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La sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo ha tumbado la doctrina de Hacienda sobre cómo tributaban las cotizaciones de los mutualistas en el IRPF y ha abierto la puerta a miles de reclamaciones por un exceso de tributación en la renta.
Según el criterio del alto tribunal, los mutualistas llevaban años pagando de más en el IRPF por sus cotizaciones y ahora pueden reclamar a Hacienda una parte de ese dinero.
Qué jubilados pueden reclamar el IRPF
La sentencia del Tribunal Supremo responde a la demanda sobre la tributación de las cotizaciones a la Mutualidad Laboral de la Banca entre 1967 y 1978. Sin embargo, al sentar jurisprudencia se hace extensivo a todos los que hayan cotizado a una mutua laboral entre esas fechas.
Según el criterio de Hacienda, los pensionistas jubilados debían tributar por el 100% de lo cotizado entre esas fechas, sin la reducción del 25% a la que sí tienen derecho el resto de trabajadores.
El fallo del Tribunal Supremo desmonta esa interpretación y permite a los mutualistas jubilados de la banca reclamar las cantidades de más que han pagado a lo largo de los años.
¿Cuántos años puede reclamar un mutualista a Hacienda?
La reclamación está limitada a los últimos cuatro años de la renta, que es el plazo máximo que se puede revisar una declaración de la renta, tanto para la Agencia Tributaria como para los contribuyentes.
Es decir, si te has equivocado en la renta, Hacienda cuenta con 4 años desde que la presentaste para reclamar. Del mismo modo, tú dispones también de ese mismo tiempo para reparar cualquier error en tu contra que detectes.
En el caso de las reclamaciones de los mutualistas jubilados, esto quiere decir que se pueden reclamar los 4 ejercicios fiscales anteriores. Por ejemplo, en 2024, será posible reclamar los ejercicios 2023, 2022, 2021 y 2020.
¿Cuándo dinero se puede reclamar?
Como acabas de ver, el dinero que puede recuperar un pensionista jubilado es limitada. La cifra final oscilará entre los 3.000 y los 4.000 euros según cada caso concreto.
En concreto, se pueden reclamar los impuestos pagados de más sobre la reducción del 25% que no se aplicó por las cotizaciones entre 1967 y 1978. Es decir, una pequeña parte del IRPF que, será mayor o menor, en función del porcentaje de la pensión que supongan esos años de cotizaciones.
Vamos a verlo con un ejemplo concreto. Imagina una persona con una pensión de 18.000 euros después de 40 años de trabajo. De toda esa vida laboral, 11 años corresponden a las cotizaciones a la mutua laboral entre 1967 y 1978. Esto equivale a un 27,5% de su carrera profesional.
En números sobre la pensión, de los 18.000 euros de jubilación, 4.950 euros se generaron como mutualista entre 1967 y 1978. Esa cantidad concreta es la que tributó al 100% (se incluyó toda en el IRPF), cuando debería de haberse sumado solo un 75% de la misma.
De haberlo hecho, el resultado del IRPF habría sido más reducido y eso es lo que se puede reclamar a Hacienda, la cantidad que el fisco devolverá a cada mutualista en el IRPF.
¿Cómo reclamar la devolución de IRPF como jubilado?
La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico para que los mutualistas puedan reclamar ese dinero de más que pagaron en el IRPF entre 2019 y 2023.
Este formulario facilita todo el trámite, ya que no es necesario aportar documentación adicional para justificar las cotizaciones a la mutua. En esta ocasión, la propia Seguridad Social ha enviado a Hacienda la información necesaria sobre las personas que entiende afectadas, incluida su vida laboral.
Si hace falta alguna información adicional, la AEAT la solicitará después de presentar la solicitud de reembolso.
Todos estos trámites son los que hicieron que Hacienda pidiese a los mutualistas que esperasen hasta el último momento para hacer la renta 2023, de forma que pudiese recalcular el resultado del IRPF incluyendo el cambio de la sentencia del Tribunal Supremo.
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