Cuando un trabajador por cuenta ajena es despedido, solo tiene que acudir al SEPE para solicitar su prestación correspondiente. Para los autónomos, lo más parecido al paro de los asalariados es el cese de actividad, que entró en vigor el 6 de noviembre de 2010. Sin embargo, para estos últimos, cobrar el denominado «paro de los autónomos» no es tan sencillo.

Según datos de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, tan solo se aprueba el 60 por ciento de las peticiones registradas. Aun así, desde el 1 de enero de 2019 es de obligada cotización (Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre), salvo algunas excepciones.

Esta prestación es una ayuda que pueden solicitar los trabajadores autónomos ante el cese total en la actividad que originó el alta en el RETA. El objetivo es cubrir las situaciones de finalización de su actividad provocadas por una circunstancia involuntaria y que debe ser debidamente justificada. Si el trabajador por cuenta propia cumple los requisitos y se da una de las causas consideradas legales que acrediten el cese de actividad, podrá solicitar la prestación.

Para ello, la persona interesada debe dirigirse a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con la que tenga cubierta esta contingencia o en el Servicio Público de Empleo Estatal, y presentar la documentación requerida para solicitar el paro de autónomos.

Documentación necesaria para solicitar el paro de autónomos

https://bit.ly/3lAQDpv

De forma genérica, el autónomo que quiera solicitar el paro deberá presentar la siguiente documentación:

  • Formularios de baja del RETA y de Hacienda.
  • Impreso de la solicitud
  • Declaración jurada.
  • Certificado de ingresos de la AEAT o declaración de IVA e IRPF.
  • Documentación acreditativa del motivo del cese (ejecuciones judiciales, jubilación, fallecimiento, etc.).
  • DNI, NIE (y el documento acreditativo del país de origen o pasaporte) o TIE (además del pasaporte) tanto del solicitante como de los hijos o personas a cargo que figuren en su solicitud.
  • Libro de familia o resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento.
  • Documento oficial de reconocimiento de grado de discapacidad, cuando proceda.
  • En caso de separación o divorcio, sentencia o convenio regulador.
  • Documento que acredite las rentas de los hijos a cargo.
  • Si el autónomo contaba con trabajadores, declaración jurada del cumplimiento de garantías, obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral.
  • Si desarrollaba su actividad en un país miembro de la Unión Europea, documento U-1 que acredite los periodos de cotización.

Con estos documentos necesarios para pedir el paro si se es autónomo, cualquier trabajador por cuenta propia tiene a su alcance una prestación pública que ampara el cese de su actividad.

En cualquier caso, esperemos que nunca tengas que recurrir a esta información y puedas desarrollar tu labor profesional sin ningún contratiempo. Si este es tu caso, no olvides contratar un Plan de Pensiones MAPFRE para poder disfrutar cómodamente de tu futuro cuando llegue el momento de la jubilación.