Calendario Fiscal 2024: fechas clave
Resumen del contenido
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Como cada año, la Agencia Tributaria publica su calendario fiscal para que todos los contribuyentes conozcan los plazos establecidos para cumplir con las diferentes obligaciones tributarias y fiscales. Tanto si eres autónomo, empresa, pyme o persona física te conviene echar un vistazo para que no se te pase ningún plazo.
Las diferentes autoliquidaciones periódicas pueden ser de tres tipos según el impuesto y el obligado tributario:
- Anual, para personas físicas, empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
De cara a las autoliquidaciones trimestrales las fechas y los plazos de presentación:
- Primer trimestre: 1 de enero hasta 31 de marzo de 2024.
Plazo de presentación: 1 de abril hasta 20 de abril de 2024.
- Segundo trimestre: 1 de abril hasta 30 de junio de 2024.
Plazo de presentación: 1 de julio hasta 20 de julio de 2024.
- Tercer trimestre: 1 de julio hasta 30 de septiembre de 2024.
Plazo de presentación: 1 de octubre hasta 20 de octubre de 2024.
- Cuarto trimestre: 1 de octubre hasta 31 de diciembre de 2024.
Plazo de presentación: 1 de enero hasta 31 de enero de 2025.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2023 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria o presenten el IOSS, así como para las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social.
Vencimientos en días inhábiles y novedades
Si el vencimiento de presentación coincide con una festividad local o autonómica, hay que tener en cuenta que el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado, excepto para el modelo 369.
Es importante saber que hay que presentar los impuestos en la fecha correcta o, en caso contrario, seremos sancionados.
Enero
Hasta el 20 de enero
- Modelo 039: incorporaciones realizadas durante Diciembre en el régimen especial del grupo de entidades del IVA.
- Modelo 111: retención e ingreso a cuenta del IRPF.
- Modelo 115: declaración de retenciones del IRPF por alquileres urbanos.
- Modelo 123: declaración trimestral de retenciones de rendimientos de capital humano.
- Modelo 161: resumen de las aportaciones recibidas durante 2024 para poner en marcha un proyecto.
Hasta el 31 de enero
- Modelo 036 y Modelo 037: declaración de datos censales de la empresa o persona física.
- Modelo 130: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación directa.
- Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
- Modelo 179: declaración de Información trimestral de la cesión de uso de viviendas con fin turístico.
- Modelo 180: resumen anual de retenciones en alquileres de inmuebles o locales para el desarrollo de la actividad.
- Modelo 182: declaración de donaciones, donativos o aportaciones recibidas y/o realizadas.
- Modelo 184: declaración informativa de entidades en Régimen de Atribución.
- Modelo 190: resumen anual de retención e ingresos del IRPF.
- Modelo 233: declaración informativa por Gastos en Guardería.
- Modelo 270: declaración de premios de lotería.
- Modelo 303: liquidación trimestral del IVA (Octubre-Diciembre 2023).
- Modelo 309: liquidación del IVA del último trimestre de 2023 para quienes no están obligados a presentar los modelos 303 ó 390.
- Modelo 345: modelo anual de planes de pensiones, fondos de pensiones, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial, seguros de dependencia, etc.
- Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias a la Agencia Tributaria.
- Modelo 369: declaración del IVA relacionado con la prestación de servicios digitales o la venta a través de un e-commerce en países europeos fuera de España.
- Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA del año anterior.
Febrero
Hasta el 28 de febrero: modelo 347 (declaración informativa anual de operaciones con proveedores y clientes superiores a los 3005,06 €).
Marzo
Hasta el 31 de marzo: modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero).
Abril
A partir del 6 de Abril
- Presentación telemática de la Declaración de la Renta y Patrimonio.
Del 1 al 20 de abril
- Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
- Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
- Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
- Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
- Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
- Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
- Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.
Mayo
Apertura del plazo para presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica, que termina el 30 de Junio.
Junio
Del 1 al 24 de junio
• Modelo 714: declaración del Impuesto sobre el patrimonio.
30 de junio
• Modelo 100: fecha límite para la presentación de la Declaración del IRPF.
Julio
Del 1 al 20 de Julio
- Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
- Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
- Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
- Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
- Modelo 303: liquidación del IVA del segundo trimestre.
- Modelo 309: declaración y liquidación del IVA para quienes no están obligados a hacerla periódicamente.
- Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias del segundo trimestre.
Del 1 al 25 de Julio
• Modelo 200: presentación del Impuesto de Sociedades.
Agosto
Hasta el momento la Agencia Tributaria no ha especificado que se deba de proceder a la presentación de ningún impuesto.
Septiembre
Igual que en Agosto, la Agencia Tributaria no ha especificado que se deba presentar ningún impuesto.
Octubre
Del 1 al 20 de Octubre
- Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
- Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
- Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
- Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
- Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
- Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.
- Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
Noviembre
Del 1 al 7 de noviembre
- Modelo 102: pago del segundo plazo de la declaración de la Renta si se optó por fraccionar.
Diciembre
Del 1 al 20 de Diciembre
• Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
Con el calendario en la mano ya se conocen las fechas clave de cara a las diferentes obligaciones tributarias y cumplir con los plazos establecidos no debería ser un problema.
Recuerda que los planes de pensiones MAPFRE desgravan en tu declaración de la renta y además si eres socio de Club MAPFRE podrás disponer del servicio de Asesor fiscal de forma gratuita.
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