Grava con un 0,2 % aquellas transacciones realizadas con títulos de sociedades de nacionalidad española, cotizadas en mercados regulados y con una capitalización bursátil de más de 1.000 millones de euros.

El Impuesto sobre Transacciones Financieras (ITF), también conocido como “Tasa Tobin”, es una figura tributaria que grava la compraventa de acciones. A continuación, explicamos qué es, cómo funciona y ofrecemos algunos ejemplos prácticos de su funcionamiento.

¿Cómo funciona el ITF?

El ITF, que entró en vigor el 18 de enero de 2021, es obligatorio y el hecho imponible son las compraventas de acciones del capital de empresas españolas.

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Porcentajes y límites

Este tributo, que no es armonizado con la UE, grava con un tipo impositivo del 0,2 % las adquisiciones -a título oneroso, es decir, con contraprestación dineraria- de títulos del capital social de firmas de nacionalidad española. En esencia, el impuesto se aplica tanto sobre aquellas operaciones realizadas como sobre acciones cotizadas en un mercado regulado español o internacional, siempre y cuando la capitalización en Bolsa de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros a 1 de diciembre del ejercicio anterior a la transacción.

El ITF también se aplica sobre las siguientes operaciones y trámites:

  • Compras de certificados de depósito representativos de las acciones, salvo las compraventas con finalidad de emisiones de valores negociables.

  • Adquisiciones de certificados que conlleven la entrega de acciones representativas. También aquellas operaciones para cancelarlos.

  • Compraventas de acciones y certificados de depósito derivados de la ejecución o liquidación de bonos convertibles o canjeables por acciones, derivados o cualquier producto contemplado en la normativa del Mercado de Valores.

Hecho imponible

El hecho imponible sujeto al ITF, como hemos detallado anteriormente, es la compra onerosa de títulos de sociedades españolas. Es decir, que la imposición tributaria se realiza sobre el principio de emisión, independientemente de la residencia de las personas físicas o jurídicas involucradas en la transacción. Esto se realiza de esta forma con el objetivo de evitar que los intermediarios financieros se deslocalicen.

Estas operaciones afectan a sociedades españolas, por lo que todos los procedimientos tienen que ser declarados ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Exenciones

El ITF también contempla algunas exenciones:

  • Las transacciones de los mercados primarios

  • Las reestructuraciones empresariales

  • Las adquisiciones propias

  • Las compras temporales

  • Las operaciones procedentes de ofertas públicas

  • Las acciones de contrapartida central, aseguradores o colocadores

  • Compra y retroventa

  • Las operaciones de repo

  • Reposiciones de garantía

  • Junta Única de Resolución

Ejemplos prácticos

Imaginemos que adquirimos 1.000 acciones de Santander a un precio de 3,3 euros por título, por valor, por tanto, de 3.300 euros. La capitalización bursátil de la entidad financiera, a fecha 8 de noviembre de 2023, se sitúa por encima de los 58.400 millones de euros, por lo que cumple la normativa del ITF.

El comprador deberá abonar en concepto de ITF, por tanto, el 0,2% del valor de la transacción, que asciende a 6,6 euros. El Gobierno prevé que, con este tributo, la AEAT será capaz de ingresar en torno a 800 millones de euros anuales.

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