La solicitud del certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es uno de los primeros trámites que se recomienda hacer cuando una persona muere. Especialmente es útil para herederos, amigos y familiares que precisan saber si la persona fallecida, era titular de algún seguro con cobertura de fallecimiento.

¿Qué información incluye el certificado de contratos de seguro?

  • Detalla todos y cada una de las pólizas en las que la persona fallecida figure como titular y beneficiario de una cobertura por muerte.
  • Las pólizas deben estar vigentes y al día en pagos y legalidad, de otra manera, no aparecen en el certificado. No se reflejan pólizas antiguas o que no se hayan pagado en el momento de la defunción.
  • Se incluye información puntal y completa sobre la entidad aseguradora y responsable de cada uno de los seguros para que los interesados pueden dirigirse a ellas a fin de ejecutar la cobertura o asistencia oportuna.
  • El certificado informa sobre los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado o asegurada, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.
  • Cuando la persona fallecida no consta como asegurada en ningún contrato, esta situación también se hace constar expresamente en el certificado que se emite.

¿Quién puede solicitar el certificado de contratos de seguro y en qué plazo?

Hay que dirigir la solicitud al registro correspondiente del Ministerio de Justicia. Puede solicitar el certificado, cualquier persona interesada en obtener información acerca de si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento y de la entidad aseguradora con quien está suscrito.

No hay, por tanto, necesidad de demostrar parentesco o relación con el difunto aunque si hay que cumplir con todos los requisitos previstos para este trámite, lo que supone cumplir con el procedimiento administrativo.

  • Rellenar la solicitud correspondiente de forma presencial o vía telemática.
  • Aportar los documentos requeridos.
  • Pagar la tasa estipulada oficialmente para la obtención del certificado.
  • Para los certificados que se precisen para usar en el extranjero es necesaria la legalización del documento.
  • Plazo: el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento se puede solicitar transcurridos 15 días hábiles del fallecimiento de la persona asegurada. Pasados 5 años de la muerte, los datos dejan de estar disponibles en el Registro.

Trámite y documentación

La administración digital permite que el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento pueda hacerse vía telemática siempre que se tenga firma electrónica. En caso contrario, se puede enviar por correo ordinario o hacer de forma presencial.

El modelo 790 es el previsto para pedir este tipo de documentación. Se puede descargar de manera gratuita y sencilla en la página web de muchos ayuntamientos españoles y en la del Ministerio de Justicia. Para tenerlo en papel, en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y en su caso, en las oficinas de atención al ciudadano o ayuntamientos.

Junto con la solicitud cumplimentada, hay que adjuntar alguna documentación imprescindible que es importante que recopiles y pidas con antelación para minimizar el trámite.

Certificado literal de defunción

Es preciso que este certificado sea un documento original o fotocopia compulsada. Expedido siempre por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que la persona haya fallecido y en el que debe constar necesariamente el nombre de los padres del fallecido.

Justificante de pago

La solicitud y obtención del certificado está sujeta al pago de una tasa que debe abonar el interesado antes de entregar la documentación, puesto que es necesario incorporar el justificante de pago a la solicitud. Es un importe que puede variar, pero que ronda los 4 euros.

El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es fundamental para poder disfrutar las coberturas y asistencias que una persona difunta hubiera previsto y financiado tanto para él como para, especialmente, sus herederos o beneficiarios.

Los interesados ahorran tiempo y trámites con la información que facilita un certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.