Los seguros, sean del tipo que sean: salud, viajes, hogar…etc., cuentan con una partida destinada a hacer frente a las obligaciones que puedan plantearse en el futuro. Las provisiones de seguros sirven para cubrir estas obligaciones y compensar las desviaciones que se produzcan con respecto al asegurado.

Cómo funciona una provisión de seguros

    El cálculo de estas provisiones corresponde a cada una de las compañías que presta el servicio y su objetivo es el de poder cumplir con las obligaciones que puedan aparecer en el futuro y que sirvan para compensar al cliente asegurado.

    Existen distintos tipos de clasificaciones para las provisiones de seguros.

    Provisiones técnicas sobre primas

    Las provisiones técnicas se dividen en tres categorías sobre las que se aplican y tienen que ver con las primas sobre las que se ha fijado el seguro:

    • Provisiones técnicas de vida: estas solo se aplican al seguro de vida, en ellos se establece la prima a pagar mientras exista el contrato. Lo más habitual es que esta prima sea mayor al principio del contrato y que vaya disminuyendo a medida que van aumentando las probabilidades de fallecimiento del asegurado.
    • Provisiones técnicas para primas no consumidas: en el caso de que el ciclo de la póliza no se haya iniciado en el ejercicio contable correspondiente (del 1 de enero al 31 de diciembre), se considera que una parte de esa prima es un ingreso del año en el que se firma la póliza y el resto corresponde al año siguiente.
    • Provisiones técnicas para primas en curso: es complementaria a las primas no consumidas y se refieren a aquellas aportaciones adicionales realizadas debido a que el importe inicial no es suficiente para cubrir los gastos y riesgos por parte de la entidad que realiza el seguro.

    Provisiones técnicas sobre obligaciones, prestaciones o siniestros

    Este tipo de provisiones técnicas se establecen para aquellas obligaciones, prestaciones o siniestros de los asegurados:

    • Provisiones técnicas de prestaciones: en ellas se recogen las obligaciones que pueda tener pendiente el asegurador y que tienen que ver con siniestros que se hayan producido antes de que finalice el ejercicio en vigor.
    • Provisión técnica de participación en beneficios: en ella se recogen aquellos importes que corresponden a los beneficios a favor de los asegurados y que aun no se les han asignado. La estimación de la misma corresponderá al tomador dependiendo de los riesgos que se hayan asegurado.

    Provisiones no técnicas

    Además de las citadas anteriormente existen otras que son de carácter no técnico. Las aseguradoras deben realizar una dotación de estas de forma necesaria. Esto se debe a que ante la contratación de un seguro siempre existen una serie de riesgos que pueden suponer un gasto adicional. También el objetivo es realizar una previsión debido a que los riesgos puedan llegar a cumplirse. Estas provisiones son:

    • Provisiones para pagos convenidos de liquidación: recoge la cuantía estimada correspondiente a los importes pendientes de pago de la persona asegurada. Estos son de ejecución de convenidos derivados de la liquidación de siniestros que debe hacer frente el asegurador de la persona que ha sido perjudicada.
    • Provisiones para primas pendientes de cobro: son las que buscan satisfacer obligaciones futuras que tengan que ver con el impago de las primas que se han emitido o aquellas que no se han cobrado cuando el ejercicio ha llegado a su fin.