Las condiciones para acceder a la tributación por módulos de los autónomos se han endurecido en la última reforma fiscal, pero en 2020 son medidas que han quedado prorrogadas por cuarta vez consecutiva por lo que la situación en el régimen de estimación objetiva se mantiene, mientras dure el periodo transitorio.

Límites en el volumen de ingresos

Para acceder al sistema de estimación objetiva para liquidar su IRPF, Hacienda exige cumplir una serie de requisitos en relación al volumen de ingresos.

Aunque se han aprobado nuevos límites para este requisito, por el momento en 2020 se mantienen los previstos para el régimen transitorio a la espera de que la reforma fiscal entre definitivamente en vigor.

  • Los 250.000 euros anuales es el volumen máximo de ingresos permitidos en el año anterior para poder acceder a la tributación por módulos.
  • Para los autónomos que facturan a otras empresas o profesionales que son sus clientes, el máximo permitido es de 125.000 euros anuales.
  • Sin incluir inversiones, el volumen de compras de autónomo que cotiza por módulos no puede exceder los 250.000 euros.

Actividades sujetas a tributación por módulos

El sistema por módulos se estipula para unas actividades concretas y siempre que el autónomo no realice otras actividades que tributen en estimación directa.

  • Agricultura y ganadería. Estas actividades además tienen un sistema de cálculo exclusivo.
  • Pesca se reserva esta posibilidad solo para los autónomos dedicados a la producción de mejillón en batea.
  • Comercio minorista como talleres de reparación de vehículos o quioscos de prensa.
  • Construcción: todos los profesionales relacionados con la construcción y reforma como carpintería, albañilería o fontanería entre otros. Aunque hay actividades excluidas por lo que es importante que, si estás en este grupo, consultes tu situación a nivel personal.
  • Industrias panaderas: es necesario que se realicen actividades relacionadas con la fabricación de pan, bollería o masas fritas.
  • Sector transportes tanto de viajeros como de mercancías.
  • Sector de la hostelería.
  • Otros servicios. Hay algunas otras actividades que pueden acogerse a esta tributación por lo que en caso de duda es importante consultar en Hacienda el listado completo.

¿Cómo se calcula el IRPF en el sistema de módulos?

El sistema de módulos se basa en estimaciones. Es necesario estimar el rendimiento de tu actividad de acuerdo a parámetros objetivos como los metros cuadrados del local, el número de empleados o la potencia contratada, entre otros. A estos datos se les aplican unos coeficientes de minoración y índices correctores.

La Agencia Tributaria determina el rendimiento neto y en base a él calcula lo que debe pagar el autónomo como IRPF cada mes, en este caso se trata de una cantidad idéntica con independencia de los ingresos reales que el trabajador obtenga.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto por módulos?

El cálculo del rendimiento neto está regulado por normativa oficial recogida en la Orden que desarrolla este régimen, multiplicando los importes fijados para los módulos, por el número de unidades del mismo empleadas, utilizadas o instaladas en la actividad, o bien multiplicando el volumen total de ingresos, incluidas las subvenciones corrientes o de capital y las indemnizaciones, por el índice de rendimiento neto que corresponda cuando se trate de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

La cuantía deducible por el concepto de amortización del inmovilizado es solo la que resulte de aplicar una tabla que aprueba el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas para este cálculo y que es la que debe aplicarse en todos los casos.

Tabla de amortización en estimación objetiva

Grupo 1

  • Elementos patrimoniales: edificios y otras construcciones.
  • Coeficiente lineal máximo: 5 por ciento.
  • Período máximo: 40 años.

Grupo 2

  • Elementos patrimoniales: útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos.
  • Coeficiente lineal máximo: 40 por ciento.
  • Período máximo: 5 años.

Grupo 3

  • Elementos patrimoniales: batea.
  • Coeficiente lineal máximo: 10 por ciento.
  • Período máximo: 12 años.

Grupo 4

  • Elementos patrimoniales: barco
  • Coeficiente lineal máximo: 10 por ciento.
  • Período máximo: 25 años.

Grupo 5

  • Elementos patrimoniales: elementos de transporte y resto de inmovilizado material.
  • Coeficiente lineal máximo: 25 por ciento.
  • Período máximo: 8 años.

Grupo 6

  • Elementos patrimoniales: inmovilizado intangible.
  • Coeficiente lineal máximo: 15 por ciento.
  • Período máximo: 10 años.

Grupo 7

  • Elementos patrimoniales: ganado vacuno, porcino, ovino y caprino
  • Coeficiente lineal máximo: 22 por ciento.
  • Período máximo: 8 años.

Grupo 8

  • Elementos patrimoniales: ganado equino y frutales no cítricos
  • Coeficiente lineal máximo: 10 por ciento.
  • Período máximo: 17 años.

Grupo 9

  • Elementos patrimoniales: frutales cítricos y viñedos
  • Coeficiente lineal máximo: 5
  • Período máximo: 45 años.

Grupo 10

  • Elementos patrimoniales: olivar
  • Coeficiente lineal máximo: 3
  • Período máximo: 80 años.

Cálculo del rendimiento neto en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales

En las actividades agrícolas, ganaderas y forestales se aplica una fórmula propia para el cálculo del rendimiento neto previo: volumen total de ingresos multiplicado por índice de rendimiento neto.

  • Volumen total de ingresos incluidas subvenciones, indemnizaciones y ayuda PAC pago único. Cuando el autónomo que recibe la ayuda directa de pago único de la PAC no ha obtenido ingresos por actividades agrícolas o ganaderas el índice de rendimiento neto a aplicar es el 0,56.

El rendimiento neto minorado es el rendimiento neto menos la amortización del inmovilizado material e intangible donde quedan excluidas actividades forestales. Las cantidades que correspondan a la amortización se determinarán aplicando la tabla de amortización recogida en la Orden por la que se desarrolla el régimen de estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado del IVA.

El rendimiento neto de módulos es el resultado de multiplicar el neto minorado por los índices correctores en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias. Cuando se resta el 5 por ciento en calidad de reducción general del rendimiento neto, la reducción -25 por ciento-agricultores jóvenes- y gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales como incendios u otras contingencias similares se obtiene el rendimiento neto de la actividad.

Existe también el rendimiento neto reducido en el que al neto de módulos se le descuenta un 30 por ciento como rentas irregulares: se entiende por rendimientos irregulares aquellos que tengan un período de generación superior a dos años y, en particular, aquellos rendimientos específicos que contempla el artículo 25 del Reglamento del IRPF

El rendimiento neto reducido total, finalmente, es el neto reducido al que aún se le aplica reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros, Art. 32.2.3º de la Ley IRPf.

Cálculo del rendimiento neto en el resto de actividades

La fórmula general para el cálculo del rendimiento neto previo supone multiplicar las unidades de módulos empleadas, utilizadas o instaladas por el rendimiento anual por unidad de módulo antes de amortización.

Este primer rendimiento puede descender al aplicarse diferentes minoraciones previstas: inventivos al empleo y/o incentivos a la inversión –amortizaciones-, de forma que se consigue el rendimiento neto minorado.

Para obtener el rendimiento neto de módulos se multiplica por los índices correctores previstos en función del tipo de actividad y determinadas circunstancias, el rendimiento neto minorado que se convierte en neto de la actividad cuando se le resta el 5 por ciento como reducción general del rendimiento neto y los gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales, y en su caso, se le suman otras percepciones empresariales como las subvenciones.

El rendimiento neto reducido de la actividad se conoce al restar el neto de la actividad la reducción de rentas irregulares que se fija en un 30 por ciento. Finalmente, el rendimiento neto reducido total exige que cuando es preciso de descuente la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros.

¿Qué obligaciones tienen los autónomos que tributan por módulos?

La carga fiscal de los autónomos con módulos no acaba en el pago mensual del IRPF, están obligados a presentar:

  • Modelo 131 de Hacienda hasta el día 20 en los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
  • Declaración anual del IRPF a través del modelo D-100 desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2019.
  • Régimen especial de IVA que pueden elegir entre simplificado, Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca o Recargo de Equivalencia.

La tributación por módulos para los autónomos se basa en estimaciones y no en ingresos. Sin embargo, entre las demandas del sector está un cambio hacia una tributación más directa dependiente de los ingresos y con mayor flexibilidad para ayudar al autónomo en su contabilidad laboral y personal. La jubilación es una de las principales reivindicaciones y dificultades de este tipo de trabajadores por lo que un plan de pensiones MAPFRE como este se presenta como un atractivo instrumento de ahorro eficiente y rentable para proteger el futuro.