El Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025 tiene como finalidad facilitar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a los ciudadanos con menos recursos o en situación socioeconómica desfavorecida, así como ofrecer ayudas a jóvenes, mayores y personas con discapacidad para la adquisición o reforma (para mejorar la accesibilidad) de sus viviendas.

¿Qué son las ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025?

Estas ayudas públicas promulgadas por el Gobierno se incluyen en los presupuestos Generales del Estado. Todas estas ayudas, que vienen recogidas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, se reconocen con efectos del 1 de enero de 2022. Están destinadas para que los ciudadanos puedan acceder a una vivienda mediante:

  • Ayuda a la construcción de viviendas de alquiler social y edificios eficientes energéticamente.

  • Ayudas al alquiler para ciudadanos vulnerables.

  • Fomento del parque público de viviendas y viviendas de alquiler social.

Ayudas al alquiler de viviendas

Para poder garantizar el acceso a una vivienda del alquiler, este plan establece ayudas de hasta el 60 por ciento del alquiler de una vivienda habitual. La renta mensual por un piso no puede ser superior a los 600 euros, aunque puede ampliarse a 900 euros por parte de la comunidad autónoma. En el caso de alquiler de habitaciones, el precio mensual no puede superar los 300 euros, y los 450 cuando la comunidad autónoma lo justifique.

Beneficiarios

Para poder acceder a este tipo de ayudas al alquiler, los beneficiarios deberán cumplir una serie de requisitos:

  • Alquiler o cesión de uso de habitación como cesionario o arrendatario.

  • Que las rentas anuales de las personas que residan en la misma vivienda sean iguales o inferiores a 3 veces el IMPREM.

  • Ser menor de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.

  • Ser titular de un contrato de arrendamiento como inquilino o cesionario.

  • Vivienda como residencia habitual o permanente

Ayudas a personas vulnerables

Existen casos especiales en este tipo de ayudas a la vivienda. Las personas vulnerables tendrán derecho a una ayuda directa de hasta el 100 por 100 de la renta de alquiler, así como de los gastos de comunidad y suministros durante 5 años. El límite en la mensualidad se fija en los 600 euros y los 200 euros de gastos de suministros. Las comunidades autónomas pueden ampliar el límite hasta los 900 euros en el caso del alquiler del piso.

¿Quiénes pueden acceder a estas ayudas?

Estas ayudas están destinadas a personas vulnerables como son:

  • Personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida: ayuda en vivienda habitual hasta un máximo de 900 euros al mes durante 2 años.

  • Personas que han sido desahuciadas de su vivienda habitual

  • Personas sin hogar

  • Víctimas de violencia de género

Vulnerabilidad sobrevenida

El plan estatal, contempla la vulnerabilidad sobrevenida como un caso especial dentro de estas ayudas. Estas personas tendrán acceso a una ayuda del cien por cien para el pago del alquiler de su vivienda habitual hasta un máximo de 900 euros mientras dure la situación. En todo caso, la ayuda no será de más de 2 años y se tienen que cumplir una serie de requisitos:

  • Demostrar que los ingresos de la unidad de convivencia han descendido más de un 20 por ciento que de ellos más del 30 por ciento se dedican a pagar el alquiler.

  • La situación de vulnerabilidad sobrevenida debe haberse dado en los dos años anteriores a la solicitud.

  • La vivienda debe ser domicilio habitual y permanente mientras dure la ayuda.

  • Las rentas de las personas que viven en la vivienda deben ser iguales o inferiores a 5 veces el IMPREM. 6 veces el IMPREM en casos de personas con discapacidad (igual o superior al 33 por ciento) y familias numerosas especiales.

Ayudas a la compra de viviendas

Dentro del Plan Estatal existen ayudas destinadas a la compra de vivienda. Estas están dirigidas a la compra de vivienda para jóvenes en el entorno rural. El importe de las mismas será de hasta 10.800 euros por vivienda, estableciendo un límite del 20 por ciento de su coste de adquisición. Para poder percibirla será necesario aportar la escritura pública o el contrato de compraventa de la vivienda, además de cumplir una serie de requisitos:

  • Contrato público o privado de adquisición de vivienda a partir del 1 de enero de 2022.

  • La vivienda debe estar ubicada en un municipio pequeño.

  • La vivienda debe ser ocupada en un plazo de 3 meses desde su entrega.

  • La vivienda debe tener un precio igual o inferior a 120.000 euros.

  • Las rentas anuales de todos los convivientes deben ser iguales o inferiores a 3 veces el IPREM. 4 veces el IPREM en los casos de personas con discapacidad y 5 veces el IPREM cuando la discapacidad sea: enfermedad mental, discapacidad del desarrollo, intelectual o parálisis cerebral y discapacidad sensorial o física igual o superior al 33 por ciento.

  • Ser menor de 35 años en el momento de solicitar la ayuda o suscribir el contrato de compra.

  • Vivienda destinada a residencia habitual o permanente como mínimo 5 años desde su adquisición.

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