Pasar por el tribunal médico es requisito ineludible para que en España se reconozca a una persona una situación de incapacidad permanente. No importa si es la propia persona la que lo solicita o cualquier otro actor involucrado; en todos los casos, el dictamen del equipo de valoración de incapacidad es siempre necesario.

¿Qué es el tribunal médico?

No se trata de un tribunal en el sentido tradicional y más popular del término, el Equipo de Valoración de Incapacidad o Tribunal Médico es un organismo dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que evalúa las solicitudes de incapacidades laborales y dicta un informe –dictamen- en función de toda la información y pruebas aportadas por el solicitante.

El tribunal médico lo componen un nutrido grupo de profesionales como médicos inspectores, facultativos, inspectores de trabajo, inspectores de la seguridad social y otros funcionarios especializados. No todos los casos requieren el mismo estudio ni la participación de todos los equipos del Tribunal.

Ese equipo no solo evalúa a los pacientes con nuevas solicitudes de incapacidad, sino que también se encarga de las revisiones, los cambios de grado o las bajas en el sistema. Son los máximos responsables de valorar cualquier posible cambio relacionado con una incapacidad laboral.

Como se apunta desde la propia Seguridad Social: “El EVI es una de las piezas de la Seguridad Social encargadas de garantizar que ninguna persona se quede en un estado de desamparo por lesiones, enfermedades o accidentes si no puede ejercer tanto su actividad profesional previa, como otra distinta o ninguna”.

¿Cómo se solicita el tribunal médico?

La incapacidad permanente es un escenario que puede presentarse a partir de diferentes escenarios. Hay personas que pasan de una incapacidad temporal a una permanente, otras llegan como consecuencia de un accidente laboral… en todos los casos hay que solicitar y acudir al tribunal médico para que dictamine sobre la situación.

Dependiendo del perfil del solicitante la cita para acudir al tribunal médico puede llegar de diferentes formas. Se pueden diferenciar tres casos generales o agentes que solicitan la incapacidad permanente y la evaluación por el EVI:

  • A instancias del propio interesado.
  • De oficio, partiendo la iniciativa del INSS.
  • La mutua laboral del empleado también puede hacerlo.

Antes de ir a pedir cita para acudir al tribunal es importante recopilar toda la información necesaria. En cada caso puede ser diferente, pero como norma general se recomienda conseguir todos los informes médicos presentes y pasados –incluso históricos- del solicitante, así como cualquier dictamen de otros profesionales médicos o no, como psicólogos, terapeutas ocupacionales o trabajadores sociales, por ejemplo.

Se trata de aportar al tribunal todo tipo de pruebas que verifiquen la situación de incapacidad permanente que se solicita.

Con todos los documentos, el siguiente paso es cumplimentar la solicitud oficial para este trámite y presentar todo el conjunto en cualquiera de los centros de atención e información del INSS para lo que se requiere cita previa.

¿Qué es el dictamen-propuesta?

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Tras la evaluación médica y el análisis de toda la información presentada, el equipo de valoración de incapacidades formula el dictamen-propuesta que incluye un resumen de la información médica presentada por el paciente y el resultado de pruebas o evaluaciones propias del tribunal.

La resolución del tribunal sobre la incapacidad se incluye también en este dictamen que el interesado debe recibir en un plazo máximo de 135 días, transcurridos los cuales, si no se ha notificado resultado, se aplica el silencio negativo administrativo del que se desprende que la petición ha sido desestimada.

A partir de los dictámenes positivos de incapacidad en cualquiera de sus grados se calcula la prestación que corresponde y si el solicitante puede o no realizar otros trabajos. Ten en cuenta que los planes de pensiones, por ejemplo, pueden incluir la contingencia de incapacidad como causa justificada para el rescate de tu capital y para justificarlo necesitas este dictamen.

El titular cuya petición de incapacidad ha sido desestimada puede recurrir esta decisión y también el grado de discapacidad otorgado. El plazo es de 30 días para ejecutar una reclamación previa para que la resolución sea revisada, si esta vía tampoco da los resultados esperados, habrá que recurrir a la vía judicial para que dicte sentencia sobre la situación. En estos casos se recomienda contar con asesoramiento jurídico.