y el saldo de tus inversiones no varía en más de 20.000 euros el declarado la última vez, no es necesario volver a declarar.