Como su propio nombre indica, las notificaciones electrónicas de Hacienda son un sistema que permite recibir comunicaciones por parte de este organismo público de manera telemática. Este procedimiento está regulado en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Desde el año 2016, dicha norma establece el uso de medios electrónicos de forma obligatoria para las personas jurídicas y entidades sin personalidad. En el caso de las personas físicas, incluidos los autónomos, no es preceptivo, ya que pueden elegir en cualquier momento el modo de relacionarse con la administración.

¿Qué implican las notificaciones electrónicas de Hacienda?

Según la información de la Agencia Tributaria, los colectivos incluidos en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias recibirán la generalidad de las comunicaciones de manera telemática. Además, la presentación de todos los documentos y solicitudes debe realizarse de forma imperativa a través del registro electrónico de dicho organismo.

¿Cómo se accede a las notificaciones electrónicas de Hacienda?

Los usuarios pueden acceder a las notificaciones electrónicas de Hacienda a través de los siguientes medios:

  • Haciendo clic en el apartado “Mis notificaciones” que se encuentra dentro del “Área personal” de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • A través del punto de acceso general de la Administración General del Estado (notificaciones.060.es.) mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) de la que dispone cualquier persona física o jurídica para recibir las notificaciones administrativas por vía telemática.
  • Accediendo a la carpeta ciudadana.

¿Cómo activar las notificaciones electrónicas de Hacienda?

Los pasos que se deben seguir para darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria son:

  • En primer lugar, es necesario disponer de un certificado electrónico o Cl@ve PIN.
  • Una vez que se dispone de alguno de los documentos digitales identificativos, hay que entrar en el servicio de Dirección Electrónica Habilitada (notificaciones.060.es).

  • El siguiente paso es seleccionar la opción “Registrarse” y completar la información de correo electrónico y teléfono móvil.
  • A continuación, el sistema envía un Código de Validación al correo electrónico que se haya indicado, el cual se debe introducir para finalizar el proceso de alta de la DEH.
  • Cuando se ha completado el registro, se debe acceder a la pestaña de “Procedimientos” y dentro de ella, “Suscripción a procedimientos” para seleccionar los organismos emisores desde los que se desea recibir notificaciones por vía telemática.
  • Una vez que se han elegido las notificaciones, es preciso pulsar el botón “Suscribirse” para introducir de nuevo el Código de Validación y firmar.

¿Qué efectos tienen las notificaciones electrónicas de Hacienda?

Tal como se indica desde la página de la Agencia Tributaria, las notificaciones electrónicas se entienden producidas en el momento en que se accede a su contenido o, en caso contrario, cuando transcurren más de 10 días naturales desde la puesta a disposición. A pesar de ello, todas las comunicaciones telemáticas están disponibles durante un plazo de 90 días naturales en la DEH, siempre que se haya accedido a las mismas durante el anterior periodo.

Asimismo, el sistema acredita la fecha y la hora en que se ha puesto la notificación a disposición del interesado. De igual manera, también emite un justificante del momento en que se accede al contenido de la comunicación o cuando la misma ha expirado por el transcurso del plazo indicado.

No obstante, la Agencia Tributaria permite que los colectivos obligados a relacionarse con la administración de forma electrónica señalen un periodo de hasta 30 días naturales al año para no recibir notificaciones a través de esta vía. Pese a esta posibilidad, es recomendable estar atento a los avisos, ya que los plazos continúan corriendo incluso haciendo solicitado este paréntesis.

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