La aprobación del Real Decreto-ley 28/2018 en diciembre supondrá que en 2019 haya muchos cambios en materia laboral referentes a las cotizaciones a la Seguridad Social. Por lo tanto se establecen unas nuevas bases de cotización tanto máximas como mínimas para todos los trabajadores.

Los trabajadores que más notarán esta nueva legislación serán los trabajadores del hogar, los autónomos y aquellos que coticen por la base máxima de cotización.

Los cambios en las bases de cotización

Debido al a aprobación de este Decreto Ley y a la subida del Salario Mínimo Interprofesional, las bases de cotización tanto máximas como mínimas se han visto afectadas.

Bases de cotización máximas

    A la hora de establecer las bases de cotización, se fijan unas bases máximas para la Seguridad Social. En el año 2019, estas se situarán en los 4.070,10 euros mensuales. Estos solo se podrán aplicar a aquellos regímenes en los que se establezca un tope máximo como los trabajadores por cuenta propia o ajena del sector agrario, a los trabajadores del Régimen General y a los Trabajadores Autónomos.

    Esto supondrá un aumento de su base de cotización máxima de 3.751,20 euros mensuales en el caso de los trabajadores que se encuentren dentro del Régimen General, de 3.803,70 euros mensuales en el caso de los autónomos y 3.803,70 en los trabajadores del Sector Agrario, hasta los 4.070,10 euros mensuales en todos ellos.

    Base mínima de cotización de los trabajadores autónomos

    La base de cotización de los autónomos aumentará el 2019. La subida de la misma se establece en un 1,25 %, lo que se traduce en 944,35 euros al mes frente a los 932,70 euros mensuales de la base de cotización mínima el pasado año.

    El aumento de la base mínima de cotización para los autónomos tiene como objetivo mejorar las coberturas sociales, ya que a partir de 2019 quedan incluidas todas las coberturas que hasta el pasado año eran voluntarias. De este modo se incluyen las contingencias profesionales por las que el trabajador tendrá derecho a una prestación por incapacidad temporal desde el primer día de baja, acceso a formación continua y aumento de la prestación por cese de actividad.

    Esta última se establecerá teniendo en cuenta los periodos que se han cotizado. Siendo necesarios que estos sean al menos de 12 meses ininterrumpidos antes del cese de la actividad y se encuentren dentro de los 48 meses anteriores. Para los autónomos esta nueva base de cotización significa una subida en sus cuotas mensuales que pasará a ser de 283,3 euros al mes.

    El objetivo es que en 2021 el tipo de cotización de los trabajadores autónomos se incremente hasta el 30,6 %, algo que se irá realizando de forma gradual: 29,80 % en 2018, 30 % en 2019, 30,3 % en 2020 y 30,06 % en 2021.

    Bases de cotización de los Empleados de Hogar

    Los empleados del hogar eran uno de los sectores con la base de cotización más baja. Ahora, y gracias a la subida del Salario Mínimo Interprofesional, este tipo de trabajadores verán aumentada su base de cotización.

    El aumento de esta durante el 2019 también supondrá una reducción aplicable del 20 % en la aportación por parte de la persona que contrata por contingencias comunes a la Seguridad Social. Para poder beneficiarse de ella será necesario que exista un contrato que haya sido firmado a partir del 1 de enero de 2012. Con todo esto, nunca está de más dejarse los imprevistos en casa para lo que pueda pasar, siempre es bueno asegurarse con un plan de pensiones.