De esta forma la Seguridad Social crea un convenio especial de cotización para discapacitados. Como hemos hablado en otras ocasiones, la reforma de las pensiones elevó el número de años de cotización necesarios para poderse jubilar percibiendo el 100% de la prestación de 35 a 38. De forma progresiva se irá incrementando el tiempo necesario para poder acceder a la jubilación estableciéndose así 38 años o más en 2027.

Durante la vida laboral de una persona, es posible que se den periodos de desempleo, durante los cuales también se cotiza mientras se recibe la prestación del paro. Sin embargo, cuando esta prestación finaliza, las cotizaciones a la Seguridad Social también se paran, aunque es posible seguir cotizando cuando se está desempleado gracias a un convenio especial en el que se pagan las cotizaciones directamente a la Seguridad Social.

Un convenio especial de cotización para discapacitados facilita el acceso a la pensiones

Además de la modificación de los requisitos para acceder a cualquier tipo de jubilación, la Seguridad Social también creó un convenio especial de cotización para discapacitados. De esta forma se facilita el acceso a las prestaciones de jubilación, viudedad u orfandad a aquellas personas que tengan especiales dificultades de inserción laboral.

Desde el 1 de abril de 2013 es posible solicitar este convenio especial que permite pagar una cuota mensual de 190 euros a aquellas personas discapacitadas que se encuentren inscritas como demandantes de empleo al menos 6 meses antes de la fecha de solicitud de suscripción al convenio especial.

Jubilación anticipada con discapacidad del 33%

El convenio será accesible para quienes estén “afectados por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% para las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual, o al 65% para las personas con discapacidad física o sensorial”.

Otro de los requisitos de este convenio especial es que los solicitantes deben tener más de 18 años aunque no haber cumplido aún la edad mínima para acceder a la jubilación ordinaria. Del mismo modo, dichas personas tampoco pueden ser pensionistas de incapacidad permanente ni estar inscritas en ningún régimen de la Seguridad Social ni en cualquier otro público de protección social.

Además, también es necesario residir legalmente en España durante al menos 5 años, de los cuales dos deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de dicho convenio.

Sabiendo que la Seguridad Social crea un convenio especial de cotización para discapacitados quizás sea una buena opción acogerse a él para poder acceder a la pensión de jubilación cuando llegue el momento, aunque también es una alternativa factible contratar un Plan de Pensiones MAPFRE que te permita ir ahorrando poco a poco para disfrutar de una jubilación holgada. Te informamos de todo lo que necesites y te ayudamos a elegir el mejor plan.

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