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Uno de los datos clave para la renta y las retenciones de IRPF es el mínimo exento. Esta cifra marca la cantidad que no está sujeta a gravamen, es decir, el mínimo por el que no se pagan impuestos y también el mínimo exento de retención.
¿Cuál es el mínimo exento de IRPF en 2024?
El mínimo exento en 2024 se ha elevado hasta los 15.876 euros para ajustarlo a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se situó en 1.134 euros en 14 pagas.
El mínimo exento ya subió en 2023 hasta los 15.000 euros desde los 14.000 registrados en 2022.
Este dato no cambia necesariamente cada año, aunque la intención es que vayan acompasados.
¿Quiénes se beneficiarán de la subida?
El aumento del mínimo exento supondrá una rebaja para las rentas inferiores a 20.000 euros anuales según los cálculos del Ministerio de Hacienda. En total, cerca de 5,2 millones de trabajadores y pensionistas verán como sus retenciones se reducen.
En concreto, las rentas inferiores al SMI o 15.876 euros no tendrán retención de IRPF.
Estos son algunos ejemplos de cómo afectará a las retenciones de los contribuyentes con el nuevo mínimo exento de IRPF:
- Persona que cobra el SMI no tendrá retención en 2024 frente al 2% que soportaba en 2023 al superar el mínimo de 2023.
- Un trabajador con un salario de 18.502 euros, el salario más frecuente en España, tendrá una retención total de apenas 1.128 euros.
- Una asalariada casada, con dos hijos menores e ingresos de 20.000 euros apenas tendrá una retención de 1.346 euros, casi 100 menos que el año anterior.
- Un jubilado de menos de 75 años con una pensión de 1.214 euros al mes o 17.000 euros anuales solo tendrá una retención de 224 euros, ya que las retenciones de IRPF sobre la pensión son menores.
Mínimo exento de retención según situación personal
El mínimo exento de retención no se ajusta a la retención de IRPF que se aplicará a todas las personas. El cálculo de las retenciones de IRPF también tiene en cuenta la situación personal del contribuyente, además de otras cuestiones como el tipo de contrato.
En este sentido, no se practicará retención de IRPF siempre que no se superen las siguientes cantidades según la situación personal:
Situación del contribuyente | N.º de hijos y otros descendientes | ||
0 – Euros | 1 – Euros | 2 o más – Euros | |
1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente. | – | 17.644 | 18.694 |
2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas. | 17.197 | 18.130 | 19.262 |
3.ª Otras situaciones. | 15.876 | 16.342 | 16.867 |
Retención mínima de IRPF
El mínimo exento no afecta a la retención mínima de IRPF que debe practicarse en la nómina una vez se supera ese umbral. En concreto, la retención mínima en la nómina es del 2%.
Esta retención tan baja es una de las ventajas fiscales de Hacienda para las personas con ingresos reducidos, aunque también puede aplicarse en otros casos. Por ejemplo, es la retención habitual en la prestación por desempleo.
En concreto, estos son los contratos que disfrutan de una retención de solo el 2 por ciento por IRPF:
• Temporales.
• Duración inferior a un año.
• En prácticas.
• Becarios.
• Actividades agrícolas y ganaderas.
• Actividades forestales.
Las personas con dos trabajos o que han cambiado de trabajo, también pueden tener una retención reducida porque las empresas calculan la retención de IRPF en función del salario que pagan ellas, no de las rentas totales. Esto hace que la retención sea menor si te cambias de trabajo o si tienes dos empleos. Aunque, en el caso de trabajadores que tengan dos o más empleos, es probable que la declaración de la renta salga a pagar.
En el caso de haber tenido más de un pagador en un año natural, se puede solicitar a la empresa que recalcule la retención de IRPF con el salario global o, simplemente, pedirle que la eleve hasta donde consideres oportuno.
Recuerda que las retenciones de IRPF son un dinero que se adelanta todos los meses a Hacienda para el pago de la renta. Si has adelantado menos de lo que te corresponde, el resultado después será a pagar.
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