Las ayudas de la Seguridad Social forman parte del amplio listado de prestaciones que se pueden solicitar a las distintas administraciones públicas. En función del tipo, pueden estar organizadas y financiadas por la Administración General del Estado, las comunidades autónomas o las corporaciones locales.

Prestación por nacimiento y cuidado de menor

Esta ayuda de la Seguridad Social se percibe durante los periodos de descanso en caso de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar cuya duración no sea inferior a un año. Cualquier padre o madre, tanto si trabaja por cuenta propia como ajena, puede solicitar esta prestación sin perder sus derechos laborales.

Requisitos

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
  • Tener cubierto un tiempo mínimo de cotización que varía según la edad del solicitante.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas.

Cuantía y duración

La prestación económica de esta ayuda de la Seguridad Social equivale al 100 por ciento de una base reguladora igual a la de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. En el caso de los progenitores que no acrediten el periodo mínimo de cotización, pero reúnen los demás requisitos, tienen derecho a una subvención más reducida.

La ayuda por nacimiento y cuidado del menor tiene una duración de 16 semanas. Las 6 primeras se deben disfrutar de forma obligatoria inmediatamente después del parto o el acogimiento y en jornada completa.

Prestación por nacimiento o adopción en supuestos especiales

Para solicitar esta ayuda de la Seguridad Social es preciso que se trate de familias numerosas, monoparentales o que la madre tenga reconocida una discapacidad superior al 65 por ciento.

Requisitos

  • Los progenitores o adoptantes tienen que residir legalmente en territorio español.
  • No pueden percibir ingresos anuales que superen los límites establecidos.
  • No pueden tener derecho a otras prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Cuantía

Esta ayuda de la Seguridad Social se abona en un único pago que asciende a 1.000 euros. Es importante tener en cuenta que esta prestación está exenta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Prestación por parto o adopción múltiples

Esta subvención tiene como objetivo compensar el aumento de gastos que tiene lugar en los núcleos familiares cuando se produce el nacimiento o la adopción de dos o más hijos. Es necesario que tanto una situación como otra se hayan producido en España o se acredite que el hijo se ha integrado inmediatamente en una familia con residencia en territorio español.

Requisitos

  • Los solicitantes deben residir legalmente en territorio español.
  • No pueden tener derecho a otras prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Cuantía

Se establecen diferentes importes en función del número de hijos y el salario familiar, aunque en todos los casos se abona en un pago único:

  • 2 hijos nacidos y 4 veces el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) mensual: 3.800 euros.
  • 3 hijos nacidos y 8 veces el SMI mensual: 7.600 euros.
  • 4 o más hijos nacidos y 12 veces el SMI mensual: 11.400 euros.

Antes de solicitar alguna ayuda de la Seguridad Social, es importante informarse sobre cómo repercute en la declaración de la renta. En este sentido, contar con un Plan de Pensiones MAPFRE no solo supone una interesante forma de ahorrar para la jubilación, sino que también reduce la cantidad de impuestos que se deben pagar en el IRPF.