El Real Decreto-ley 1/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social establece un procedimiento para que cualquier persona física pueda declararse insolvente. De este modo, es posible llegar a un acuerdo con todos sus acreedores sobre la forma de saldar sus deudas y así, proteger su economía familiar.

¿Qué significa la declaración de insolvencia?

La declaración de insolvencia está relacionada con la imposibilidad de cumplir puntualmente con las obligaciones exigibles por carecer de recursos económicos. Esta manifestación es el resultado de un procedimiento concreto, a través del cual se demuestra que una determinada persona no puede pagar las deudas contraídas.

Antes de declararse insolvente es aconsejable intentar llegar a un acuerdo con los acreedores para aplazar los pagos o aplicar alguna rebaja. Si esto no es posible, como último recurso es posible acceder al mecanismo regulado en la ley de segunda oportunidad.

Existen dos escenarios diferentes en los que las personas físicas pueden acudir a esta vía. Por un lado, cuando las deudas son mayores que su patrimonio. En otro caso, si la imposibilidad de saldar las cuentas pendientes es transitoria por no disponer de la liquidez necesaria en un momento concreto.

¿Cómo se realiza la declaración de insolvencia?

La declaración de insolvencia se realiza a través de un procedimiento judicial. Lejos de lo que se tiende a pensar, no basta con informar de la situación a los acreedores. Los pasos a seguir son:

  • Contratar un abogado y un procurador que represente y asista, respectivamente, al deudor. En este sentido, el Seguro de Defensa Jurídica MAPFRE ofrece una red de despachos de letrados con interesantes descuentos para aquellos conflictos no cubiertos por la póliza.
  • Estos profesionales se encargan de presentar la solicitud de insolvencia en el juzgado que corresponda.
  • El juez, en base al análisis de la situación económica del deudor, resuelve sobre la declaración de insolvencia. Además de justificar que no se cuenta con los bienes suficientes para pagar la deuda, el interesado también debe acreditar que está actuando de buena fe.
  • A partir de aquí, se inicia otro proceso judicial para liberar al usuario de la obligación de asumir sus responsabilidades, ya sea con su patrimonio actual o futuro.

¿La declaración de insolvencia libera totalmente de las deudas?

Según el artículo 178 bis de la ley de segunda oportunidad, “el deudor persona natural podrá obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, una vez concluido el concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa”.

Si se reconoce la exención del pago de las obligaciones, la norma otorga un plazo de 5 años al concursado para satisfacer las deudas, salvo que estas tengan un vencimiento posterior. Durante este periodo siguiente a la finalización del procedimiento, las cuantías pendientes de pago no pueden devengar ningún interés.

A estos efectos, el deudor tiene que presentar una propuesta de plan de pagos que debe aprobar el juez. No obstante, los acreedores tienen derecho a solicitar la revocación del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho cuando el deudor se encuentre en alguna de las siguientes situaciones en los 5 años posteriores:

  • Incurra en alguna circunstancia que impide la concesión de este beneficio.
  • Incumpla la obligación de pago de las deudas según el plan presentado.
  • Mejore considerablemente su situación económica de tal forma que sea posible asumir el pago de todas las deudas.
  • Se confirme la existencia de ingresos, bienes o derechos ocultos.