Un trabajador que se jubila de forma anticipada y parcial antes de cumplir la edad legal de jubilación necesita un contrato de relevo. En caso de haber cumplido los 66 años (límite 2021), no lo necesitará. El acuerdo se formaliza cuando la empresa, de forma voluntaria y pactada previamente con el primer trabajador, contrata a otro empleado para cubrir la parte de la jornada laboral que deja libre dicho trabajador.

A esta modalidad de retiro pueden acceder tanto los trabajadores por cuenta ajena, los socios trabajadores de las cooperativas y, en general, todos aquellos que cumplan las condiciones para percibir una pensión contributiva de jubilación. A continuación, explicamos los requisitos que debemos cumplir para acceder a la jubilación anticipada.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La jubilación parcial, según señala la Seguridad Social, es la “iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada”.

Por lo tanto, el trabajador reduce su jornada, su sueldo y cobra el porcentaje de la pensión de jubilación que corresponda. El empleado o profesional que se quiera jubilar de forma anticipada deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener contrato a jornada completa y con un mínimo de seis años de antigüedad en la empresa que concede la jubilación parcial.
  • Contar con un periodo de cotización a la Seguridad Social superior a los 33 años
  • Haber cumplido los 60 años, edad mínima para acceder a la jubilación parcial, en términos generales.
  • La jornada, como consecuencia de la jubilación parcial, ha de reducirse en un mínimo del 25 % y un máximo del 50 %. Puede ser del 75 % si el contrato de relevo se formaliza a jornada completa y en formato indefinido.

El contrato de relevo

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El contrato de relevo, como hemos detallado previamente, se celebra para “sustituir la vacante que deja el trabajador cuando se acoge a la jubilación parcial”, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores. La empresa no podrá contratar a cualquier persona, ya que la finalidad de este contrato es el fomento del empleo.

Para formalizar el contrato de relevo, se han de cumplir una serie de condiciones:

  • El trabajador contratado debe estar en situación de desempleo o bien tener un contrato de duración determinada con la empresa.
  • Se formalizará por escrito y podrá ser a jornada completa o a tiempo
  • El relevista podrá desempeñar el mismo puesto de trabajo que el trabajador que se ha jubilado de forma anticipada u otro similar.
  • Si la jubilación parcial se produce antes de cumplir la edad de jubilación, el contrato de relevo podrá ser indefinido o parcial y durará al menos el tiempo que falte para que el jubilado de forma anticipada cumpla la edad de retiro.
  • Si el trabajador jubilado parcialmente sigue trabajando tras cumplir la edad ordinaria de jubilación, el contrato de relevo se podrá prorrogar con acuerdo entre las partes.
  • Si el trabajador que se ha jubilado de forma anticipada se retira al cumplir la edad legal, el contrato de relevo se extingue.

Si tu idea es acogerte a la jubilación anticipada parcial debes saber que tus ingresos van a descender, por ello, lo mejor es contar con un Plan de Pensiones MAPFRE para asegurarte un extra de cara a tu futuro.

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