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El pago del IBI: derechos y errores

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Pagar el IBI es la principal obligación fiscal anual de los propietarios de bienes inmuebles. Las facturas fiscales de cada ciudadano dependen de su situación personal, pero principalmente de sus ingresos, gastos y bienes de los que sea titular.
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El régimen fiscal español contempla diferentes tipos de impuestos y tasas para los contribuyentes. El impuesto de bienes inmuebles se clasifica como habitual dado su carácter anual: debes pagar el IBI cada año y directo, pues grava la posesión de un bien inmueble.

Derechos por pagar el IBI

Si tienes una casa – o más-, pero también un terreno rural, un local comercial, una plaza de garaje… están sujetos al pago del IBI, es importante que estés al tanto de cuáles son tus obligaciones fiscales como dueño de bienes inmuebles. Recuerda que el desconocimiento de tu deber fiscal no te exime del pago ni te evitará afrontar sanciones.

El Impuesto de Bienes Inmuebles –también conocido como pago de la contribución– es un tipo de impuesto de naturaleza colectiva y de devengo anual. Es recaudado en España por los ayuntamientos que tienen potestad para regular formas y periodos concretos de liquidación de la tasa, por lo que es importante infórmate de forma concreta en el lugar o lugares donde estén situados tus bienes inmuebles.

Existen exenciones al pago del IBI, bonificaciones especiales y descuentos, pero es imprescindible cumplir con los requisitos concretos de cada municipio para beneficiarse de estas situaciones.

casita de juguete sobre papeles y calculadora

¿Pagar el ibi te da derecho a propiedad?

El IBI se abona por el hecho de ser la persona titular de alguno de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales: de una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos, de un derecho real de superficie, de un derecho real de usufructo, del derecho de propiedad.

La persona obligada al pago y el sujeto pasivo será la persona titular de alguno de los derechos enumerados, pero y si varias personas ostentan cada una un derecho sobre el bien inmueble, ¿quién se hace cargo del pago del IBI?

  1. Quedará obligado/a al pago la persona titular de la concesión administrativa.
  2. En su defecto, la persona titular del derecho de superficie.
  3. En ausencia de los dos anteriores, la persona titular del derecho de usufructo.
  4. Finalmente, si no concurre ninguno de los anteriores, la persona titular del derecho de propiedad.

5 errores al pagar el IBI

Solo hay que pagar el IBI de la vivienda habitual

No solo debes pagar el IBI por tu vivienda habitual sino por cualquier bien que tenga la clasificación de inmueble, revisa este concepto si tienes dudas y comprueba en las escrituras de tus posesiones como están clasificadas. Se incluyen las casa en la playa y por supuesto las de retiro en la ciudad o las de ámbito rural, el uso del inmueble es indiferente a estos efectos.

El ayuntamiento debe notificarme cuándo y cómo pagar el IBI

No esperes la notificación del ayuntamiento. Las entidades públicas municipales no están obligadas a informar ni recordar al contribuyente sobre el pago del IBI. Es habitual que los consistorios lancen campañas anuales de IBI, pero no siempre es así.

Se me ha pasado el plazo, esperaré a la próxima campaña

No esperes un año, si descubres demasiado tarde, cuando ya ha expirado el plazo de pago voluntario anual del IBI, que no has liquidado el impuesto. No pierdas tiempo y dirígete al ayuntamiento que corresponda. Si pagas el IBI aunque fuera de plazo por iniciativa propia, el recargo sobre la cantidad prevista es del 5 por ciento.

Sin embargo, si esperas y el consistorio te notifica tu demora u olvido, la sanción se eleva hasta el 20 por ciento que suele quedarse en un 10 por ciento, si cumples un primer plazo previsto por el ayuntamiento y notificado.

Vendí ese inmueble, ya no tengo obligación de pagar IBI

Atención con las fechas de compra y venta de inmuebles, los expertos alertan que son situaciones habituales de impago de IBI que conlleva sanción. Si a día 1 de enero del año en curso, tú eras el titular del inmueble, la obligación para ese año es tuya, aunque hayas vendido el inmueble solo un día después. Esto aplica para casos de herencias, divorcios y/o titulares que residen en el extranjero.

Se acabó el año, el ayuntamiento no me ha cobrado a tiempo

El IBI cuenta con periodo de retroactividad fiscal general, es decir, 4 años según se señala en entre los artículos 60 y 77 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: “Prescribirá a los cuatro años el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas”.

En el caso de compra o venta de una vivienda es importante que como comprador exijas los recibos de IBI pagado al día y como vendedor es necesario que se los facilites al nuevo titular del inmueble para evitar problemas y sanciones.

El IBI es un gasto a sumar cuando tienes una casa en propiedad y una factura fiscal más como contribuyente. Si tienes dudas concretas, mejor consulta tu caso con la administración local que te corresponda para evitarte problemas por desconocimiento.

El Seguro de Hogar MAPFRE te ahorra muchos gastos a lo largo del año al encargarse por ti de atascos o arreglos de bricolaje, por ejemplo, pero las obligaciones fiscales están dentro de tus atribuciones personales. Si domicilias el recibo del IBI, estarás a salvo de olvidos o despistes.

Publicado por Blog Planes de Futuro MAPFRE
- 12 Ene, 2024
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