La edad puede ser un hándicap para encontrar trabajo y reengancharse al mundo laboral. Para ayudar a quienes se encuentran en esa situación existen programas concretos como el subsidio para mayores de 52 años.

En las siguientes líneas te contamos todo lo que necesitas saber sobre él.

En qué consiste el subsidio para mayores de 55 años

Este subsidio es una ayuda a desempleados mayores de 52 años que hasta 2019 solo estaba disponible para mayores de 55 años.

La cuantía de la ayuda para mayores de 52 años es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que en 2023 equivale a 480 euros. Este dato se actualiza y aumenta cada año.

El subsidio cotiza para la jubilación, pero no por el valor del IPREM, sino por un 125% de la base mínima de cotización vigente en cada año. Así es como quienes lo cobran se aseguran de poder después cobrar una pensión digna.

Y es que el subsidio para mayores de 52 no tiene una duración determinada. Se puede alargar hasta la edad de jubilación o hasta que se encuentre trabajo.

Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

El subsidio está pensado para personas con más de 52 años que cumplan los requisitos mínimos para jubilarse en el momento de solicitarlo.

Además, hay que cumplir una serie de condiciones laborales y de cotización adicionales. Son las siguientes:

  • Estar en paro y haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
  • Ser emigrante retornado después de haber pasado 12 meses de los últimos seis años en el extranjero fuera de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE) y no tener derecho a una prestación contributiva por desempleo.
  • Llevar inscrito por lo menos un mes en el paro y buscar empleo de forma activa.
  • No tener rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Esto equivale a no cobrar más de 750 euros al mes de otras fuentes en 2023.
  • Haber cotizado más de 15 años a la Seguridad Social, dos de ellos dentro de los últimos 15 años. Este es uno de los requisitos generales para poder cobrar la pensión mínima de jubilación
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de toda la vida laboral. Para este cálculo también sirven las cotizaciones de otros países de la UE o el EEE.

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¿Puedo viajar cobrando el subsidio para mayores de 52 años?

Esta es una pregunta muy habitual para esta ayuda y en general para cualquier prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La respuesta es afirmativa. Es posible viajar cuando se está cobrando la ayuda a mayores de 52 años igual que con otras prestaciones como el paro.

Si es dentro de España, no hará falta notificarlo al SEPE, pero si es al extranjero sí. Para viajes de hasta 15 días al año no hay que justificar el motivo, pero si el viaje supera esa duración, sí que habrá que hacerlo.

Para viajes que no tengan carácter laboral la estancia máxima es de 90 días al año, mientas que podrás viajar hasta un año para buscar trabajo o recibir formación.

Una de las razones para avisar al SEPE es porque mientras cobres el subsidio para mayores de 52 años tendrás que acudir a las citas de empleo que te organicen. Si no lo haces, incurrirás en una infracción leve.

Con qué ayudas es compatible

Este subsidio es incompatible con cualquier forma de trabajo, salvo el trabajo a tiempo parcial en casos concretos.

¿Y con otras ayudas para personas en paro o con recursos limitados? También. En concreto, la ayuda para mayores de 52 años es compatible con el Ingreso Mínimo Vital.

Cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años

El plazo para pedir el subsidio es de 15 días desde que se cumplan las condiciones para hacerlo.

La forma de solicitar la ayuda para mayores de 52 es muy simple. Solo hay que rellenar la solicitud que puede descargarse desde la propia página del SEPE en el apartado de “Prestaciones” y presentarla junto a la documentación requerida.

Puede hacerse de cuatro formas distintas:

  • A través de la sede electrónica del SEPE.
  • En las oficinas del SEPE, para lo que deberás pedir cita previa.
  • En cualquier oficina del registro público.
  • Por correo administrativo.

Me han denegado el subsidio para mayores de 52 años ¿Qué puedo hacer?

Si te han denegado el subsidio puedes presentar una reclamación por vía administrativa. El plazo para hacerlo es de 30 días hábiles desde que se recibe la notificación del SEPE.

A partir de ahí, el SEPE dispondrá de 45 días para responder. Si en ese plazo no has recibido respuesta, se entenderá que el organismo ha denegado la solicitud.

En ese caso la última vía para reclamar sería la vía judicial. Para hacerlo hay que interponer una demanda en los Juzgados de lo Social. Dispones de 30 días para hacerlo desde que recibas la respuesta del SEPE o desde que pasen los 45 días que tiene el organismo para contestar si no la recibes.

Recuerda que si te deniegan el SEPE aun podrás solicitar otras ayudas como la RAI o Renta Activa de Inserción.

Disponer de un seguro protección de pagos o de un colchón de ahorros es una forma de no tener que depender exclusivamente de estos subsidios. Los Seguros de Ahorro MAPFRE pueden ayudarte a crearlo “y tantos + momentos de tranquilidad”.

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