Qué reformas de vivienda pueden desgravarse

Resumen del contenido
Amante de las finanzas, la economía conductual y los impuestos, ha hecho de su pasión su profesión y actualmente es orientador y formador. Con más de 20 años de experiencia en el ámbito de la comunicación en finanzas e inversión y múltiples colaboraciones en medios del sector.
Desde mejorar el aislamiento térmico hasta una reforma en el baño o la cocina, pasando por cambiar el sistema de calefacción o instalar un ascensor. Las obras dentro de la vivienda habitual suponen un coste importante para el que cualquier ayuda es bienvenida, incluidas las fiscales.
Por ello, es habitual preguntarse si es posible desgravar una reforma en la vivienda habitual en la declaración de la renta. La respuesta es afirmativa, pero con ciertos matices. Y es que ni todas las obras deducen ni lo hacen en todo el Estado.
¿Qué obras se pueden desgravar en la renta?
En la actualidad solo es posible desgravar en el IRPF dos tipos de reformas en la vivienda habitual:
- Obras para adecuar la vivienda por discapacidad.
- Reformas de ampliación o rehabilitación.
- Reformas para la mejora de la eficiencia energética.
Ahora veremos en detalle cómo funciona cada una.
Además de las deducciones por obra, hay otra forma de sacar partido a las remodelaciones en el hogar y es al vender la vivienda.
En ese caso, es posible sumar al precio de compra las reformas que hayan aumentado el valor de la vivienda y así pagar menos impuestos al vender la casa.
Recuerda que la venta de la vivienda en el IRPF tributa por la diferencia entre el precio de compra y de venta.
Desgravar las reformas en la vivienda habitual
La deducción por inversión en vivienda habitual quedó suprimida desde el 1 de enero de 2013.
A partir de entonces se estableció un periodo de transición si cumplen determinados requisitos.
¿A quién se aplica el régimen transitorio?
Tendrán derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el periodo de que se trate, los contribuyentes:
-
- Que hayan realizado obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual.
- Y los que hayan realizado obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad.
Requisitos para desgravarse la reforma de una vivienda
En ambos casos se requiere:
- Que las cantidades pagadas por dichas obras hayan sido satisfechas con anterioridad a 1 de enero de 2013.
- Que las obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
- Que los contribuyentes hayan aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores.
Cantidades invertidas con derecho a deducción
La base de deducción máxima es de 9.040 euros anuales e incluye satisfechas por el contribuyente en el ejercicio para la rehabilitación de la vivienda habitual.
Además de esta deducción, hay comunidades autónomas como Aragón, Islas Baleares, Canarias, Castilla y León, La Rioja y Valencia que cuentan con deducciones por rehabilitación de la vivienda habitual, especialmente si es para adecuar la vivienda para personas con discapacidad.

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Deducción por mejora de la eficiencia energética
El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regulaba el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, creó las desgravaciones para las reformas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética del inmueble.
Estas deducciones se han ido ampliando y todavía siguen vigentes en 2025. De hecho, son una forma de pagar menos impuestos en la renta.
La deducción por reformas de mejora de la eficiencia energética va desde el 20% de la inversión realizada hasta el 60% según el tipo de obra.
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Obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración
Esta es la desgravación por obras más asequible. Permite deducir las reformas que reduzcan por lo menos en un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
La deducción es del 20% de la inversión realizada hasta un máximo de 5.000 euros anuales y se puede aplicar tanto en la vivienda habitual como en viviendas alquiladas.
Obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable
Se refiere a las reformas que permitan reducir en al menos un 30% el consumo primario de energía no renovable o que permitan obtener un certificado energético de A o B.
La deducción será de un 40% de las obras con un máximo de 7.500 euros por año.
En ambos casos, es necesario contar con un certificado previo y posterior a las obras para demostrar la mejora.
Obras de rehabilitación energética
Esta deducción por reformas se aplica en viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y que se encuentren en edificios de uso predominante residencial.
La base de la deducción es del 60% de las cantidades invertidas hasta un máximo de 15.000 euros a razón de 5.000 euros anuales como mucho. Y es que, es posible desgravar el exceso pagado durante los cuatro ejercicios siguientes a la obra.
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