Cuando una persona que está percibiendo la prestación por desempleo contributivo tiene un hijo, pasa a la situación de paternidad. El hecho de estar recibiendo el paro no significa que quienes se conviertan en padres durante dicho periodo no tengan derecho a disfrutar del permiso retribuido durante 16 semanas desde que se produce el nacimiento o adopción.
Según el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), si la maternidad o paternidad sucede mientras se está en situación de desempleo, se debe solicitar la suspensión de la prestación para poder iniciar el cobro de la ayuda por maternidad o paternidad.
¿Cómo suspender el paro para cobrar la prestación por paternidad?
La suspensión de la prestación por desempleo para pasar a percibir la de paternidad en la cuantía que corresponda se puede solicitar a través de diferentes vías:
- En la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal que corresponda según el domicilio y donde se tramiten habitualmente otras prestaciones. En este caso, es necesario solicitar cita previa a través de Internet o llamando por teléfono.
- A través de la Sede Electrónica del mismo organismo:
Junto con el formulario oficial se debe acompañar la siguiente documentación en el caso de que se trate de una situación de desempleo y prestación por paternidad:
- Libro de Familia.
- Cualquier otro documento que acredite la adopción o el acogimiento, en su caso.
Los siguientes pasos para percibir la prestación por paternidad estando en paro de forma legal son:
- Acudir a la oficina del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) para solicitar el permiso retribuido por paternidad.
- Presentar la copia de la solicitud de baja de la prestación por desempleo.
- Si todo está correcto, el INSS aprueba y procede a pagar las cuantías que correspondan durante el tiempo establecido.
Una vez finalizado el periodo de paternidad, es necesario volver a reactivar la demanda de empleo. En un plazo de 15 días se puede solicitar ante la oficina del SEPE la reanudación de la prestación por desempleo durante los meses que resten y por el mismo importe. En caso de solicitarla fuera de plazo, se pierden los días de prestación en la misma proporción que el retraso.
¿En qué consiste la baja por paternidad?
En el año 2019 se inició un periodo transitorio para ampliar progresivamente el permiso de paternidad hasta las 16 semanas en 2024 con el objetivo de equipararlo al de maternidad.
Además de los trabajadores por cuenta ajena del sector público o privado y los autónomos, quienes estén en paro también pueden solicitar la prestación por paternidad. En este último caso es necesario que estén dados de alta en la Seguridad Social y que hayan cotizado un mínimo de 180 días durante los últimos 7 años o al menos 360 días a lo largo de su vida laboral.
Quienes tienen derecho a este permiso, deben disfrutar de forma obligatoria las 4 primeras semanas a partir del nacimiento o adopción. Respecto al tiempo restante, el beneficiario puede renunciar al mismo, pero en ningún caso se puede transferir al otro progenitor.
En cuanto a la cuantía que se percibe por la prestación de paternidad, la ayuda equivale al 100% de la base reguladora del último sueldo o subsidio recibido. Pese a que la ayuda por desempleo y la prestación de paternidad son compatibles, siempre que se suspenda la primera, es importante contar con un respaldo económico en este tipo de situaciones.
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